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NOTICIAS:  COMUNICADOS DE PRENSA 2001

PRESS/231
14 de junio de 2001

La OMPI y la OMC lanzan una nueva iniciativa para ayudar a los países más pobres del mundo

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y la Organización Mundial del Comercio (OMC) han lanzado hoy (14 de junio de 2001) una nueva iniciativa para ayudar a los países menos adelantados a elevar al máximo los beneficios de la protección de la propiedad intelectual.


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propiedad intelectual

En la ceremonia que tuvo lugar hoy para presentar la iniciativa conjunta, el Dr. Kamil Idris, Director General de la OMPI, declaró que ésta no era más que una expresión de compromiso con los países menos adelantados. Habiendo pasado de la integración a la participación, otorgar a estos países la propiedad nacional de la protección de la propiedad intelectual era esencial para ayudarlos, recalcó el orador. También subrayó que la propiedad intelectual era un instrumento de avance tecnológico, crecimiento económico y creación de riqueza para todas las naciones, y especialmente para los países menos adelantados.

Estos últimos disponen hasta el 1º de enero de 2006 para cumplir las disposiciones del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la OMC (Acuerdo sobre los ADPIC). Tienen que poner en armonía con este Acuerdo su legislación en materia de derechos de autor, patentes, marcas de fábrica o de comercio y otros aspectos de la propiedad intelectual. También se tienen que procurar los medios de hacer observar eficazmente las leyes, a fin de combatir la piratería, la falsificación y otras formas de infracción de los derechos de propiedad intelectual.

“El cumplimiento de estas obligaciones también representa para las naciones más pobres del mundo la oportunidad de aprovechar la propiedad intelectual con el fin de acelerar su desarrollo económico, social y cultural”, dijo el Director General de la OMC, Mike Moore. “Nuestra iniciativa conjunta, que ofrece diversas formas de asistencia técnica, ayudará a los países menos adelantados a promover sus objetivos de desarrollo.”

Los embajadores que representaban a los países menos adelantados saludaron la iniciativa como una prueba más de que ambas Organizaciones están cada vez más comprometidas a ayudar a los países más pobres del mundo.

La iniciativa conjunta parte de la cooperación existente entre la OMPI y la OMC y de los programas de asistencia técnica de cada Organización. También es similar a un proyecto conjunto de la OMPI y la OMC iniciado en 1998 para ayudar a todos los países en desarrollo, particularmente los que no son los menos adelantados, que tenían que cumplir para el año 2000 las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC.

En el marco de la iniciativa conjunta puede obtenerse la siguiente asistencia técnica: cooperación en la preparación de la legislación, formación, creación de instituciones, modernización de sistemas de propiedad intelectual y observancia de la normativa. De los 49 países que las Naciones Unidas definen como menos adelantados, 30 son Miembros de la OMC (otros 6 están negociando su adhesión) y 41 son miembros de la OMPI. Todos los países menos adelantados pueden participar en la asistencia técnica que se ofrece, sin que haga falta que sean miembros de la OMPI ni de la OMC.

La iniciativa conjunta contempla una ayuda en dos fases.

  • En la primera se organizarán en 2002 dos talleres regionales, uno para el África Subsahariana y Haití y el otro, para la región de Asia y el Pacífico. Los funcionarios de estos países recibirán una breve instrucción acerca de los conceptos básicos, los principios y las obligaciones del Acuerdo sobre los ADPIC. También se les expondrán los problemas que plantea la aplicación del Acuerdo.
  • En la segunda, la ayuda se centrará en los planes de actuación adaptados a los distintos países.

Los países menos adelantados necesitan un volumen considerable de ayuda en materia de propiedad intelectual. Con esta nueva iniciativa se asegurará el uso más eficaz de los recursos disponibles. También se asegurará la eficiente planificación de las actividades de asistencia técnica y su estrecha coordinación entre las dos Organizaciones.

En la ceremonia de lanzamiento de hoy, en la que participaron también representantes de países menos adelantados, los dos Directores Generales firmaron un comunicado conjunto para ir a los gobiernos de todos los países menos adelantados a informarles de la iniciativa conjunta e invitarles a participar activamente. En el comunicado se subraya el compromiso de ambas Organizaciones de ayudar a los países menos adelantados a cumplir puntualmente las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC y a utilizar el sistema de la propiedad intelectual para promover su desarrollo.

El presente comunicado de prensa lo emiten simultáneamente la OMPI y la OMC.

Notas de antecedentes:

La OMPI cuenta con 177 Estados miembros. Tiene su sede en Ginebra y se ocupa de todos los asuntos relacionados con la propiedad intelectual, incluido el fomento de la protección de la propiedad intelectual en el mundo. Supervisa varios convenios internacionales, dos de los cuales (el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Intelectual y el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas) constituyen el fundamento del sector de la propiedad intelectual. 

La OMC tiene 141 Miembros (en mayo de 2001). Tiene su sede en Ginebra y es la organización internacional que se ocupa de las normas mundiales del comercio entre las naciones. Su principal función consiste en que el comercio tenga lugar de la manera más fluida, previsible y libre que sea posible. La realiza administrando acuerdos comerciales multilaterales, funcionando como foro de las negociaciones comerciales y solucionando diferencias comerciales.

El Acuerdo sobre los ADPIC entró en vigor el 1º de enero de 1995 al mismo tiempo que se puso en marcha la OMC. El Acuerdo fue uno de los resultados de la Ronda Uruguay. En él se recogen normas mínimas para la protección de cada una de las principales categorías de propiedad intelectual, partiendo de los principales convenios de la OMPI. El Acuerdo trata también de la observancia efectiva de los derechos de propiedad intelectual. En virtud del Acuerdo sobre los ADPIC, los países desarrollados habían de atenerse a sus disposiciones para el 1º de enero de 1996, a los países en desarrollo se les dio otros cuatro años, hasta el 1º de enero de 2000, y los países menos adelantados deben cumplirlas para el 1º de enero de 2006 (pudiendo ampliarse ese plazo).