ADPIC

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Los Miembros siguieron examinando la propuesta de la India y Sudáfrica (IP/C/W/669), en la que se solicita una exención de determinadas disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC para la prevención, contención y tratamiento de la COVID-19, que se distribuyó el 2 de octubre de 2020. Desde entonces, la propuesta ha sido copatrocinada por Kenya, Eswatini, Mozambique, el Pakistán, Bolivia, Venezuela, Mongolia, Zimbabwe, Egipto, el Grupo Africano y el Grupo de los Países Menos Adelantados.

La exención abarcaría las obligaciones previstas en cuatro Secciones del Acuerdo sobre los ADPIC: la Sección 1 (derecho de autor y derechos conexos), la Sección 4 (dibujos y modelos industriales), la Sección 5 (patentes) y la Sección 7 (protección de la información no divulgada). Se aplicaría durante un número determinado de años, que deberá acordar el Consejo General, y hasta generalizar la cobertura de la vacunación a nivel mundial y lograr que la mayoría de la población del mundo sea inmune. Los Miembros revisarían la exención anualmente hasta que quede sin efecto.

Sobre la base de reuniones anteriores del Consejo de los ADPIC, las delegaciones intercambiaron opiniones, formularon preguntas, solicitaron aclaraciones y facilitaron respuestas, aclaraciones e información sobre la solicitud de exención, en particular mediante los documentos IP/C/W/670, IP/C/W/671, IP/C/W/672, IP/C/W/673 y IP/C/W/674. Sin embargo, no pudieron llegar a un consenso, ni siquiera sobre si era apropiado pasar a negociaciones basadas en textos. Los Miembros indicaron que era necesario seguir examinando la solicitud de exención y las opiniones intercambiadas por las delegaciones, ya que estas podían aportar elementos valiosos para futuros debates y podían ayudar a los Gobiernos a prepararse para futuras pandemias.

En vista de estas circunstancias y habida cuenta de la falta de consenso sobre la solicitud de exención, los Miembros acordaron adoptar un informe de situación oral que se presentaría al Consejo General en su próxima reunión de los días 1 y 2 de marzo. En el informe se indica que el Consejo de los ADPIC aún no ha completado su examen de la solicitud de exención, y que por lo tanto seguirá examinándola e informará posteriormente al Consejo General.

La Presidenta, Embajadora Xolelwa Mlumbi-Peter, de Sudáfrica, subrayó que la prioridad más importante de la comunidad mundial era detener la pandemia de COVID-19, frenar su rápida transmisión, reducir los riesgos de aparición de variantes y acabar con la ola de padecimientos mundiales causados por la pandemia. “Sabemos que este objetivo solo puede alcanzarse si todos, en todas partes, pueden acceder a las tecnologías sanitarias que necesitan para detectar, prevenir y tratar la COVID-19 y responder a ella. Este es un objetivo que los Miembros de la OMC han repetido constantemente en sus declaraciones. Ahora más que nunca, la cooperación y solidaridad internacionales son vitales para recuperar la seguridad sanitaria mundial presente y futura”, dijo.

La Embajadora Mlumbi-Peter señaló la declaración formulada por los cuatro Directores Generales de la OMC el 1 de febrero, en la que se pedía una mayor cooperación internacional y que se garantizara la disponibilidad de vacunas a nivel mundial. Alentó a los Miembros a entablar un debate franco y de buena fe sobre lo que hace falta para aumentar la producción mundial en vista de esta crisis de salud pública sin precedentes. Asimismo, instó a los Miembros de la OMC a que demostraran su compromiso con los objetivos generales de acceso universal y equitativo a los productos médicos para la COVID-19, no solo mediante palabras, sino con hechos.

Próximas etapas

La solicitud de exención de los derechos de propiedad intelectual presentada por Sudáfrica y la India figurará en el orden del día de la próxima reunión formal del Consejo de los ADPIC prevista para los días 10 y 11 de marzo de 2021. Posteriormente se celebrará la próxima reunión ordinaria del Consejo de los ADPIC, los días 8 y 9 de junio de 2021. La Presidenta invitó a las delegaciones a que consideraran la manera en que el Consejo podía examinar esta cuestión en el futuro, a fin de que pudiera organizarse la labor pertinente.

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