PAQUETE DE JULIO DE 2008: NOTAS INFORMATIVAS

Acceso a los mercados para los productos no agrícolas (AMNA)

Los productos no agrícolas incluyen los productos industriales, los productos manufacturados, los textiles, los combustibles y los productos de la minería, el calzado, las joyas, los productos forestales, el pescado y los productos de pescado y los productos químicos. En conjunto, representan casi el 90 por ciento de las exportaciones mundiales de mercancías.

Objetivo de la negociación

“Reducir o, según proceda, eliminar los aranceles, incluida la reducción o eliminación de los aranceles elevados, las crestas arancelarias y la progresividad arancelaria, así como los obstáculos no arancelarios, en particular respecto de los productos cuya exportación interesa a los países en desarrollo.”

 

Tres elementos cruciales en la negociación

  • Recortar aranceles con arreglo a una fórmula general basada en un coeficiente. En total aplicarán la fórmula unos 40 países, entre los cuales figuran los principales comerciantes mundiales. Todos los demás poseen diferentes disposiciones específicas.
     
  • Flexibilidad para los países en desarrollo (que permitiría a estos países proteger porcentajes limitados de sus sectores más sensibles de todo el impacto de una reducción de aranceles).
     
  • Trato especial para las economías pequeñas y vulnerables (31); los países menos adelantados (PMA) (32); los Miembros de reciente adhesión (13); los Miembros con un bajo porcentaje de líneas arancelarias consolidadas (12); y otros.

 

Fórmula de reducción arancelaria y su flexibilidad

Las reducciones arancelarias se realizarían utilizando una fórmula “suiza simple” con distintos coeficientes para los países desarrollados Miembros y para los países en desarrollo Miembros. Una fórmula suiza da por resultado recortes mayores para los aranceles más elevados (un coeficiente más elevado, como el previsto para los países en desarrollo Miembros, significa reducciones menores de los aranceles.) Pero mientras que el coeficiente para los Miembros desarrollados será el mismo aplicable a todos ellos, habrá tres opciones diferentes de coeficientes para los Miembros en desarrollo que se aplicarán con arreglo a la escala de la flexibilidad que opten por utilizar. Cuanto más bajo sea el coeficiente, mayor será la flexibilidad, y viceversa. La flexibilidad no puede utilizarse para proteger de los recortes a grupos enteros de productos.

 

Negociaciones sectoriales

Los Miembros podrían negociar recortes arancelarios que van más allá de los basados en la fórmula en, por lo menos, 15 secciones específicas. La participación en estas negociaciones es voluntaria.

 

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Último texto de negociación 

El último texto de negociación sobre las “modalidades” fue distribuido el 10 de julio de 2008. Incluye entre corchetes (lo que significa que es algo abierto a negociación) una fórmula para las reducciones arancelarias con los siguientes coeficientes: 7 a 9 para los Miembros desarrollados y entre 19 y 26 para los Miembros en desarrollo. Pero no todos los países en desarrollo que utilicen la fórmula aplicarían el mismo coeficiente. El nuevo texto propone tres intervalos diferentes: 19-21, 21-23 y 23-26.

Los países en desarrollo podrán “proteger” del efecto pleno de la fórmula un porcentaje (que se negociará) de sus líneas arancelarias de productos industriales más sensibles en determinadas condiciones relacionadas con su volumen de comercio de esos productos, y siempre que no excluyan capítulos enteros (la gama completa de productos).

El último texto que el Presidente del Grupo de Negociación presentó a los Miembros contiene precisiones para el posible trato de casos especiales como por ejemplo:

  • Sudáfrica, Botswana, Lesotho, Namibia y Swazilandia. Tendrían flexibilidad adicional.
     
  • La República Bolivariana de Venezuela, que pidió ser tratada como un caso especial debido a la estructura concentrada sumamente especial de sus importaciones y a sus necesidades de desarrollo.
     
  • La Argentina, el Brasil, el Paraguay y el Uruguay, para el cálculo de la limitación del valor del comercio afectado por la flexibilidad. Se aplicaría el valor total de las importaciones de productos no agrícolas del Brasil.

El texto también contiene disposiciones para un posible mecanismo “anticoncentración”. Su objetivo es evitar que los Miembros excluyan de la liberalización una gran concentración de productos que pertenezcan a la misma categoría (en términos técnicos, al mismo “Capítulo del Sistema Armonizado”). Ejemplos de estas categorías son los vehículos y las prendas de vestir.

Como resultado de la aplicación de los coeficientes propuestos:

  • el arancel máximo en los países desarrollados sería inferior al 7 ó 9 por ciento, según el coeficiente acordado. Esto significaría que los países desarrollados tendrían aranceles consolidados bastante inferiores en promedio al 3 por ciento y crestas arancelarias inferiores al 7 ó 9 por ciento incluso en el caso de sus productos más sensibles.
      
  • en la mayoría de las líneas arancelarias de los países en desarrollo Miembros que aplicaran la fórmula los aranceles serían inferiores al 12 ó 14 por ciento, según el coeficiente acordado y la flexibilidad utilizada. En los países en desarrollo que aplicaran la fórmula, los aranceles consolidados serían en promedio de entre el 11 y el 12 por ciento, y sólo un reducido número de países en desarrollo tendría promedios superiores al 15 por ciento.

 

Consideración de los amplios compromisos de los Miembros que se han adherido después de 1995

Algunos Miembros de muy reciente adhesión no estarán obligados a realizar reducciones arancelarias que excedan de los compromisos que hayan contraído en el marco de su adhesión. Otros como China, el Taipei Chino, Omán y Croacia, sujetos a la fórmula, verían prolongado entre tres y cuatro años más el período de aplicación gradual de sus compromisos en el marco de la Ronda de Doha.

 

Trato especial y diferenciado

No se exigiría a los países menos adelantados participantes que contrajeran compromisos de reducción. No obstante, se espera que, como parte de su contribución a esta ronda de negociaciones, incrementen sustancialmente el número de productos cuyos tipos arancelarios máximos están legalmente consolidados en la OMC. Además, como excepción, los participantes cuyas consolidaciones de las líneas arancelarias de productos no agrícolas abarquen un porcentaje inferior al 35 por ciento, quedarán exentos de efectuar reducciones arancelarias mediante la fórmula. Los Miembros esperan que consoliden en cambio un porcentaje por negociar de las líneas arancelarias de productos no agrícolas a un nivel medio que también será negociado.

 

Obstáculos no arancelarios

Los obstáculos no arancelarios son medidas gubernamentales distintas de los aranceles que restringen las importaciones o que tienen el potencial de limitar el comercio internacional. Entre los ejemplos se incluyen las normas y certificaciones, las formalidades aduaneras, y los requisitos en materia de inocuidad alimentaria y salud. Se establecerá un mecanismo para abordar estas medidas.

 

Países que desean avanzar en su reducción arancelaria

Los países que desean avanzar en su reducción arancelaria pueden participar en una iniciativa voluntaria especial (iniciativa sectorial) que contempla la eliminación total de los aranceles en algunos sectores. No obstante, es necesario que se sume a la iniciativa una “masa crítica” de países para que se ponga en marcha. Actualmente son objeto de negociación 14 sectores: los automóviles y sus partes; las bicicletas y sus partes; los productos químicos; los productos electrónicos/eléctricos; el pescado y los productos de pescado; los productos forestales; las piedras preciosas y la joyería; las materias primas; el equipo deportivo; los productos farmacéuticos y los instrumentos y aparatos médicos y de atención de la salud; las herramientas de mano; los juguetes; y los textiles, las prendas de vestir y el calzado; y la maquinaria industrial.

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 CRONOLOGÍA 

• 2001: Inicio del Programa de Doha para el Desarrollo (noviembre). Antecedentes.

• 2002: Creación por el CNC del Grupo de Negociación sobre productos industriales (AMNA) (febrero)

• 2002: Primera reunión del Grupo de Negociación (julio).

• 2004: “El Marco de Julio”. Acuerdo sobre un conjunto de medidas para establecer las modalidades

• 2005: Acuerdo ulterior en la Conferencia Ministerial de Hong Kong (diciembre)

• 2007: Un proyecto de texto sobre las modalidades, “El texto de julio de 2007”.

• 2008: Un proyecto de texto revisado sobre las modalidades, (febrero, mayo y julio).