SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

DS: Unión Europea y determinados Estados Miembros — Determinadas medidas que afectan al sector de generación de energía renovable

El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.

  

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Resumen de la diferencia hasta la fecha 

El resumen que figura a continuación se actualizó el

Consultas

Reclamación de China

El 5 de noviembre de 2012, China solicitó la celebración de consultas la Unión Europea, Grecia e Italia con respecto a determinadas medidas, incluidas las restricciones de contenido nacional, que afectan al sector de generación de energía renovable y que guardan relación con los programas de tarifas reguladas de Estados miembros de la Unión Europea entre los que figuran, aunque no exclusivamente, Italia y Grecia.

China alega que estas medidas son incompatibles con los siguientes disposiciones:

  • el artículo I y los párrafos 1, 4 y 5 del artículo III del GATT de 1994;
     
  • los párrafos 1 b) y 2 del artículo 3 del Acuerdo SMC;  y
     
  • los párrafos 1 y 2 del artículo 2 del Acuerdo sobre las MIC.

El 16 de noviembre de 2012, el Japón solicitó ser asociado a las consultas.  El 19 de noviembre de 2012, la Argentina y Australia solicitaron ser asociados a las consultas.  Posteriormente, la Unión Europea informó al OSD de que había aceptado la solicitud de asociación a las consultas presentada por del Japón.

 

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