NOVENA CONFERENCIA MINISTERIAL DE LA OMC, BALI, 2013

Nota informativa: Facilitación del comercio — Menos “papeleo” en la frontera

Los comerciantes tanto de países en desarrollo como de países desarrollados han destacado, desde hace ya tiempo, el enorme volumen de “papeleo” que sigue siendo necesario para la circulación de mercancías a través de las fronteras. Los requisitos relativos a los documentos exigidos a menudo adolecen de falta de transparencia y en muchos lugares entrañan una gran cantidad de duplicación, problema que con frecuencia se agrava por una falta de cooperación entre comerciantes y organismos oficiales. Pese a los avances de la tecnología de la información, la presentación automática de datos aún no es un hecho corriente.

Actualización: 12 de febrero de 2014

ESTAS EXPLICACIONES se facilitan para ayudar al público a entender las actividades de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible por que el contenido sea exacto, las explicaciones no reflejan necesariamente los puntos de vista de los gobiernos Miembro.

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La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) calcula que en una transacción aduanera media intervienen entre 20 y 30 partes diferentes, 40 documentos, 200 elementos de datos (30 de los cuales se repiten 30 veces como mínimo) y la necesidad de volver a escribir, por lo menos una vez más, entre el 60 y el 70% de todos los datos. Con la reducción de aranceles en todo el mundo, se ha dicho que el costo que supone cumplir con las formalidades aduaneras supera en muchos casos el importe de los derechos que se han de abonar. En el entorno comercial moderno de producción y suministro “justo a tiempo”, los comerciantes necesitan que el levante de las mercancías sea rápido y previsible.

En un estudio del Foro de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico (APEC) se calculó que los programas de facilitación del comercio generarían al APEC utilidades del orden del 0,26% del PIB real, es decir, casi el doble de las utilidades previstas como resultado de las reducciones arancelarias, y que los ahorros en los precios de importación que reportarán a los países en desarrollo de la región se cifrarán entre el 1 y el 2% de su cuantía.

Los analistas señalan que la razón por la que muchas empresas pequeñas y medianas -cuya participación conjunta en la creación del PIB en muchas economías llega a ser del 60%- no son agentes activos en el comercio internacional, tiene que ver más con los trámites burocráticos que con los obstáculos arancelarios. Para las empresas que normalmente no expidan mercancías en grandes cantidades, los obstáculos administrativos suelen ser simplemente demasiado onerosos para que los mercados extranjeros les resulten atractivos.

Para las economías de los países en desarrollo, la ineficiencia en esferas como las aduanas y el transporte pueden ser un impedimento para su integración en la economía mundial y es probable que menoscabe gravemente la competitividad de las exportaciones o la corriente de inversiones extranjeras directas. Esta es una de las razones por las cuales los exportadores de países en desarrollo están cada vez más interesados en eliminar obstáculos administrativos, en particular en otros países en desarrollo, que actualmente representan el 40% de su comercio de manufacturas.

 

Disposiciones de la OMC

La OMC siempre se ha ocupado de cuestiones relacionadas con la facilitación del comercio, y las normas de la OMC incluyen una variedad de disposiciones que tienen por finalidad mejorar la transparencia y establecer normas mínimas de procedimiento. Entre ellas están los artículos 5, 8 y 10 del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que versan sobre libertad de tránsito de las mercancías, los derechos y formalidades referentes a la importación y la exportación, y la publicación y aplicación de los reglamentos comerciales.

Sin embargo, el marco jurídico de la OMC carece de disposiciones específicas en algunas esferas, en particular en lo que se refiere a los procedimientos y la documentación de aduanas y a la transparencia. El incremento espectacular de la cantidad de mercancías intercambiadas en todo el mundo en los últimos años y los adelantos de la tecnología y la informatización de las transacciones comerciales han añadido un sentido de urgencia a la necesidad de hacer que las normas sean más uniformes, eficaces y fáciles de utilizar.

 

El mandato y las negociaciones

Como tema específico, la facilitación del comercio es una cuestión relativamente nueva en la OMC. No se incorporó al programa de la Organización hasta que en diciembre de 1996 la Conferencia Ministerial de Singapur encomendó al Consejo del Comercio de Mercancías "la realización de trabajos exploratorios y analíticos sobre la simplificación de los procedimientos que rigen el comercio … con objeto de evaluar si procede establecer normas de la OMC en esta materia".

En la Cuarta Conferencia Ministerial, que se celebró en Doha en noviembre de 2001, los Ministros convinieron en que después de la Quinta Conferencia Ministerial que tendría lugar en Cancún se celebraran negociaciones sobre la facilitación del comercio. Este mandato fue renovado el 1º de agosto de 2004, cuando el Consejo General decidió por consenso explícito iniciar las negociaciones sobre la base de las modalidades convenidas por los Miembros de la OMC. Estas modalidades constituyeron el fundamento del plan de trabajo adoptado en la primera reunión del Grupo de Negociación celebrada el 15 de noviembre de 2004. Posteriormente se celebraron regularmente negociaciones pormenorizadas en las que el texto de negociación se fue simplificando, aclarando y mejorando, hasta que se acordó el texto final por consenso en la Novena Conferencia Ministerial, celebrada en Bali (Indonesia).

De acuerdo con el párrafo 1 de las Modalidades, las negociaciones debían aclarar y mejorar aspectos pertinentes de los artículos 5 (Libertad de tránsito), 8 (Derechos y formalidades referentes a la importación y a la exportación) y 10 (Publicación y aplicación de los reglamentos comerciales) del GATT de 1994, con miras a agilizar más el movimiento, el despacho de aduana y la puesta en circulación de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. Las negociaciones abordaron la cuestión de la prestación de asistencia técnica y apoyo a la creación de capacidad en esta esfera. Además, tenían por objeto la elaboración de disposiciones para una cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras o cualesquiera otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros.

El Grupo de Negociación acordó en su primera reunión invitar al Banco Mundial, al Fondo Monetario Internacional (FMI), a la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), a la Organización Mundial de Aduanas y a la UNCTAD a asistir a los debates con carácter ad hoc.

Las negociaciones se organizaron en torno de dos esferas claramente definidas. En la sección I se abordan los aspectos técnicos y se explican en detalle las mejoras necesarias para que el acuerdo sea realmente eficaz. La sección II contiene los elementos fundamentales sobre el trato especial y diferenciado y la asistencia técnica y la creación de capacidad que se necesitan para implementar el acuerdo, y en algunos casos se establecen plazos y calendarios específicos.

La Organización Mundial de Aduanas y el Banco Mundial también hicieron contribuciones escritas a las negociaciones, y han identificado esferas en las que se podría prestar asistencia a los países en desarrollo Miembros.

Según la OCDE -que también participó en las negociaciones en calidad de observador y proporcionó informes técnicos sobre los problemas actuales y sobre los beneficios de un buen acuerdo para todos los Miembros-, las medidas que tendrían más repercusión en lo que respecta a la reducción de los costos son las siguientes:

  • armonización de los documentos
  • simplificación de los procedimientos aduaneros (tramitación del despacho antes de la llegada, por ejemplo)
  • previsibilidad de los reglamentos aduaneros (resoluciones anticipadas sobre los aranceles aplicables a determinados productos o normas claras de procedimiento y disponibilidad de información relacionada con el comercio, por ejemplo).

 

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