Lo que está ocurriendo en la OMC
NOTICIAS: NOTICIAS 2003

Órgano de Solución de Diferencias, 19 de febrero de 2003

Los Estados Unidos bloquean la primera solicitud de establecimiento de un grupo especial en el asunto de las subvenciones al algodón

El 19 de febrero de 2003, los Estados Unidos bloquearon en el Órgano de Solución de Diferencias la primera solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por el Brasil en el asunto de las subvenciones al algodón americano (upland) (DS267).


  

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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

Vigilancia de la aplicación volver al principio

DS160: Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de los Estados Unidos

Los Estados Unidos dijeron que seguían buscando una solución positiva y mutuamente aceptable de la diferencia con las Comunidades Europeas. Los Estados Unidos añadieron que la Administración estadounidense seguiría encomendando al Congreso estadounidense esta cuestión.

Las Comunidades Europeas expresaron su decepción e instaron a los Estados Unidos a que adoptaran sin demora medidas concretas para solucionar la diferencia.
  

DS136 y DS162: Estados Unidos — Ley Antidumping de 1916

Los Estados Unidos dijeron que la Administración estadounidense seguiría trabajando con el Congreso estadounidense a fin de lograr nuevos progresos en la solución de esta diferencia.

Las CE solicitaron a la Administración estadounidense que hiciera presente al Congreso estadounidense que la falta de aplicación de esta resolución estaba afectando gravemente a la credibilidad de los compromisos de los Estados Unidos respecto del sistema de solución de diferencias de la OMC. Las CE añadieron que una aplicación adecuada debería no solamente derogar la Ley Antidumping de 1916, sino también poner fin a los procesos judiciales pendientes.

El Japón dijo que esperaba que la Administración estadounidense hiciera todo lo posible para que los proyectos de ley derogatorios de la Ley de 1916 se presentaran y aprobaran en el primer período de sesiones de la 108ª legislatura del Congreso actualmente reunida.
  

DS176: Estados Unidos — Artículo 211 de la Ley Omnibus de Asignaciones de 1998

Los Estados Unidos dijeron que la Administración estadounidense trabajaría con el nuevo Congreso con miras a resolver esta diferencia.

Las CE dijeron que ya habían transcurrido dos meses desde que aceptaron conceder otros seis meses a los Estados Unidos para que procedieran al cumplimiento. Las CE dijeron que confiaban en que la Administración y el Congreso estadounidenses estuvieran aprovechando activamente este tiempo adicional.

Cuba expresó su decepción por el hecho de que los Estados Unidos no hubieran realizado progresos.
  

DS184: Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados productos de acero laminado en caliente procedentes del Japón

Los Estados Unidos dijeron que la Administración estadounidense seguiría celebrando consultas y trabajando con el Congreso a fin de resolver este asunto con el Japón de manera mutuamente satisfactoria.

El Japón dijo que lamentaba que los Estados Unidos demoraran la aplicación y expresó su preocupación al respecto.

  

Solicitud de un grupo especial postergada volver al principio

DS267: Estados Unidos — Subvenciones al algodón americano (upland)

Los Estados Unidos bloquearon la primera solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por el Brasil. (Con arreglo a los procedimientos de solución de diferencias de la OMC, la próxima vez que el Brasil formule su solicitud, ésta será automáticamente aprobada).

El Brasil dijo que las subvenciones estadounidenses infringían varios Acuerdos de la OMC: el Acuerdo sobre la Agricultura, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias y el GATT de 1994. El Brasil añadió que sólo los pagos estadounidenses de subvenciones correspondientes a la campaña de comercialización que finalizó el 31 de julio de 2002 alcanzaron un total de casi 4.000 millones de dólares, y que el valor de la producción estadounidense de algodón americano (upland) correspondiente a ese mismo período fue de 3.000 millones de dólares, lo que representaba una tasa de subvención superior al 130 por ciento.

Los Estados Unidos dijeron que lamentaban la decisión del Brasil y señalaron que la celebración de nuevas consultas podría haber sido fructífera. Los Estados Unidos añadieron que sus programas de ayuda al algodón respetaban los límites admisibles que les había fijado la OMC y eran compatibles con las obligaciones que les corresponden en el marco de la OMC.

  

Otros asuntos volver al principio

DS206: Estados Unidos — Aplicación de medidas antidumping y compensatorias a las chapas de acero procedentes de la India

Los Estados Unidos informaron al Órgano de Solución de Diferencias de que habían aplicado las recomendaciones y resoluciones de ese Órgano. Los Estados Unidos dijeron que el 7 de febrero de 2003 las autoridades administradoras estadounidenses habían emitido una nueva determinación en el marco de la investigación en cuestión.

La India dijo que todavía no se había facilitado la metodología de la redeterminación y que, en esas circunstancias, no estaba claro si los Estados Unidos habían procedido a la aplicación. La India añadió que, una vez más, los Estados Unidos no habían utilizado los datos sobre ventas en los Estados Unidos del exportador indio.
  

DS217: Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones de 2000 (“Enmienda Byrd”)

Los Estados Unidos expresaron su sorpresa por la programación de una reunión extraordinaria del Órgano de Solución de Diferencias para examinar sus planes de aplicación en el asunto de la “Ley de compensación de 2000”.

El Presidente del OSD informó a los Estados Unidos de que la reunión la habían solicitado 11 correclamantes en el asunto.

Las CE dijeron que, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 21 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias, los Estados Unidos tenían la obligación de informar a otros Miembros de su propósito en cuanto a la aplicación. El Canadá, Corea, el Japón, la India, el Brasil y Chile estuvieron de acuerdo con las CE.



Próxima reunión volver al principio

El 26 de febrero de 2003 se celebrará una reunión extraordinaria del OSD.
El 18 de marzo de 2003 se celebrará la próxima reunión ordinaria del OSD.

  

Nuevo presidente volver al principio

El OSD eligió al Embajador Shotaro Oshima del Japón como su nuevo presidente.

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