|
|
|
EN ESTA PÁGINA: Primera etapa Segunda etapa Preparación de las modalidades |
portada > temas comerciales > agricultura > negociaciones > información general > acceso a los mercados: salvaguardias especiales para la agricultura |
Haga clic en + para abrir un elemento.
En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones. |
La salvaguardia especial para la agricultura sólo puede utilizarse con respecto a productos que hayan sido arancelizados — lo que representa menos del 20 por ciento de todos los productos agropecuarios (definidos por “líneas arancelarias”). Ahora bien, no se puede utilizar respecto de las importaciones comprendidas en un contingente, y sólo se puede aplicar si el gobierno se ha reservado el derecho de hacerlo en su lista de compromisos relativos a la agricultura. En la práctica, la salvaguardia especial para la agricultura sólo se ha utilizado en unos pocos casos.
Primera etapa volver al principio Las propuestas presentadas van desde mantener esas disposiciones en su forma actual, hasta suprimirlas o revisarlas para evitar que se utilicen respecto de los productos de los países en desarrollo. Algunos países en desarrollo han propuesto que sólo se les autorice a ellos su utilización y no a los países desarrollados. El Japón y la República de Corea proponen una nueva forma de salvaguardia especial que se aplicaría a los productos perecederos y estacionales. Varios países se oponen a ello. El derecho a utilizar la salvaguardia especial para la agricultura quedará sin efecto si no se llega a un acuerdo en las negociaciones para continuar el “proceso de reforma” iniciado en la Ronda Uruguay (véase el párrafo 9 del artículo 5 y el artículo 20 del Acuerdo sobre la Agricultura). Propuestas presentadas
en la primera etapa con las posiciones respecto de las salvaguardias
especiales
Segunda etapa volver al principio Entre las ideas propuestas cabe mencionar las siguientes:
Entre estas ideas se observan algunos matices de opinión. Para algunos países la necesidad de medidas de salvaguardia es permanente. Para otros se trata de un medio de fomentar la confianza para alentar a los países a que reduzcan los aranceles.
Preparación de las “modalidades” volver al principio Muchos países en desarrollo quieren tener la posibilidad de utilizar salvaguardias especiales o algo similar. En la actualidad, estas salvaguardias sólo están al alcance de los países que “arancelizaron” en la Ronda Uruguay, y para los productos que arancelizaron. Muchos países en desarrollo no lo hicieron. Este reclamo ha suscitado cierta consideración favorable. Un grupo de países propone simplificar los métodos de aplicación de derechos para “compensar” las subvenciones a la exportación sobre los productos importados. Algunos países proponen una nueva salvaguardia para productos perecederos o de temporada. Otros se oponen a ello.
Anteproyecto de “modalidades” revisado volver al principio Las actuales disposiciones del artículo 5 del Acuerdo sobre la Agricultura en materia de salvaguardias especiales se suprimirían para los países desarrollados, ya sea al término del período de reforma propuesto de cinco años, o bien dos años después. Habría un nuevo mecanismo de salvaguardia especial que serviría de red de seguridad para los países en desarrollo (además del concepto de “productos especiales”).
Los proyectos de marco volver al principio (véase Propuestas “marco” de Cancún) El proyecto Estados Unidos — Unión Europea propone un mecanismo de salvaguardia especial para los países en desarrollo para su utilización en el caso de los productos que son sensibles a la importación. El G 20 vincula esta cuestión al “efecto de las reducciones arancelarias”. Kenya propone simplemente que se establezca un mecanismo. Los proyectos Pérez del Castillo y Derbez también prevén un mecanismo en el que las condiciones y los productos deben determinarse. El documento de la Unión Africana, los países ACP y los países menos adelantados considera que esos proyectos no van muy lejos en lo que respecta a un mecanismo de de salvaguardia especial y propone que los trabajos se basen en proyecto de “modalidades” revisado. |
|
para contactarnos : Organización Mundial del Comercio, rue de Lausanne 154, CH-1211 Ginebra 21, Suiza