
El Gobierno camboyano se esforzaba desde hace tiempo en concluir el
acuerdo sobre su adhesión antes de la Conferencia Ministerial de Cancún,
y sus negociaciones se han acelerado en el curso del último año.
Camboya, que es miembro de la Asociación de Naciones del Asia
Sudoriental (ASEAN), debe aún ratificar las condiciones convenidas e
informar de ello a la OMC. Treinta días después adquirirá la condición
de Miembro. Camboya solicitó la adhesión a la OMC a finales de 1994.
“La rápida conclusión de las negociaciones sobre la adhesión de Camboya,
así como la de Nepal, muestra que las nuevas directrices para que los
países menos adelantados puedan negociar más fácilmente su adhesión
están funcionando”, dijo el Dr. Supachai Panitchpakdi, Director General
de la OMC.
“Es también una señal de que los Gobiernos Miembros de la OMC se toman
con seriedad su compromiso de mejorar la participación de los países en
desarrollo y de los países menos adelantados en el sistema mundial de
comercio”, dijo el Dr. Supachai.
El Ministro de Comercio de Camboya Cham Prasidh dijo: “Hemos logrado
asegurar un conjunto de compromisos y concesiones que, a nuestro juicio,
constituye el acuerdo más asequible y factible para la adhesión de
Camboya, habida cuenta del poco peso político y económico de Camboya y
de su actual dependencia de la ayuda exterior de importantes países
donantes que también son Miembros de la OMC”.
Según los datos más recientes de la OMC, Camboya exportó mercancías por
un valor de 1.400 millones de dólares en 2002, y sus importaciones
ascendieron a 2.000 millones.
Los compromisos de Camboya
> Más
información
Tras su incorporación a la OMC, Camboya podrá disfrutar plenamente de
los derechos que corresponden a todos los Miembros en virtud de los
Acuerdos de la OMC, entre los que figuran la no discriminación por parte
de otros Miembros y la posibilidad de recurrir al procedimiento de
solución de diferencias de la OMC.
A cambio de esos derechos, Camboya, al igual que todos los Miembros de
la OMC, ha aceptado ciertas obligaciones dimanantes de los Acuerdos de
la OMC. En el acuerdo sobre la adhesión, que consiste en un informe del
Grupo de Trabajo que lo negoció y listas de compromisos relativos a los
derechos de importación a que estarán sujetos los bienes y al acceso a
los mercados para los proveedores de servicios, se facilita información
detallada sobre cómo aplicará Camboya esas obligaciones o las
introducirá gradualmente.
A continuación se ofrecen algunos aspectos destacados del informe del
Grupo de Trabajo que se adoptó el 22 de julio de 2003:
Camboya suministró al Grupo de Trabajo información detallada sobre su
régimen económico, financiero y monetario, incluido su objetivo de
mantener una moneda convertible con un tipo de cambio basado en el
mercado. El sistema fiscal fue reformado en enero de 1997. También se
facilitaron detalles sobre el régimen de inversiones, la elaboración de
leyes en una amplia gama de esferas relacionadas con la OMC y la
creación de tribunales mercantiles.
El Grupo de Trabajo tomó nota de los compromisos de Camboya, por
ejemplo:
Propiedad estatal y privatización:
La privatización se ha llevado a cabo en una primera fase desde 1991 a
mediados de 1993, y en una segunda fase que se inició en abril de 1995.
Camboya garantizará la transparencia y mantendrá informados a los
Miembros de la OMC, además de presentar informes periódicos sobre otras
cuestiones relacionadas con sus reformas económicas en tanto sean
pertinentes a sus obligaciones en el marco de la OMC.
Políticas de precios: A partir de la
fecha de adhesión, Camboya aplicará controles de precios que sean
compatibles con la OMC y tengan en cuenta los intereses de los Miembros
de la OMC exportadores. Camboya ha publicado una lista de los bienes y
servicios sujetos a control del Estado.
Derechos de comercio (el derecho a importar y
exportar): En respuesta a una observación en el sentido de
que las restricciones que Camboya impone a los productos farmacéuticos y
los medicamentos veterinarios establecían discriminaciones favorables a
la producción nacional de productos similares, Camboya manifestó que a
más tardar el 1º de junio de 2005 modificaría su legislación y
garantizaría que sus leyes y reglamentos fueran plenamente conformes con
sus obligaciones en el marco de la OMC.
Los demás derechos y cargas aduaneros:
Camboya garantizará que se ajusten a las disposiciones de la OMC a
partir de la fecha de adhesión, y estarán consolidados a nivel cero.
Contingentes arancelarios y exenciones
arancelarias: Camboya confirmó que respetaría las disciplinas
de la OMC en materia de contingentes arancelarios.
Camboya declaró que, en el momento de la adhesión a la OMC, las
exenciones arancelarias se aplicarían únicamente de conformidad con las
disposiciones pertinentes de la OMC.
Derechos y cargas por los servicios prestados:
Todos los derechos y cargas por los servicios prestados en relación con
las importaciones y exportaciones se aplicarán de conformidad con las
disposiciones de los Acuerdos de la OMC y, a partir de la fecha de
adhesión, Camboya no aplicará, introducirá ni reintroducirá derechos ni
cargas por los servicios prestados que se apliquen a las importaciones
sobre una base ad valorem (es decir, como porcentaje de los precios).
Aplicación de impuestos internos: A
partir de la fecha de adhesión, Camboya aplicará impuestos internos a
las importaciones en estricto cumplimiento del artículo III del GATT y
de manera no discriminatoria, sea cual sea el país de origen. El
artículo III del GATT se refiere al “trato nacional” (o no
discriminación entre nacionales y extranjeros) en materia de
tributación.
Restricciones cuantitativas de las
importaciones, con inclusión de las prohibiciones, los contingentes y
los sistemas de licencias: A más tardar el 1º de junio de
2005, Camboya eliminará las restricciones cuantitativas a las
importaciones de abonos, plaguicidas y otros insumos agropecuarios y
establecerá un método de registro y examen de los productos químicos
agrícolas importados que sea compatible con la OMC. A partir del 1º de
enero de 2007 Camboya se basará en las disposiciones del Acuerdo sobre
Obstáculos Técnicos al Comercio para regular el comercio nacional e
internacional de esos productos.
A partir de la fecha de adhesión, Camboya no introducirá, reintroducirá
ni aplicará otras medidas no arancelarias tales como licencias,
contingentes, prohibiciones u otras restricciones de efecto equivalente
que no puedan justificarse de conformidad con las disposiciones de los
Acuerdos de la OMC.
Valoración en Aduana: Camboya
aplicará plenamente el Acuerdo sobre Valoración en Aduana a partir del
1º de enero de 2009.
Normas de Origen: Camboya cumplirá
plenamente las disposiciones del Acuerdo sobre Normas de Origen de la
OMC a más tardar el 1º de enero de 2005, y algunas partes de él a más
tardar el 1º de enero de 2004.
Otras formalidades aduaneras: Antes
del 1º de enero de 2005 se establecerá en el Servicio de Aduanas de
Camboya un mecanismo de solución de diferencias para tramitar las
reclamaciones de comerciantes y gobiernos con respecto a las prácticas
aduaneras.
Inspección previa a la expedición: A
partir del momento de la adhesión el Gobierno de Camboya se hará
plenamente responsable de garantizar que las operaciones de las empresas
de inspección previa a la expedición contratadas por Camboya cumplan las
prescripciones de los Acuerdos de la OMC. El régimen de inspección
previa a la expedición de Camboya será temporal y se suprimirá cuando el
Departamento de Aduanas e Impuestos de Consumo pueda hacerse cargo de
las funciones actualmente desempeñadas por los proveedores de servicios
de inspección previa a la expedición.
Régimen antidumping, derechos compensatorios y
de salvaguardia: Camboya no aplicará ninguna medida
antidumping, ni derechos compensatorios o de salvaguardia hasta haber
notificado y aplicado las leyes y reglamentos apropiados de conformidad
con los Acuerdos de la OMC. Después de eso, Camboya únicamente aplicará
medidas de salvaguardia, antidumping o derechos compensatorios
plenamente compatibles con las disposiciones pertinentes de la OMC.
Restricciones a la exportación:
Camboya restringe las exportaciones de arroz, rollos, madera no
elaborada, productos forestales, antigüedades de más de 100 años,
estupefacientes y venenos, armas, explosivos, munición y vehículos y
maquinaria para fines militares. A partir de la fecha de adhesión,
Camboya se asegurará de que las restricciones sean conformes a los
Acuerdos de la OMC.
Subvenciones a la exportación:
Camboya cumplirá el Acuerdo sobre Subvenciones desde su adhesión.
Eliminará el sistema existente de remisión de derechos de importación y
exenciones de derechos para ciertos productos utilizado por algunos
inversores o establecerá un sistema de reintegro de derechos funcional
compatible con las disposiciones de la OMC, modificando la Ley de
Inversiones, según proceda, a más tardar a finales de 2013.
Política industrial, con inclusión de las
subvenciones: Estas subvenciones se notificarán a partir de
la fecha de adhesión.
Normas y certificación: Camboya aplicará gradualmente el Acuerdo sobre
Obstáculos Técnicos al Comercio, que comenzará a aplicarse plenamente el
1º de enero de 2007, sin posibilidad de recurrir a nuevos períodos de
transición.
Medidas sanitarias y fitosanitarias:
Camboya aplicará gradualmente el Acuerdo MSF, y lo aplicará plenamente a
partir del 1º de enero de 2008. Camboya celebrará consultas con los
Miembros de la OMC que lo soliciten si éstos consideran que algunas de
las medidas aplicadas durante el período de transición afectaron
negativamente a su comercio.
Medidas en materia de inversiones relacionadas
con el comercio (MIC): Camboya no mantendrá ninguna medida
incompatible con el Acuerdo sobre las MIC y aplicará este Acuerdo desde
la fecha de adhesión, sin posibilidad de recurrir a períodos de
transición.
Empresas comerciales del Estado:
Camboya aplicará sus leyes y reglamentos que rigen las actividades
comerciales de las empresas de propiedad estatal en plena conformidad
con las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC.
Zonas francas, zonas económicas especiales:
Las zonas francas o las zonas económicas especiales, incluidas las zonas
de promoción especiales establecidas de conformidad con la Ley de
Inversiones, quedarán plenamente sujetas al ámbito de aplicación de los
Acuerdos de la OMC y a los compromisos de Camboya contenidos en su
Protocolo de Adhesión a la OMC. Camboya garantizará el cumplimiento de
sus obligaciones en el marco de la OMC en esas zonas. Además, a partir
de la fecha de adhesión, las mercancías producidas en esas zonas en
virtud de disposiciones fiscales y arancelarias que eximan a las
importaciones y a los insumos importados de los aranceles y de
determinados impuestos quedarán sujetas a las formalidades aduaneras
normales cuando entren en el resto de Camboya, incluida la aplicación de
aranceles e impuestos.
Tránsito: Camboya aplicará todas las
leyes, reglamentos y prácticas que rigen las operaciones de tránsito y
actuará de conformidad con las disposiciones de los Acuerdos de la OMC.
Políticas agrícolas: Camboya
consolida sus subvenciones a las exportaciones agropecuarias a nivel
cero, y no mantendrá ni aplicará ninguna subvención a la exportación de
productos agropecuarios.
Régimen de los textiles: a partir de
la fecha de adhesión de Camboya se aplicará a los contingentes de
importación de productos textiles y prendas de vestir aplicados por
otros Miembros a las importaciones procedentes de Camboya un coeficiente
de crecimiento, según lo previsto en el Acuerdo sobre los Textiles y el
Vestido. Esos coeficientes de crecimiento desaparecerán cuando quede sin
efecto el Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (en 2005).
Aspectos de los derechos de propiedad
intelectual relacionados con el comercio (ADPIC): Camboya
aplicará el Acuerdo sobre los ADPIC a más tardar el 1º de enero de 2007,
y hasta entonces mantendrá algunas medidas de protección.
Transparencia: A partir de la fecha
de adhesión, todas las leyes y reglamentos se publicarán de conformidad
con las prescripciones de la OMC, además de publicarse en un sitio Web a
partir del 1º de enero de 2004.
Acuerdos comerciales regionales: El
único acuerdo comercial regional concertado por Camboya corresponde al
ámbito de la ASEAN (la zona de libre comercio de la ASEAN). En el marco
de ese Acuerdo, Camboya eliminará gradualmente los aranceles sobre la
práctica totalidad de los productos de la ASEAN antes del año 2015. Se
notificarán los detalles a la OMC.
Países que negociaron con Camboya
Miembros del Grupo de Trabajo:
Australia, Canadá, China, Estados Unidos, India, Japón, Malasia, Nueva
Zelandia, Panamá, República de Corea, Singapur, Tailandia, Taipei Chino,
Unión Europea, Venezuela.
Presidente: A. Meloni (Italia)
El Grupo de Trabajo sobre la Adhesión de Camboya se estableció el 21 de
diciembre de 1994. Camboya presentó un Memorándum sobre su régimen de
comercio exterior en junio de 1999. En enero de 2001 se distribuyeron
las respuestas a las preguntas formuladas en relación con el Memorándum.
Las últimas revisiones y actualizaciones llegaron en marzo de 2003.
El 14 de noviembre de 2002 se celebró la tercera reunión del Grupo de
Trabajo. Ello constituyó un paso adelante en el proceso de adhesión
porque por primera vez los Miembros centraron su atención en la
elaboración de un proyecto de informe del Grupo de Trabajo y en acordar
las condiciones de entrada de Camboya.
En la reunión del 16 de abril de 2003 se examinó el informe. En la
última reunión del Grupo de Trabajo, celebrada el 22 de julio de 2003,
se aprobó la revisión final.
Próxima etapa
Una vez que la Conferencia Ministerial de Cancún haya aprobado el
conjunto de documentos de la adhesión, Camboya tendrá que ratificar el
acuerdo e informar a la OMC. Se convertirá en Miembro de pleno derecho
30 días después. |