ENTENDER LA OMC: “SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS”

El calendario en un caso práctico

El 23 de enero de 1995 Venezuela presentó una reclamación ante el Órgano de Solución de Diferencias en el sentido de que los Estados Unidos aplicaban normas que discriminaban contra la gasolina importada y solicitó formalmente la celebración de consultas con dicho país. Un año después (el 29 de enero de 1996) el grupo especial encargado de examinar la diferencia ultimó su informe definitivo. (Para entonces se había asociado al procedimiento el Brasil, que presentó su reclamación en abril de 1996. Examinó ambas reclamaciones el mismo grupo especial.) Los Estados Unidos apelaron. El Órgano de Apelación elaboró su informe y el Órgano de Solución de Diferencias lo adoptó el 20 de mayo de 1996, un año y cuatro meses después de haberse presentado la primera reclamación.


 

Más información de introducción
> La OMC en pocas palabras

A continuación, los Estados Unidos y Venezuela tardaron seis meses y medio en ponerse de acuerdo sobre lo que debían hacer los Estados Unidos. El plazo convenido para aplicar la solución acordada fue de 15 meses a contar de la fecha de conclusión de la apelación (del 20 de mayo de 1996 al 20 de agosto de 1997).

La diferencia surgió porque los Estados Unidos aplicaban normas sobre las características químicas de la gasolina importada más rigurosas que las que aplicaban a la gasolina refinada en el país. Venezuela dijo (y después el Brasil) que no era equitativo, porque la gasolina estadounidense no tenía que cumplir las mismas normas: se infringía el principio de "trato nacional", sin que ello pudiera justificarse al amparo de las excepciones de las disposiciones normales de la OMC previstas para las medidas adoptadas por motivos de salud o conservación del medio ambiente. El grupo especial que examinó la diferencia estuvo de acuerdo con Venezuela y el Brasil. El informe del examen en apelación confirmó las conclusiones del grupo especial (introdujo algunos cambios con respecto a la interpretación jurídica dada por el grupo especial). Los Estados Unidos acordaron con Venezuela que modificarían su reglamento en un plazo de 15 meses y el 26 de agosto de 1997 comunicaron al Órgano de Solución de Diferencias que se había firmado un nuevo reglamento el 19 de agosto.

 

Tiempo (0 = iniciación del procedimiento)

Plazo indicativo/real

Fecha

Medidas adoptadas

-5 años

 

1990

Modificación de la Ley de Protección de la Calidad del Aire, de los Estados Unidos.

-4 meses

 

Septiembre de 1994

Los Estados Unidos restringen las importaciones
de gasolina al amparo de la Ley de Protección de la Calidad del Aire.

0

“60 días”

23 de enero de 1995

Venezuela presenta una reclamación ante el Órgano de Solución de Diferencias y solicita la celebración de consultas con los Estados Unidos.

+1 mes

24 de febrero de 1995

Celebración de consultas. Sin éxito.

+2 meses

25 de marzo de 1995

Venezuela pide al Órgano de Solución de Diferencias el establecimiento de un grupo especial.

+2½ meses

“30 días”

10 de abril de 1995

El Órgano de Solución de Diferencias accede al establecimiento de un grupo especial. Los Estados Unidos no se oponen. (El Brasil inicia su reclamación y solicita la celebración de consultas con los Estados Unidos.)

+3 meses

 

28 de abril de 1995

Panel appointed. (31 May, panel assigned to Brazilian complaint

+6 meses

9 meses (el plazo indicativo es de 6-9)

10-12 de julio y 13-15 de julio de 1995

El grupo especial se reúne.

+11 meses

 

11 de diciembre de 1995

El grupo especial da traslado del informe provisional a los Estados Unidos, Venezuela y el Brasil, para que formulen observaciones.

+1 año

 

29 de enero de 1996

El grupo especial distribuye el informe definitivo a los Miembros.

+1 año, 1 mes

 

21 de febrero de 1996

Los Estados Unidos apelan.

+1 año, 3 meses

“60 días”

29 de abril de 1996

El Órgano de Apelación presenta su informe.

+1 año, 4 meses

“30 días”

20 de mayo de 1996

El Órgano de Solución de Diferencias adopta los informes del Grupo Especial y del Órgano de Apelación.

+1 año, 10½ meses

 

3 de diciembre de 1996

Los Estados Unidos y Venezuela se ponen de acuerdo sobre lo que deben hacer los Estados Unidos (el plazo de aplicación es de 15 meses a contar del 20 de mayo).

+1 año, 11½ meses

 

9 de enero de 1997

Los Estados Unidos presentan al Órgano de Solución de Diferencias el primer informe mensual de la situación con respecto a la aplicación de las recomendaciones.

+2 años, 7 meses

 

19-20 de agosto de 1997

Los Estados Unidos firman un nuevo reglamento (19 de agosto). Fin del período de aplicación convenido (20 de agosto).

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