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Estas disposiciones se conocen como “disposiciones en materia de trato
especial y diferenciado”. Las disposiciones especiales comprenden:
- períodos más prolongados para la
aplicación de los acuerdos y los compromisos;
- medidas para aumentar las oportunidades
comerciales de estos países;
- disposiciones que exigen a todos los Miembros
de la OMC que salvaguarden los intereses comerciales de los países
en desarrollo;
- ayuda para que los países en desarrollo
cuenten con la infraestructura necesaria para participar en la labor
de la OMC, puedan intervenir adecuadamente en el sistema de solución
de diferencias y apliquen las normas técnicas;
- disposiciones relacionadas con los países
menos adelantados (PMA) Miembros.
El mandato
de Doha volver al principio
En la Declaración de Doha, los Ministros convinieron
en que se examinarían las disposiciones sobre trato especial y diferenciado
con miras a reforzarlas y hacerlas más precisas, eficaces y operativas.
La Declaración (junto con la Decisión sobre cuestiones y preocupaciones
relativas a la aplicación) encomienda al Comité de Comercio y Desarrollo
que identifique qué disposiciones sobre trato especial y diferenciado
tienen carácter obligatorio y que considere las consecuencias jurídicas
y prácticas de la conversión de las medidas que actualmente no son
vinculantes en disposiciones obligatorias. Además, el Comité ha de
considerar las formas en que se puede ayudar a los países en desarrollo,
en particular a los países menos adelantados, a hacer el mejor uso
del trato especial y diferenciado.
Los países en desarrollo y los países menos
adelantados formularon un total de 88 propuestas sobre el trato especial
y diferenciado. La mayoría de las propuestas fueron presentadas por
el Grupo Africano y el grupo de países menos adelantados. Normalmente,
en las propuestas se identifican partes de un acuerdo y se propone
una nueva formulación para introducir nuevas disposiciones sobre el
trato especial y diferenciado para los países en desarrollo o para
reforzar las existentes. Las propuestas se refieren a la mayoría de
los Acuerdos de la OMC, incluidos el Acuerdo General sobre el Comercio
de Servicios (AGCS), el GATT y el Acuerdo sobre los Aspectos de los
Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).
De Doha a
Cancún volver al principio
El plazo inicial –julio de 2002- tuvo que
prorrogarse y a principios de 2003 los Miembros seguían sin poder llegar
a un acuerdo sobre el conjunto de 88 propuestas que se habían hecho,
y sin poder decidir si concretar o no las 12 propuestas sobre las que
se podía llegar a un consenso. Muchos Miembros pidieron que se aclarara
el mandato de Doha -la Declaración Ministerial y la Decisión sobre
la Aplicación .
En febrero de 2003, el Consejo General pidió al
Comité en Sesión Extraordinaria que suspendiera la continuación de
los trabajos. En abril de 2003, tras celebrar consultas, el Presidente
organizó las 88 propuestas en tres categorías:
- Categoría
1: 38 propuestas con respecto a las cuales parecía existir una
mayor probabilidad de llegar a un acuerdo. El Consejo General comenzó a
trabajar sobre esas propuestas en reuniones informales.
- Categoría
2: 38 propuestas que se habían formulado en esferas que eran objeto
de negociación como parte del Programa de Doha para el Desarrollo
o que se estaban considerando de otro modo en otros órganos de la
OMC y que era probable que obtuvieran una mejor respuesta en el marco
de las negociaciones o a nivel técnico. El Presidente remitió las
propuestas incluidas en este grupo a los órganos competentes, y pidió a
estos órganos que las considerasen como parte de su labor en curso.
- Categoría
3: 12 propuestas sobre las cuales había entre los Miembros amplias
discrepancias. Se dejaron aparte.
En vísperas de la Quinta Conferencia Ministerial,
celebrada en Cancún (México) en septiembre de 2003, los Miembros pudieron
llegar a un acuerdo sobre 28 propuestas. Estas quedaron “acordadas
en principio”, al tiempo que se reanudaron los trabajos en el Comité de
Comercio y Desarrollo.
El “Paquete
de Julio” volver al principio
A principios de 2004, los Miembros estaban
divididos en lo referente al camino a seguir. Algunos querían continuar
examinando las propuestas. Otros querían concentrarse en las cuestiones
transversales, como el establecimiento de un mecanismo de vigilancia
sobre la aplicación, los objetivos y los principios del trato especial
y diferenciado o las necesidades especiales de determinados grupos
de países. Además, los Miembros tenían opiniones distintas acerca de
si se debían adoptar o no las 28 propuestas acordadas en principio.
Como parte de las negociaciones generales,
el 1º de agosto de 2004 los Miembros aprobaron un paquete de acuerdos
marco y otros acuerdos. En el paquete, conocido como el “Paquete de
Julio”, se fijó un nuevo plazo: julio de 2005.
La situación actual volver al principio
Los Miembros tuvieron dificultades para reanudar
los trabajos sobre el trato especial y diferenciado después de acordado
el Paquete de Julio de 2004. Las opiniones sobre el camino a seguir
seguían muy distanciadas. Finalmente, a principios de 2005, el Presidente
halló una solución de compromiso: los Miembros reanudarían los trabajos
sobre cinco propuestas presentadas por PMA. Entre ellas figuran: mayor
flexibilidad a los PMA para contraer compromisos con arreglo a su nivel
de desarrollo económico; mejor acceso de los PMA a las exenciones temporales
de una o más de sus obligaciones; acceso a los mercados libre de derechos
y de contingentes para los productos originarios de los PMA; y mayor
flexibilidad para utilizar medidas en materia de inversiones relacionadas
con el comercio como instrumento de desarrollo.
Aunque se hicieron progresos en las cinco
propuestas, el 29 de julio de 2005 el Presidente anunció que no estaba
en condiciones de hacer recomendaciones específicas al Consejo General.
En el momento de escribir estas líneas, la situación era la misma. |