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| AGRICULTURA:
EXPLICACIÓN Países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios Al conjunto de normas y compromisos sobre la agricultura se le suele denominar programa de reforma de la Ronda Uruguay, que se negoció en la Ronda Uruguay e incluye la reducción de las subvenciones y de la protección, así como otras disciplinas aplicables al comercio. |
ÍNDICE |
Decisión Ministerial: Decisión Ministerial sobre medidas relativas a los posibles efectos negativos del programa de reforma en los países menos adelantados y los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios Esta Decisión se adoptó como parte de los resultados de las negociaciones de la Ronda Uruguay sobre la agricultura. La Decisión reconoce que, aunque la aplicación progresiva de los resultados de la Ronda Uruguay en su conjunto creará oportunidades cada vez mayores de expansión comercial y crecimiento económico en favor de todos los Miembros, durante el programa de reforma los países menos adelantados y los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios podrían experimentar efectos negativos en cuanto a la disponibilidad de suministro suficiente de productos alimenticios básicos de fuentes exteriores en términos y condiciones razonables, e incluso dificultades a corto plazo para financiar niveles normales de importaciones comerciales de productos alimenticios básicos. Los Ministros convinieron en establecer una serie de mecanismos para asegurarse de que la aplicación de los resultados de la Ronda Uruguay no afecte desfavorablemente a la disponibilidad de la ayuda alimentaria a nivel suficiente para seguir prestando asistencia encaminada a satisfacer las necesidades alimentarias de los países en desarrollo. Entre estos mecanismos se incluyen el examen del nivel de ayuda alimentaria establecido periódicamente por el Comité de Ayuda Alimentaria en el marco del Convenio sobre la Ayuda Alimentaria y la iniciación de negociaciones para establecer un nivel de compromisos en materia de ayuda alimentaria suficiente para satisfacer las necesidades legítimas de los países en desarrollo durante el programa de reforma; la adopción de directrices para asegurarse de que una proporción creciente de productos alimenticios se suministre en forma de donación total; y el acuerdo de los países desarrollados Miembros de tomar plenamente en cuenta, en el contexto de sus programas de ayuda, las solicitudes de prestación de asistencia técnica y financiera a los países menos adelantados y a los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios para mejorar la productividad e infraestructura de su sector agrícola. Los
Ministros convinieron asimismo en asegurarse de que todo
acuerdo en materia de créditos a la exportación de
productos agropecuarios contenga disposiciones apropiadas
sobre trato diferenciado en favor de los países menos
adelantados y de los países en desarrollo importadores
netos de productos alimenticios. La Decisión reconoce
que, en el caso de que se presenten dificultades a corto
plazo para financiar niveles normales de importaciones
comerciales, los países en desarrollo importadores netos
de productos alimenticios podrían tener derecho a
utilizar los recursos de las instituciones financieras
internacionales con arreglo a las facilidades existentes
o a las que puedan establecerse, en el contexto de
programas de reajuste, con el fin de resolver esas
dificultades de financiación. < Retroceder Avanzar > |
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