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OMC: NOTICIAS 2005

Órgano de Solución de Diferencias, 23 de septiembre de 2005

Grupos especiales sobre Airbus y Boeing: el OSD comienza el proceso de acopio de información y nombra al facilitador de conformidad con el Anexo V del Acuerdo sobre Subvenciones

El 23 de septiembre de 2005, el OSD inició el proceso de acopio de información y designó al Sr. Mateo Diego-Fernández, Jefe Adjunto de la delegación de México ante la OMC, como facilitador en virtud del Anexo V del Acuerdo SMC para los dos grupos especiales establecidos el 20 de julio de 2005 con el fin de examinar la reclamación de los Estados Unidos contra la ayuda de las Comunidades Europeas a Airbus y la reclamación de las Comunidades Europeas contra la ayuda de los Estados Unidos a Boeing (DS316 y DS317).

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Discursos: Pascal Lamy

 

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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.


De conformidad con el Anexo V, el proceso se inicia con el fin de obtener la información necesaria “para analizar los efectos desfavorables causados por el producto subvencionado” (párrafo 2), y “se finalizará en un plazo de 60 días contados a partir de la fecha en que se haya sometido la cuestión al OSD” (párrafo 5). El facilitador tendrá por objeto “asegurar la obtención a su debido tiempo de la información necesaria para facilitar la rápida realización del subsiguiente examen multilateral de la diferencia” (párrafo 4).

En la reunión, el Japón declaró que deseaba dejar constancia de que entendía que el plazo de 60 días comenzaba ese mismo día. El Brasil dijo que lamentaba la “innecesaria larga duración” de este procedimiento, y afirmó que el Anexo no contenía ninguna referencia a una “norma de consenso” ni a la necesidad de un acuerdo mutuo entre las partes como condición previa para iniciar el proceso de acopio de información y designar al facilitador.

  

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La próxima reunión ordinaria del OSD está programada para el 27 de septiembre de 2005.

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