Lo que está ocurriendo en la OMC
NOTICIAS: NOTICIAS 2002

Órgano de Solución de Diferencias, 17 de abril de 2002

El Órgano de Solución de Diferencias establece los Grupos Especiales en las diferencias sobre Telmex y sobre los pollos

En su reunión de 17 de abril de 2002, el OSD acordó establecer los grupos especiales encargados de examinar las medidas de México que afectan a los servicios de telecomunicaciones y los derechos antidumping definitivos impuestos por la Argentina a los pollos procedentes del Brasil.


  

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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

Al inicio de la reunión, la India solicitó la supresión del punto Comunidades Europeas — Derechos antidumping sobre las importaciones de ropa de cama de algodón originarias de la India: Recurso de la India al párrafo 5 del artículo 21 del ESD: solicitud de establecimiento de un Grupo Especial (DS141) tras un intercambio de comunicaciones con las Comunidades Europeas.

  

Aplicación de las recomendaciones del OSD volver al principio

DS160:  Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de los Estados Unidos

Los Estados Unidos informaron al OSD de que habían mantenido conversaciones con la CE con objeto de encontrar una solución positiva y mutuamente aceptable de la diferencia. Los Estados Unidos recordaron al OSD que, a petición de ambas partes, se había suspendido el arbitraje sobre la suspensión de las concesiones.

La CE se quejó de que los Estados Unidos no habían avanzado en el cumplimiento y dijo que esperaba obtener más información la próxima vez.

Australia hizo constar su preocupación sobre un posible acuerdo de compensación discriminatorio.

DS136: Estados Unidos — Ley antidumping de 1916

Los Estados Unidos declararon que el 20 de diciembre de 2001 se presentó en el Congreso de los Estados Unidos una legislación que derogaba la Ley de 1916. Los Estados Unidos añadieron que seguían trabajando con la CE y el Japón con miras a encontrar una solución mutuamente satisfactoria.

La CE dijo que había aceptado suspender el arbitraje para dar al Congreso el tiempo necesario. No obstante, la CE observó que una vez más el Congreso de los Estados Unidos no había realizado ningún progreso y dijo que este incumplimiento era preocupante.

  

Solicitud de establecimiento de los grupos especiales volver al principio

DS204: México — Medidas que afectan a los servicios de telecomunicaciones

Los Estados Unidos solicitaron por segunda vez el establecimiento de un grupo especial, aduciendo que México no había aplicado sus compromisos en el marco del AGCS en la esfera de los servicios de telecomunicaciones transfronterizos.

México sostuvo que la solicitud de los Estados Unidos era poco clara y contenía varios errores de procedimiento. Dijo que le sorprendía que los Estados Unidos siguieran solicitando el establecimiento de un grupo especial cuando Teléfonos de México y otras dos grandes empresas de telecomunicaciones habían llegado a un acuerdo.

El OSD acordó establecer un grupo especial. La CE, el Canadá, Cuba, el Japón, Guatemala y Nicaragua solicitaron ser terceras partes.

DS241: Argentina — Derechos antidumping definitivos sobre los pollos procedentes del Brasil

El Brasil reiteró su solicitud de establecimiento de un grupo especial. Dijo que la situación no había avanzado desde su primera solicitud presentada el 8 de marzo y que los derechos antidumping aplicados por la Argentina eran incompatibles con los Acuerdos de la OMC. Afirmó que las medidas se estaban aplicando desde hacía casi dos años y habían repercutido significativamente en las exportaciones del Brasil.

La Argentina dijo que sus medidas eran compatibles con la OMC.

El OSD acordó establecer un grupo especial. La CE, el Paraguay, los Estados Unidos y Guatemala solicitaron ser terceras partes.

DS244: Estados Unidos — Examen a efectos de extinción de los derechos antidumping sobre productos planos de acero al carbono resistentes a la corrosión originarios del Japón

El Japón solicitó por primera vez el establecimiento de un grupo especial.

Los Estados Unidos dijeron que su sistema de exámenes a efectos de extinción era plenamente compatible con sus obligaciones en el marco de la OMC y que no podían dar su acuerdo al establecimiento de un grupo especial en ese momento.

  

Otros asuntos volver al principio

DS202: Estados Unidos — Medida de salvaguardia definitiva contra las importaciones de tubos al carbono soldados de sección circular procedentes de Corea

Corea recordó al OSD que el informe del Órgano de Apelación había sido adoptado el 8 de marzo de 2002 y que los Estados Unidos no habían ofrecido aún un plazo prudencial para la aplicación de las recomendaciones y resoluciones.

Los Estados Unidos dijeron que estaban en contacto con Corea y que darían una respuesta dentro de unos días.

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Próxima reunión

La próxima reunión ordinaria del OSD está prevista para el 22 de mayo de 2002.

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