Lo que está ocurriendo en la OMC
NOTICIAS: NOTICIAS 2001

15 de enero de 2001
WT/L/386

Contribuciones voluntarias y donaciones de donantes no gubernamentales

Directrices aprobadas por el Consejo General el 15 de diciembre de 2000

Teniendo en cuenta que las contribuciones voluntarias o donaciones (denominadas en adelante “donaciones”) de donantes no gubernamentales podrían resultar beneficiosas y que los Miembros se comprometen a velar por que se evite todo conflicto de intereses como consecuencia de la aceptación de las mismas, se hace constar por la presente que los Miembros de la OMC adoptarán todas las decisiones relativas a la aceptabilidad de tales donaciones y sus usos. A este respecto, se seguirán las siguientes directrices.

Se podrán tomar en consideración las donaciones propuestas por personas físicas y por organizaciones o fundaciones no gubernamentales sin fines de lucro (“donantes no gubernamentales”). Éstas podrán incluir las donaciones de bienes o servicios “en especie”; sin embargo, queda prohibida la adscripción de personal de los donantes a la OMC.

No se aceptarán donaciones de donantes no gubernamentales que sean organizaciones o empresas con fines de lucro.

Las actividades, objetivos y motivos de los donantes no gubernamentales que se mencionan en el párrafo 1 supra no han de ser incompatibles con las políticas, objetivos y actividades de la OMC ni han de dar lugar, como se ha dicho ya, a un conflicto de intereses.

Todas las donaciones propuestas de donantes no gubernamentales se notificarán al Comité de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos, que las examinará sin dilación. El Director General aceptará una donación propuesta solamente después de que el Comité haya aprobado(1) dicha donación y su uso o usos previstos. Se reconoce que es posible que el Comité desee considerar el establecimiento de un grupo de trabajo subsidiario que le haga recomendaciones acerca de las donaciones propuestas.

Todas las donaciones que se acepten de donantes no gubernamentales se colocarán en un fondo fiduciario único y se abonarán teniendo en cuenta los objetivos amplios del Comité de Comercio y Desarrollo, el Memorándum de Entendimiento sobre el establecimiento del Fondo Fiduciario Mundial y cualquier modalidad adicional establecida para el desembolso de los recursos del fondo fiduciario. Se alentará a los donantes no gubernamentales a que hagan donaciones al fondo fiduciario en general. El donante no gubernamental podrá especificar como objeto de su donación una o varias de las actividades vinculadas al Programa de la OMC para la Cooperación Técnica u otras actividades de creación de capacidades y formación patrocinadas por la OMC no comprendidas en el programa de formación financiado con cargo al presupuesto ordinario. La OMC desaconsejará firmemente una asignación más específica. Las donaciones de donantes no gubernamentales abarcadas por estas directrices también podrán utilizarse para otras actividades que los Miembros decidan, por consenso, que deban recibir apoyo del fondo fiduciario.

Los detalles completos de todas las contribuciones aceptadas de donantes no gubernamentales y de sus usos se incluirán en un registro público que será fácilmente accesible, e incluso se podrán consultar en Internet en el sitio Web de la OMC.

Las donaciones no darán derecho a los donantes no gubernamentales a utilizar en cualquier forma el nombre o el logo de la OMC.

La Secretaría de la OMC informará periódicamente al Comité de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos sobre la administración del fondo fiduciario y sobre el uso efectivo de sus recursos.

A más tardar en enero de 2003, el Comité de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos iniciará la revisión de estas directrices y de cualquier modalidad adicional establecida para su aplicación. La revisión deberá concluirse en los 12 meses siguientes a la fecha de su iniciación.

Nota:

1. En virtud de la cláusula 19.1 del Reglamento Financiero de la OMC. Se considera que todas las donaciones de los tipos abarcados por estas directrices entrañan una responsabilidad económica adicional para la OMC. Volver al texto.