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26 de febrero de 2003

Se llega a un acuerdo sobre una exención en la OMC para los “diamantes de zonas en conflicto”

El 26 de febrero de 2003, el Consejo del Comercio de Mercancías de la OMC acordó recomendar al Consejo General que concediera a los Miembros que así lo habían solicitado una exención en relación con las medidas comerciales adoptadas en el marco del Sistema de Certificación del Proceso de Kimberley para los diamantes en bruto.

En la Decisión acordada se reconocía “el carácter humanitario extraordinario de esta cuestión, y los efectos devastadores de los conflictos fomentados por el comercio de diamantes de zonas en conflicto para la paz y la seguridad de las poblaciones de los países afectados, así como las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos perpetradas en esos conflictos”.

La exención fue solicitada por Australia, el Brasil, el Canadá, Corea, los Emiratos Árabes Unidos, los Estados Unidos, Filipinas, Israel, el Japón, Sierra Leona y Tailandia. Estos países solicitaron una exención de las normas del GATT para dar certidumbre jurídica a las medidas internas adoptadas en el marco del Proceso de Kimberley con el fin de restringir el comercio de diamantes de zonas en conflicto, pero apoyando al mismo tiempo el comercio legítimo de diamantes.

La Decisión de exención en la OMC eximiría — desde el 1o de enero de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2006 — las medidas comerciales adoptadas en el marco del Proceso de Kimberley por esos 11 Miembros y los Miembros que se les sumaran ulteriormente de las disposiciones del GATT relativas al trato de la nación más favorecida (párrafo 1 del artículo I), la eliminación de las restricciones cuantitativas (párrafo 1 del artículo XI) y la aplicación no discriminatoria de las restricciones cuantitativas (párrafo 1 del artículo XIII).

El 5 de noviembre de 2002, los participantes en el Proceso de Kimberley publicaron la Declaración de Interlaken, en la que expresaban su propósito de aplicar un sistema internacional de certificación de los diamantes en bruto para contribuir a romper el vínculo entre los conflictos armados y el comercio de diamantes en bruto. El Proceso de Kimberley establece que todos los participantes deberán “asegurarse de que no se importe de un no participante ni se exporte a un no participante ninguna remesa de diamantes en bruto”.

El Presidente del Consejo del Comercio de Mercancías, Embajador M. Supperamaniam, de Malasia, agradeció al Canadá que hubiera llevado a cabo las consultas informales que condujeron a un acuerdo sobre la exención. Añadió que los Miembros habían tratado esta cuestión de una manera cooperativa y pragmática. Observó que la exención permitía que se sumaran a ella otros Miembros hasta que el Consejo General adoptara la Decisión, o incluso después. 
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