Cómo están organizadas las negociaciones

La Declaración de noviembre de 2001 de la Cuarta Conferencia Ministerial, celebrada en Doha, Qatar, establece el mandato para las negociaciones sobre una variedad de temas y para otros trabajos, incluidas las cuestiones relativas a la aplicación de los acuerdos actuales.

Las negociaciones se celebran en el Comité de Negociaciones Comerciales y sus órganos subsidiarios.

Otras tareas previstas en el programa de trabajo se llevan cabo en otros consejos y comités de la OMC.

Organización y gestión de las negociaciones

La Declaración de Doha organiza los trabajos de las negociaciones y otras tareas (entre paréntesis se indican los párrafos pertinentes).

Estructura

> Declaración del Presidente del CNC sobre la organización de los trabajos, 1º de febrero de 2002

Comité de Negociaciones Comerciales (CNC), bajo la autoridad del Consejo General, establecido por la Declaración de Doha. Presidente: el Director General de la OMC.
  

Grupos de negociación El Comité de Negociaciones Comerciales acordó la siguiente estructura.

En nuevos grupos de negociación:

En órganos existentes:

La decisión también hace considerable hincapié en el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo, y ello de tres maneras: afirma que es parte integrante de los Acuerdos de la OMC; todas las negociaciones y demás aspectos del programa de trabajo de Doha deben tomar plenamente en cuenta este principio; y todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado han de examinarse para que sean más precisas, eficaces y operativas. A tal efecto:

  • Examen de todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado: en reuniones extraordinarias del Comité de Comercio y Desarrollo

Principios

Todo único: Prácticamente cada punto de la negociación es parte de un todo indivisible, y nada puede acordarse por separado. “Nada queda acordado mientras no se haya acordado todo”.

Participación: Pueden participar en las negociaciones todos los Miembros de la OMC y los gobiernos observadores que estén negociando o se propongan negociar su adhesión. Sin embargo las decisiones sobre los resultados son únicamente adoptadas por los Miembros.

Transparencia: Las negociaciones deben ser transparentes.

Trato especial y diferenciado: Las negociaciones deben de tomar plenamente en cuenta el principio del trato especial y diferenciado para los países en desarrollo y los menos adelantados.

Desarrollo sostenible: Los Comités de Comercio y Desarrollo y Comercio y Medio Ambiente identifican y debaten los aspectos de las negociaciones relacionados con el desarrollo y el medio ambiente, a fin de contribuir al logro del objetivo de hacer que en las negociaciones se refleje de manera adecuada el desarrollo sostenible.

Temas no negociados: Los elementos del programa de trabajo que no incluyen negociaciones también reciben alta prioridad. El Consejo General ha de informar sobre la marcha de los trabajos a la Quinta Conferencia Ministerial en 2003.

Véase también:
> “principios y prácticas” detallados en el Comité de Negociaciones Comerciales, 1º de febrero de 2002
> Declaración del Presidente del CNC sobre la organización de los trabajos, 1º de febrero de 2002