NOTICIAS: NOTICIAS 2003

NEGOCIACIONES SOBRE LA ADHESIÓN DE CAMBOYA
QUINTA REUNIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO, 22 DE JULIO DE 2003

El Grupo de Trabajo completa las negociaciones sobre la adhesión de Camboya

El Grupo de Trabajo de la OMC que se ocupa de las negociaciones sobre la adhesión de Camboya completó su labor el martes 22 de julio, dejando la decisión final de aprobación de la adhesión para la Conferencia Ministerial de Cancún que se celebrará en septiembre.


RESUMEN NO OFICIAL DE LA REUNIÓN, PREPARADO POR LA DIVISIÓN DE INFORMACIÓN Y RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LA SECRETARÍA DE LA OMC, PARA FACILITAR LA COMPRENSIÓN DEL PÚBLICO. ESTE RESUMEN NO TIENE CARÁCTER OFICIAL.

VER TAMBIÉN:
Comunicados de prensa
Noticias
Discursos: Supachai Panitchpakdi

Más información sobre:
> Camboya
> Adhesiones en general


El Grupo de Trabajo aprobó ad referendum — permitiendo a los miembros del grupo de trabajo de comentar los varios documentos hasta medio de agosto — su informe que contiene los compromisos contraídos por Camboya en virtud de varios Acuerdos de la OMC, junto con sus promesas de acceso a los mercados para mercancías y servicios.
Está previsto que la adhesión de Camboya sea aprobada en la próxima Conferencia Ministerial, aunque solo podrá convertirse en Miembro 30 días después de haber ratificado el Acuerdo e informado de ello a la OMC. Así pues, Camboya sería el primer país menos adelantado en adherirse a la OMC a través del proceso de grupos de trabajo desde que se estableció la OMC en 1995.
Después de la adopción del conjunto de documentos de la adhesión, el Excmo. Sr. Cham Prasidh, Ministro de Comercio y jefe del equipo negociador de Camboya, dijo: “En un momento de dura y feroz competencia mundial, la supervivencia de nuestro país depende de nuestra capacidad de aprovechar las oportunidades adecuadas en el momento adecuado. Creemos que nuestra entrada en la OMC es una de esas oportunidades”.

Camboya solicitó la adhesión a la OMC a finales de 1994.
  

La reunión volver al principio

Después de mantener negociaciones de última hora, el conjunto de documentos finales fue aprobado por todos los Miembros.
  

Los compromisos de Camboya volver al principio

Aspectos destacados del informe del Grupo de Trabajo:

Camboya ha facilitado al Grupo de Trabajo información detallada sobre su régimen económico, financiero y monetario, incluido su objetivo de mantener una moneda convertible con un tipo de cambio basado en el mercado.  El sistema fiscal fue reformado en enero de 1997.  También se facilitaron detalles sobre el régimen de inversiones, la elaboración de leyes en una amplia gama de esferas relacionadas con la OMC y la creación de tribunales mercantiles.

El Grupo de Trabajo tomó nota de los compromisos de Camboya, por ejemplo:

Propiedad estatal y privatización:  se había procedido a la privatización en una primera fase desde 1991 a mediados de 1993, y en una segunda fase que se inició en abril de 1995. Camboya garantizará la transparencia y mantendrá informados a los Miembros de la OMC, además de presentar informes periódicos sobre otras cuestiones relacionadas con sus reformas económicas en tanto sean pertinentes para sus obligaciones en el marco de la OMC.

Políticas de precios:  a partir de la fecha de adhesión, en la aplicación de controles de precios, Camboya aplicará controles de precios compatibles con la OMC y que tengan en cuenta los intereses de los Miembros de la OMC exportadores. Camboya publicó una lista de los bienes y servicios sujetos a control del Estado.

Derechos de comercio (el derecho a importar y exportar):  en respuesta a una observación en el sentido de que las restricciones que Camboya impone a los productos farmacéuticos y los medicamentos veterinarios establecían discriminaciones favorables a la producción nacional de productos similares, Camboya dijo que a más tardar el 1º de junio de 2005 modificaría su legislación y garantizaría que sus leyes y reglamentos fueran plenamente conformes con sus obligaciones en el marco de la OMC.

Los demás derechos y cargas aduaneros:  Camboya garantizará que cumplan las disposiciones de la OMC a partir de la fecha de adhesión, y estarán consolidados a nivel cero.

Contingentes arancelarios y exenciones arancelarias:  aunque Camboya no ha recurrido por el momento a los contingentes arancelarios, se reserva el derecho a utilizarlos en función del resultado de las negociaciones de adhesión, Camboya confirmó que respetaría las disciplinas de la OMC en materia de contingentes arancelarios.

Camboya declaró que, en el momento de la adhesión a la OMC, las exenciones arancelarias se aplicarían únicamente de conformidad con las disposiciones pertinentes de la OMC.

Derechos y cargas por los servicios prestados:  todos los derechos y cargas por los servicios prestados en relación con las importaciones y exportaciones se aplicarán de conformidad con las disposiciones de los Acuerdos de la OMC y, a partir de la fecha de adhesión, Camboya no aplicará, introducirá ni reintroducirá derechos ni cargas por los servicios prestados que se aplicaran a las importaciones sobre una base ad valorem.

Aplicación de impuestos internos:  a partir de la fecha de adhesión, Camboya aplicará impuestos internos a las importaciones en estricto cumplimiento del artículo 3 del GATT y de manera no discriminatoria, sea cual sea el país de origen.

Restricciones cuantitativas de las importaciones, con inclusión de las prohibiciones, los contingentes y los sistemas de licencias:  a más tardar el 1º de junio de 2005, Camboya eliminará las restricciones cuantitativas a las importaciones de abonos, plaguicidas y otros insumos agropecuarios y establecerá un método de registro y examen de los productos químicos agrícolas importados que sea compatible con la OMC.  A partir del 1º de enero de 2007 Camboya se basará en las disposiciones del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio para regular el comercio nacional e internacional de estos productos.

A partir de la fecha de adhesión, Camboya no introducirá, reintroducirá ni aplicará otras medidas no arancelarias tales como licencias, contingentes, prohibiciones u otras restricciones de efecto equivalente que no puedan justificarse de conformidad con las disposiciones de los Acuerdos de la OMC.

Valoración en aduana:  Camboya aplicará plenamente el Acuerdo sobre Valoración en Aduana a partir del 1º de enero de 2009.

Normas de origen:  Camboya cumplirá plenamente las disposiciones del Acuerdo sobre Normas de Origen de la OMC a más tardar el 1º de enero de 2005, y partes de él a más tardar el 1º de enero de 2004.

Otras formalidades aduaneras:  antes del 1º de enero de 2005 se establecerá en el Servicio de Aduanas de Camboya un mecanismo de solución de diferencias para tramitar las reclamaciones de comerciantes y gobiernos con respecto a las prácticas aduaneras.

Inspección previa a la expedición:  a partir del momento de la adhesión el Gobierno de Camboya se hará plenamente responsable de garantizar que las operaciones de las empresas de inspección previa a la expedición contratadas por Camboya cumplan las prescripciones de los Acuerdos de la OMC.  El régimen de inspección previa a la expedición de Camboya será temporal y se suprimirá cuando el Departamento de Aduanas e Impuestos de Consumo pueda hacerse cargo de las funciones actualmente desempeñadas por los proveedores de servicios de inspección previa a la expedición.

Régimen antidumping, derechos compensatorios y de salvaguardias:  Camboya no aplicará ninguna medida antidumping, derechos compensatorios o de salvaguardia hasta haber notificado y aplicado las leyes y reglamentos apropiados de conformidad con los Acuerdos de la OMC.  Después de eso, Camboya únicamente aplicará medidas de salvaguardia, antidumping o derechos compensatorios plenamente compatibles con las disposiciones pertinentes de la OMC.

Restricciones a la exportación:  Camboya restringe las exportaciones de arroz;  rollos, madera no elaborada, productos forestales;  antigüedades de más de 100 años;  estupefacientes y venenos;  armas, explosivos y munición;  y vehículos y maquinaria para fines militares.  A partir de la fecha de adhesión Camboya se asegurará de que las restricciones sean conformes a los Acuerdos de la OMC.

Subvenciones a la exportación:  Camboya cumplirá el Acuerdo sobre Subvenciones desde su adhesión.  Eliminará el sistema existente de remisión de derechos de importación y exenciones de derechos para ciertos productos utilizado por algunos inversores o establecerá un sistema de reintegro de derechos funcional compatible con las disposiciones de la OMC, modificando la Ley de Inversiones, según proceda, a más tardar a finales de 2013.

Política industrial, con inclusión de las políticas de subvención:  estas subvenciones se notificarán a partir de la fecha de adhesión.

Normas y certificación:  Camboya aplicará gradualmente el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, que comenzará a aplicarse plenamente el 1º de enero de 2007, sin posibilidad de recurrir a nuevos períodos de transición.

Medidas sanitarias y fitosanitarias:  Camboya aplicará gradualmente el Acuerdo MSF, y lo aplicará plenamente a partir del 1º de enero de 2008.  Camboya celebrará consultas con los Miembros de la OMC que lo soliciten si consideran que alguna de las medidas aplicadas durante el período de transición afectaron negativamente a su comercio.

Medidas en materia de inversiones relacionadas con el comercio (MIC):  Camboya no mantendrá ninguna medida incompatible con el Acuerdo sobre las MIC y aplicará este Acuerdo desde la fecha de adhesión, sin posibilidad de recurrir a períodos de transición.

Empresas comerciales del Estado:  Camboya aplicará sus leyes y reglamentos que rigen las actividades comerciales de las empresas de propiedad estatal en plena conformidad con las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC.

Zonas francas, zonas económicas especiales:  las zonas francas o las zonas económicas especiales, incluidas las zonas de promoción especiales establecidas de conformidad con la Ley de Inversiones, quedarán plenamente sujetas al ámbito de aplicación de los Acuerdos de la OMC y a los compromisos de Camboya contenidos en su Protocolo de Adhesión a la OMC.  Camboya garantizará el cumplimiento de sus obligaciones en el marco de la OMC en esas zonas.  Además, a partir de la fecha de adhesión las mercancías producidas en esas zonas en virtud de disposiciones fiscales y arancelarias que eximan a las importaciones y a los insumos importados de los aranceles y de determinados impuestos quedarán sujetos a las formalidades aduaneras normales cuando entren en el resto de Camboya, incluida la aplicación de aranceles e impuestos.

Tránsito:  Camboya aplicará todas las leyes, reglamentos y prácticas que rigen las operaciones de tránsito y actuará de conformidad con las disposiciones de los Acuerdos de la OMC.

Políticas agrícolas:  Camboya consolida sus subvenciones a las exportaciones agropecuarias a nivel cero, y no mantendrá ni aplicará ninguna subvención a la exportación de productos agropecuarios.

Régimen de los textiles:  a partir de la fecha de adhesión se aplicará a los contingentes de importación de productos textiles y de vestido aplicados por otros Miembros a las importaciones procedentes de Camboya una tasa de crecimiento, según lo previsto en el Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido.  Estas tasas de crecimiento desaparecerán cuando quede sin efecto el Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (en 2005).

Aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC):  Camboya aplicará el Acuerdo sobre los ADPIC a más tardar el 1º de enero de 2007, y hasta entonces mantendrá algunas medidas de protección.

Transparencia:  a partir de la fecha de adhesión, todas las leyes y reglamentos se publicarán de conformidad con las prescripciones de la OMC, además de publicarse en un sitio Web a partir del 1º de enero de 2004.

Acuerdos comerciales regionales:  el único acuerdo comercial regional concertado por Camboya corresponde al ámbito de la ASEAN (la zona de libre comercio de la ASEAN).  En él, Camboya eliminará gradualmente los aranceles en prácticamente todos los productos de la ASEAN antes del año 2015.  Se notificarán los detalles a la OMC.

  

Próximo volver al principio

Después de que la Conferencia Ministerial de Cancún apruebe el conjunto de documentos de la adhesión, Camboya tendrá que ratificar el acuerdo e informar a la OMC. Se convertirá en Miembro de pleno derecho 30 días más tarde.
  

Antecedentes volver al principio

Miembros del Grupo de Trabajo: Australia, Canadá, China, Estados Unidos, India, Japón, Malasia, Nueva Zelandia, Panamá, República de Corea, Singapur, Tailandia, Taipei Chino, Unión Europea, Venezuela

Presidente: A. Meloni (Italia)

El Grupo de Trabajo sobre la Adhesión de Camboya se estableció el 21 de diciembre de 1994. Camboya presentó el Memorándum sobre el régimen de comercio exterior en junio de 1999. En enero de 2001 se distribuyeron las respuestas a las preguntas formuladas en relación con el Memorándum. Las últimas revisiones y actualizaciones llegaron en marzo de 2003. Se han realizado contactos en materia de acceso a los mercados para las mercancías y los servicios sobre la base de ofertas sobre mercancías y servicios.

El 14 de noviembre de 2002 se celebró la tercera reunión del Grupo de Trabajo. Ello constituyó un paso adelante en el proceso de adhesión porque por primera vez los Miembros centraron su atención en la elaboración de un proyecto de informe del Grupo de Trabajo y en acordar las condiciones de entrada de Camboya.

En la reunión del 16 de abril de 2003 se examinó el informe por primera vez, y la revisión final se distribuyó en la última reunión del Grupo de Trabajo.