NOTAS INFORMATIVAS

Acceso a los mercados para los productos no agrícolas (AMNA)

Los productos no agrícolas incluyen los productos industriales, los productos manufacturados, los textiles, los combustibles y los productos de la minería, el calzado, las joyas, los productos forestales, el pescado y los productos de pescado y los productos químicos. En conjunto, representan casi el 90 por ciento de las exportaciones mundiales de mercancías.

Objetivo de la negociación

“Reducir o, según proceda, eliminar los aranceles, incluida la reducción o eliminación de los aranceles elevados, las crestas arancelarias y la progresividad arancelaria, así como los obstáculos no arancelarios, en particular respecto de los productos cuya exportación interesa a los países en desarrollo.”

 

Tres elementos cruciales en la negociación

  • Recortar aranceles con arreglo a una fórmula general basada en un coeficiente. En total aplicarán la fórmula unos 40 países, entre los cuales figuran los principales comerciantes mundiales. Todos los demás poseen diferentes disposiciones específicas.
     
  • Flexibilidad para los países en desarrollo (que permitiría a estos países proteger porcentajes limitados de sus sectores más sensibles de todo el impacto de una reducción de aranceles).
     
  • Trato especial para las economías pequeñas y vulnerables (31); los países menos adelantados (PMA) (32); los Miembros de reciente adhesión (13); los Miembros con un bajo porcentaje de líneas arancelarias consolidadas (12); y otros.

 

Último texto de negociación

El nuevo texto sobre las modalidades para el AMNA, presentado por el Presidente de las negociaciones sobre el acceso a los mercados para los productos no agrícolas, se basa en los tres textos anteriores y ofrece a los Ministros más detalles y opciones más amplias para negociar un conjunto final de resultados equilibrado en relación con las modalidades plenas.

El texto está actualmente casi completo.

Fórmula y flexibilidad

Las reducciones arancelarias con respecto a los productos industriales se realizarían utilizando una fórmula “suiza simple” con distintos coeficientes para los países desarrollados Miembros y para los países en desarrollo Miembros. Pero mientras que el coeficiente para los Miembros desarrollados será el mismo aplicable a todos ellos, habrá una lista de opciones para los Miembros en desarrollo que se aplicarán según el grado de flexibilidad que opten por utilizar. Cuanto más bajo sea el coeficiente, mayor será la flexibilidad, y viceversa. Una fórmula suiza da por resultado recortes mayores para los aranceles más elevados. (Un coeficiente más elevado, como el previsto para los Miembros en desarrollo, significa reducciones menores de los aranceles.)

El proyecto de modalidades del Presidente contiene los siguientes coeficientes: 8 para los Miembros desarrollados y 20, 22 y 25 para los Miembros en desarrollo. Por tanto, no todos los países en desarrollo que utilicen la fórmula aplicarían el mismo coeficiente. La utilización de los distintos coeficientes dependería de tres nuevas opciones:

  • Un Miembro que opte por aplicar el coeficiente más bajo, 20, tendría derecho a efectuar recortes menores, o a no efectuar recortes, en el 14 por ciento de sus líneas arancelarias de productos industriales más sensibles, siempre que esas líneas arancelarias no excedan del 16 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas. Esos aranceles estarían sujetos a recortes iguales a la mitad de la reducción basada en la fórmula convenida. Como alternativa, el Miembro podrá mantener un 6,5 por ciento de sus líneas arancelarias sin consolidar, o excluirlas de los recortes arancelarios, siempre que no excedan del 7,5 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas.

  • Un Miembro que opte por aplicar un coeficiente de 22 tendría derecho a efectuar recortes menores, o a no efectuar recortes, en un número menor de productos, protegiendo del pleno efecto de la fórmula hasta un 10 por ciento de sus líneas arancelarias de productos industriales más sensibles, siempre que esas líneas arancelarias no excedan del 10 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas. Esos aranceles estarían sujetos a recortes iguales a la mitad de la reducción basada en la fórmula convenida. Como alternativa, el Miembro podrá mantener un 5 por ciento de sus líneas arancelarias sin consolidar, o excluirlas de los recortes arancelarios, siempre que no excedan del 5 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas.

  • Un Miembro que opte por aplicar el coeficiente más elevado, 25, tendrá que aplicarlo a todos sus productos, sin excepciones.

Como resultado de la aplicación de los coeficientes propuestos:

El arancel máximo en los países desarrollados sería inferior al 8 por ciento. Esto significaría que los países desarrollados tendrían aranceles consolidados bastante inferiores en promedio al 3 por ciento y crestas arancelarias inferiores al 8 por ciento incluso en el caso de sus productos más sensibles.

En la mayoría de las líneas arancelarias de los países en desarrollo Miembros que aplicaran la fórmula los aranceles serían inferiores al 12-14 por ciento, según el coeficiente acordado y la flexibilidad utilizada. En los países en desarrollo que aplicaran la fórmula, los aranceles consolidados serían en promedio de entre el 11 y el 12 por ciento, y sólo un reducido número de líneas arancelarias tendrían niveles superiores al 15 por ciento.

Quedaría sustancialmente reducida la diferencia entre los tipos consolidados y los realmente aplicados.

Las reducciones arancelarias se llevarán a cabo gradualmente a lo largo de un período de cinco años en el caso de los Miembros desarrollados y de 10 años en el de los Miembros en desarrollo, a partir del 1º de enero del año siguiente a la entrada en vigor de los resultados de Doha.

En conjunto, los 40 Miembros aproximadamente que aplican la fórmula suiza (los demás tienen disposiciones especiales) representan cerca del 90 por ciento del comercio mundial de productos no agrícolas. De ellos, cuatro son Miembros de reciente adhesión.

El texto también contiene lo siguiente:

La denominada cláusula anticoncentración, para evitar que sectores enteros queden excluidos de los recortes arancelarios. Como mínimo el 20 por ciento de las líneas arancelarias o el 9 por ciento del valor de las importaciones de cada capítulo estaría sujeto a reducciones arancelarias plenas basadas en la fórmula.

 

Disposiciones para países específicos

El texto contiene algunas precisiones para el posible trato de:

  • Sudáfrica, Botswana, Lesotho, Namibia y Swazilandia, miembros de la Unión Aduanera del África Meridional (SACU). Estos países tendrían una flexibilidad adicional todavía por negociar.

  • La Argentina, el Brasil, el Paraguay y el Uruguay, por lo que respecta al cálculo de la limitación del valor del comercio afectado por la flexibilidad. Se utilizaría el valor total de las importaciones del Brasil de productos no agrícolas.

  • Omán. Teniendo en cuenta su condición de Miembro de reciente adhesión y de miembro del Consejo de Cooperación del Golfo, no estará obligado a reducir ningún arancel consolidado por debajo del 5 por ciento después de aplicar las modalidades.

Todavía se están negociando otras posibles disposiciones para países específicos (la Argentina y Venezuela).

Sectores en los que se prevé una mayor reducción o la eliminación de los aranceles

En el texto del Presidente se indica que es necesario continuar trabajando en las denominadas “iniciativas sectoriales”. Algunos Miembros han mantenido negociaciones en las que se contemplaba la realización de mayores reducciones arancelarias en algunos sectores no agrícolas. Actualmente son objeto de examen 14 sectores: automóviles y sus partes; bicicletas y sus partes; productos químicos; productos electrónicos/eléctricos; pescado y productos de pescado; productos forestales; piedras preciosas y joyería; materias primas; equipo deportivo; atención de la salud, productos farmacéuticos y dispositivos médicos; herramientas de mano; juguetes; textiles, prendas de vestir y calzado; y máquinas industriales.

Una iniciativa sectorial llevada a buen término tendría como resultado la reducción, o incluso la eliminación, de los aranceles en ese sector concreto. El texto del Presidente subraya el carácter voluntario de la participación en esas iniciativas, pero indica que algunos Miembros desean que otros se comprometan a participar en ellas como forma de equilibrar la ambición global. Todavía no hay consenso con respecto a cómo y cuándo definir el compromiso de los Miembros de participar en las iniciativas sectoriales sin alterar el carácter no obligatorio de estas negociaciones. Tales negociaciones requerirían que, para que se pusiera en marcha una iniciativa, se sumaran a ella una “masa crítica” de países. Tras la adopción de las modalidades, los Miembros que opten por sumarse dispondrían de 45 días para notificar su participación en las negociaciones si no lo hubieran hecho antes del establecimiento de las modalidades.

Miembros de reciente adhesión

Albania, Armenia, Arabia Saudita, Cabo Verde, la ex República Yugoslava de Macedonia, Moldova, Mongolia, la República Kirguisa, Tonga, Ucrania y Viet Nam no estarán obligados a realizar reducciones arancelarias que excedan de los compromisos que hayan contraído en el marco de su adhesión.

A países de reciente adhesión como China, el Taipei Chino y Croacia, sujetos a la fórmula, se les prolongaría tres años el plazo para la aplicación gradual de sus compromisos en el marco de la Ronda de Doha.

Modalidades para los demás países en desarrollo Miembros (alrededor de 75)

Los 32 países más pobres (países menos adelantados o PMA) están exentos de reducciones arancelarias; hay disposiciones especiales para aproximadamente 31 economías pequeñas y vulnerables y para 12 países en desarrollo con un bajo porcentaje de líneas arancelarias consolidadas. Como consecuencia, las economías en desarrollo relativamente más débiles mantendrán aranceles medios más elevados y tendrán mayor flexibilidad en cuanto a la manera de estructurar sus listas arancelarias. No obstante, contribuirán a las negociaciones aumentando de manera significativa el número de consolidaciones y reduciendo el “sobrante de consolidación” (la diferencia entre los tipos consolidados y los realmente aplicados) y consolidando un alto porcentaje de sus aranceles. Bolivia, Fiji y Gabón se consideran un caso especial. Se proponen también soluciones para los Miembros con acceso preferencial a los mercados de los países desarrollados cuyas preferencias quedarán erosionadas debido a las reducciones arancelarias globales. Además, hay disposiciones con respecto a otros Miembros en desarrollo que no gozan de acceso preferencial y que se verían afectados desproporcionadamente por este tipo de soluciones (Bangladesh, Camboya, Nepal, el Pakistán y Sri Lanka).

Obstáculos no arancelarios (NTBs)

También forman parte de la negociación los obstáculos no arancelarios, medidas restrictivas no relacionadas con los aranceles aduaneros que adoptan los gobiernos (por motivos técnicos, sanitarios o de otra índole). Varios Miembros han presentado propuestas de textos jurídicos sobre algunas de esas medidas, que se recopilan en el texto del Presidente. El Presidente indica que en el momento de las modalidades finales habría que adoptar una decisión en cuanto a si esas propuestas pasan a ser objeto de una negociación basada en textos.

 

Más información

 CRONOLOGÍA 

• 2001: Inicio del Programa de Doha para el Desarrollo (noviembre). Antecedentes.

• 2002: Creación por el CNC del Grupo de Negociación sobre productos industriales (AMNA) (febrero)

• 2002: Primera reunión del Grupo de Negociación (julio).

• 2004: “El Marco de Julio”. Acuerdo sobre un conjunto de medidas para establecer las modalidades

• 2005: Acuerdo ulterior en la Conferencia Ministerial de Hong Kong (diciembre)

• 2007: Un proyecto de texto sobre las modalidades, “El texto de julio de 2007”.

• 2008: Un proyecto de texto revisado sobre las modalidades, (febrero, mayo, julio y diciembre)