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Declaración de China
(solamente en inglés)
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“La cooperación económica internacional ha permitido que se haga
realidad este momento definitorio en la historia del sistema
multilateral de comercio”, ha indicado Mike Moore, Director General
de la OMC, en la clausura de la reunión del Grupo de Trabajo sobre la
Adhesión de China. “Con la adhesión de China, la OMC ha dado un
paso muy importante hacia su conversión en una organización
auténticamente mundial. La aceptación casi universal de su sistema,
basado en la existencia de normas, servirá de base para la promoción
de la cooperación económica mundial”.
Bajo
la presidencia del Embajador Pierre-Louis Girard, de Suiza, el Grupo
de Trabajo concluyó casi 15 años de negociaciones con China y
acordó presentar unas 900 páginas de textos jurídicos para su
aceptación formal por los 142 gobiernos Miembros de la OMC. China se
convertirá legalmente en miembro de la OMC 30 días después de la
notificación de su aceptación del acuerdo.
Como
resultado de las negociaciones, China ha asumido una serie de
compromisos importantes de apertura y liberalización de su régimen,
con el fin de integrarse mejor en la economía mundial y ofrecer al
comercio exterior y a las inversiones extranjeras un entorno más
previsible, en conformidad con las normas de la OMC.
Entre
los compromisos asumidos por China cabe mencionar los siguientes:
- China
otorgará a todos los Miembros de la OMC un trato no
discriminatorio. Todos los particulares y empresas, incluidas las
empresas con capital extranjero y las no registradas en China,
recibirán un trato no menos favorable que el otorgado a las
empresas chinas en lo que respecta al derecho a tener actividades
comerciales.
- China
eliminará la práctica de fijar precios duales, así como las
diferencias en el trato otorgado a las mercancías producidas para
la venta en China y las producidas para la exportación.
- No
se utilizarán los controles de precios para ofrecer protección a
las industrias o proveedores de servicios nacionales.
- China
aplicará el Acuerdo sobre la OMC de forma efectiva y uniforme,
para lo que revisará las leyes internas vigentes y promulgará
nuevas leyes en total conformidad con dicho Acuerdo.
- En
un plazo de tres años contados a partir de la adhesión, todas
las empresas tendrán derecho a importar y exportar todo tipo de
mercancías y comerciar con ellas en todo el territorio aduanero,
salvo unas pocas excepciones limitadas.
- China
no mantendrá ni introducirá ninguna subvención a la
exportación de productos agropecuarios.
China
se reserva el derecho de mantener un comercio de Estado exclusivo de
productos tales como los cereales, el tabaco, los combustibles y los
minerales, y de mantener algunas restricciones al transporte y
distribución de mercancías dentro del territorio nacional, pero
muchas de las restricciones a las que actualmente están sometidas las
empresas extranjeras en China serán eliminadas o suavizadas
considerablemente una vez transcurrido un período de adaptación
gradual de tres años. En otras áreas, como la protección de
los derechos de propiedad intelectual, China aplicará plenamente el
Acuerdo sobre los ADPIC (aspectos de los derechos de propiedad
intelectual relacionados con el comercio) desde la fecha de la
adhesión.
Durante
un plazo de 12 años contados a partir de la fecha de la adhesión,
habrá un mecanismo transitorio de salvaguardia especial, que se
pondrá en marcha cuando las importaciones de productos de origen
chino causen o amenacen causar una desorganización del mercado que
afecte a los productores nacionales de otros Miembros de la OMC.
Por
otro lado, se eliminarán gradualmente o se tratarán de otro modo, en
los términos y plazos mutuamente convenidos que se especifican en un
anexo del Protocolo de Adhesión, las prohibiciones, restricciones
cuantitativas y otras medidas que mantengan otros Miembros contra las
importaciones procedentes de China de forma incompatible con el
Acuerdo sobre la OMC.
1. Mercancías
La
conclusión de las negociaciones sobre el acceso a los mercados de
mercancías supone el compromiso de China de eliminar gradualmente los
obstáculos al comercio y ampliar el acceso a su mercado de que
disponen las mercancías procedentes de otros países. China ha
consolidado todos los aranceles aplicados a las mercancías importadas.
Una vez que se haya dado cumplimiento a todos los compromisos asumidos,
el arancel medio consolidado por China para los productos
agropecuarios se reducirá al 15 por ciento. La orquilla oscilará
entre el 0 y el 65 por ciento, aplicándose los tipos más elevados a
los cereales. En el caso de las mercancías industriales, el arancel
medio consolidado se reducirá al 8,9 por ciento, con una orquilla que
oscilará entre el 0 y el 47 por ciento, aplicándose los tipos más
elevados a las películas fotográficas y los automóviles y productos
conexos. Algunos aranceles serán eliminados y otros serán reducidos,
en su mayoría a más tardar en 2004, pero en ningún caso después de
2010.
Textiles
Tras
la adhesión, China se convertirá en parte en el Acuerdo sobre los
Textiles y el Vestido y será titular de los derechos y obligaciones
correspondientes. Lo mismo que en el caso de los demás Miembros de la
OMC, se pondrá término a los contingentes aplicados a los textiles
el 31 de diciembre de 2004, pero habrá un mecanismo de salvaguardia
hasta fines de 2008, que permitirá a los gobiernos Miembros de la OMC
adoptar medidas para reducir las importaciones en caso de que las
exportaciones de productos textiles chinos provoquen una
desorganización del mercado.
Agricultura
China
ha aceptado limitar sus subvenciones a la producción agrícola al 8,5
por ciento del valor del producto agrario (a los efectos del párrafo
4 del artículo 6 del Acuerdo sobre la Agricultura). China también ha
aceptado aplicar el mismo límite a las subvenciones incluidas en el
ámbito del párrafo 2 del artículo 6 de dicho Acuerdo sobre la
Agricultura.
2.
Servicios
Telecomunicaciones
Tras
la adhesión de China, los proveedores de servicios extranjeros
estarán autorizados a establecer empresas de capital mixto, que no
estarán sometidas a restricciones cuantitativas, y prestar servicios
en varias ciudades. La inversión extranjera en las empresas de
capital mixto no será superior al 25 por ciento. En el plazo de un
año contado a partir de la adhesión, se ampliarán estas áreas para
incluir la prestación de servicios en otras ciudades y la inversión
extranjera no podrá ser superior al 35 por ciento. Al cabo de
tres años, la inversión extranjera no podrá ser superior al 49 por
ciento. Pasados cinco años, dejará de haber restricciones
geográficas.
Banca
A
partir de la adhesión, se permitirá a las instituciones financieras
extranjeras prestar servicios en China sin restricciones de clientela
para las operaciones con moneda extranjera. En cuanto a las
operaciones con moneda local, en un plazo de dos años contados a
partir de la adhesión, se permitirá a las instituciones financieras
extranjeras prestar servicios a empresas chinas. Pasados cinco años,
se permitirá a las instituciones financieras extranjeras prestar
servicios a todo tipo de clientes chinos.
Seguros
Se
permitirá que los aseguradores extranjeros que operen en ramas
distintas de los seguros de vida establezcan filiales o constituyan
empresas de capital mixto con un máximo del 51 por ciento de capital
extranjero. En un plazo de dos años contados a partir de la adhesión
de China, los aseguradores extranjeros que operen en ramas distintas
de los seguros de vida podrán establecer filiales de las que tengan
el 100 por ciento del capital. A partir de la adhesión, los
aseguradores extranjeros que operen en la rama de los seguros de vida
podrán tener una participación del 50 por ciento en empresas de
capital mixto con el socio que elijan. En cuanto a los riesgos
comerciales en gran escala, los reaseguros y los seguros y reaseguros
internacionales marítimos, de aviación y de transporte, tras la
adhesión se permitirá que se establezcan empresas de capital mixto
con una participación de capital extranjero no superior al 50 por
ciento; transcurridos tres años, la participación de capital
extranjero podrá llegar al 51 por ciento; al cabo de cinco años, se
permitirá que haya filiales de capital totalmente extranjero.
Notas
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1.
Historia de la adhesión de China a la OMC
China
fue uno de los 23 signatarios originales del Acuerdo General sobre
Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) en 1948. Tras la revolución de
1949, el gobierno de Taiwán anunció que China abandonaba el sistema
del GATT. Aunque el gobierno de Beijing nunca reconoció esta
decisión, casi 40 años más tarde, en 1986, China notificó al GATT
su deseo de recuperar su condición de parte contratante del GATT.
China
es uno de los 30 gobiernos que actualmente pretenden adherirse a la
Organización Mundial del Comercio. Como muchos de los países que han
solicitado ser Miembros de la OMC, China está en pleno proceso de
reforma económica y de transformación de su economía para basarla
más en el mercado. El proceso de adhesión de China a la OMC ha sido
dirigido por un Grupo de Trabajo formado por todos los gobiernos
Miembros de la OMC interesados. Inicialmente, en el marco del GATT, se
estableció en 1987 un Grupo de Trabajo sobre el estatuto de China que
se centraba exclusivamente en el régimen que aplicaba China al
comercio de mercancías. En 1995 se convirtió en un Grupo de Trabajo
de la OMC y se amplió su ámbito para incluir el comercio de
servicios, nuevas normas sobre las medidas arancelarias y normas
referentes a los derechos de propiedad intelectual.
Una
parte sustancial del proceso de adhesión de China se tradujo en
negociaciones bilaterales entre este país y los Miembros de la OMC.
Generalmente estas negociaciones se llevaron a cabo privadamente, sea
en la OMC, en Ginebra, sea en las capitales, pero el Grupo de Trabajo
también mantuvo reuniones de carácter informal y formal. Aunque el
centro de atención de las negociaciones bilaterales y plurilaterales
fueran algunas esferas concretas de las políticas comerciales de
China, por ejemplo, la lista de compromisos de acceso a los mercados
de mercancías y la lista de compromisos específicos en la esfera de
los servicios, el Grupo de Trabajo tenía la responsabilidad de
mantener y supervisar el desarrollo de las negociaciones y asegurarse
de que se examinaran las políticas comerciales de China en todos sus
aspectos.
El
Embajador Pierre-Louis Girard, un alto funcionario comercial de Suiza,
actuó como Presidente del Grupo de Trabajo. El Presidente, los
gobiernos Miembros y China fueron ayudados en su labor por la
Secretaría de la OMC, que facilitó la asistencia administrativa y
jurídica necesaria.
El
Grupo de Trabajo tuvo dos labores principales que realizar: compilar
un informe basado en sus deliberaciones; y completar un Protocolo de
Adhesión. No es inhabitual que los grupos de trabajo que se encargan
de las adhesiones a la OMC añadan una serie de anexos a los
protocolos. Los anexos forman parte integrante de los protocolos, son
vinculantes jurídicamente y abordan cuestiones específicas que
plantea el régimen comercial del solicitante. Como en todas las
demás adhesiones, los anexos, que han sido uno de los elementos
centrales de las negociaciones, tienen por objetivo ofrecer a los
Miembros de la OMC garantías de que se llevarán a cabo realmente las
reformas y se adoptarán las demás medidas transitorias prometidas
por el solicitante. En otras palabras, cumplen la función de una
especie de calendario negociado para poner el régimen comercial del
solicitante en plena conformidad con las normas y obligaciones de la
OMC.
Los
procesos de adhesión tienen una duración variable y completarlos
puede exigir varios años, lo que depende mucho de la voluntad del
país solicitante de cumplir no sólo las normas y obligaciones que
derivan de los principios de economía de mercado de la OMC y de sus
políticas favorables a la competencia y a la no discriminación, sino
también de las condiciones de acceso a los mercados de mercancías y
servicios que el país solicitante ofrezca a los demás Miembros de la
OMC. Como el Grupo de Trabajo adopta sus decisiones por consenso,
todos los Miembros de la OMC y el país que solicita la adhesión han
de ponerse de acuerdo en que se ha dado respuesta a sus preocupaciones
individuales y en que todas las cuestiones pendientes han quedado
resueltas en el curso de sus deliberaciones.
2. La relación del Taipei Chino con el
GATT/OMC
A
principios de 1965, Taiwán solicitó la condición de observador en
los períodos de sesiones del Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio (GATT de 1947), condición que se le reconoció.
En 1971, se suprimió este estatuto, a raíz de una decisión de la
Asamblea General de las Naciones Unidas que reconocía a la República
Popular como único gobierno legítimo de China.
En
su reunión de septiembre de 1992, el Consejo de Representantes del
GATT decidió establecer un grupo de trabajo que examinara
específicamente la solicitud de adhesión del Territorio Aduanero
distinto de Taiwán, Penghu, Kinmen y Matsu (“Taipei Chino”). El
Presidente dijo que había mantenido amplias consultas sobre el tema
de establecer un grupo de trabajo. Observó que todas las partes
contratantes habían aceptado la opinión de la República Popular de
China de que el Taipei Chino, como territorio aduanero distinto, no
debía adherirse al GATT antes que la propia República Popular de
China.
3. Hong Kong, China y la OMC
Hong
Kong, entonces una colonia de la Corona Británica, se convirtió en
parte contratante del GATT el 23 de abril de 1986. El 1º de julio de
1997, la República Popular de China reanudó el ejercicio de la
soberanía sobre Hong Kong. A partir de esa fecha, Hong Kong se
convirtió en una Región Administrativa Especial de China. En
condición de tal, mantiene entre otras cosas el estatuto de
territorio aduanero distinto y seguirá decidiendo sus políticas
económicas y comerciales independientemente y también podrá,
independientemente, utilizar la denominación de “Hong Kong,
China”, mantener y desarrollar relaciones y concluir y aplicar
acuerdos con Estados, regiones y organizaciones internacionales en las
esferas de la economía, el comercio y otras. Posteriormente, Hong
Kong, como parte contratante del GATT, participó plenamente en la
Ronda Uruguay y asumió todos los derechos y obligaciones
correspondientes aceptando formalmente el Acta Final en que se
incorporan los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones
Comerciales Multilaterales, hecha en Marrakech el 15 de abril de 1994.
En virtud del artículo XI del Acuerdo de Marrakech por el que se
establece la Organización Mundial del Comercio, Hong Kong se
convirtió en Miembro inicial de la OMC. De conformidad con las
disposiciones antes descritas, Hong Kong seguirá siendo Miembro de la
OMC, bajo la denominación de “Hong Kong, China”.
4. Macao, China y la OMC
La
República Popular de China reanudó el ejercicio de la soberanía
sobre Macao, antigua colonia portuguesa, el 20 de diciembre de 1999.
En esa fecha, Macao se convirtió en una Región Administrativa
Especial de China y en condición de tal sigue manteniendo, entre
otras cosas, su sistema social y económico y sus políticas
económicas y comerciales, con independencia, bajo la denominación de
“Macao, China”, manteniendo y desarrollando relaciones, y
concluyendo y aplicando acuerdos con todos los Estados, regiones y con
las organizaciones internacionales que operan en las esferas de la
economía, el comercio y otras. La República Popular de China
señaló en aquel momento que la Región Administrativa Especial de
Macao seguiría participando en las organizaciones internacionales y
acuerdos comerciales internacionales pertinentes, como el Acuerdo
General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio.
Macao
se convirtió en parte contratante del Acuerdo General el 11 de enero
de 1991 y fue uno de los miembros fundadores de la OMC, que se
estableció el 1º de enero de 1995. El 20 de diciembre de 1999, Macao
siguió siendo Miembro de la OMC bajo la denominación de “Macao,
China”.
5. China en el comercio mundial
En
2000, China era el séptimo exportador y el octavo importador mundial
de mercancías (exportaciones: 249.200 millones de dólares EE.UU. (cuota
del 3,9 por ciento), importaciones: 225.100 millones (cuota del 3,4
por ciento)). En cuanto a los servicios comerciales, China era el
12º exportador y el 10º importador mundial (exportaciones:
29.700 millones de dólares EE.UU. (cuota del 2,1 por ciento),
importaciones: 34.800 millones (cuota del 2,5 por ciento)).
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