MEDIO AMBIENTE: TRABAJOS ORDINARIOS

Puntos del programa de trabajo del CCMA

El Comité de Comercio y Medio Ambiente (CCMA) en sesión ordinaria comenzó a trabajar con un programa de trabajo de 10 puntos. Desde la Conferencia Ministerial de Doha de 2001, estudia algunos de ellos, mientras que otros se han incluido ahora formalmente en las negociaciones de Doha.

El CCMA se estableció en virtud de la Decisión Ministerial de Marrakech sobre Comercio y Medio Ambiente de 1994, que básicamente encomienda al Comité que:

  • establezca la relación existente entre las medidas comerciales y las medidas ambientales con el fin de promover un desarrollo sostenible

  • haga recomendaciones oportunas sobre si son necesarias modificaciones de las disposiciones del sistema multilateral de comercio, compatibles con el carácter abierto, equitativo y no discriminatorio del sistema.

Basándose en ese amplio mandato, el CCMA ha contribuido a establecer y comprender la relación existente entre las medidas comerciales y las medidas ambientales con el fin de promover un desarrollo sostenible.

Si bien el CCMA no ha recomendado ninguna modificación de las normas del sistema multilateral de comercio, su labor ha conducido a la inclusión de algunas cuestiones comerciales y ambientales en las negociaciones como componentes fundamentales de la Ronda de Doha (negociaciones).

Un ejemplo es la pesca (en el marco de las negociaciones sobre las normas): ésta es una esfera en la que la eliminación de las subvenciones a la pesca puede ayudar a proteger las poblaciones de peces.

Otros puntos contenidos en el mandato original de 1994 han sido objeto de especial interés (punto central) en las reuniones ordinarias del CCMA celebradas después de la Conferencia Ministerial de Doha de 2001.

 

El programa de trabajo    volver al principio
Los puntos originales de 1994. Algunos actualmente son objeto de negociaciones, otros constituyen cuestiones centrales en las reuniones ordinarias del Comité:

Puntos 1 y 5 (actualmente objeto de negociaciones)
Normas comerciales, acuerdos ambientales y diferencias

La relación entre las normas del sistema multilateral de comercio y las medidas comerciales contenidas en los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente (AMUMA), y entre sus mecanismos de solución de diferencias.

Punto 2
Protección del medio ambiente y sistema de comercio

La relación entre las políticas ambientales relacionadas con el comercio y las medidas ambientales que tengan efectos comerciales significativos y las disposiciones del sistema multilateral de comercio.

Punto 3 (actualmente punto central)
Cómo se integran los impuestos y otras disposiciones ambientales en el sistema

La relación entre las disposiciones del sistema multilateral de comercio y: a) las cargas e impuestos aplicados con fines ambientales; y b) las prescripciones aplicadas con fines ambientales a los productos, con inclusión de normas y reglamentos técnicos y prescripciones en materia de envase y embalaje, etiquetado y reciclado.

Punto 4
Transparencia de las medidas comerciales utilizadas con fines ambientales

Las disposiciones del sistema multilateral de comercio con respecto a la transparencia de las medidas comerciales utilizadas con fines ambientales. En 1998 se estableció una Base de Datos sobre Medio Ambiente documentos WT/CTE/EDB/* y documentos WT/CTE/W/46, 77, 118, 143 y 195 para que la Secretaría de la OMC recopile y actualice anualmente todas las medidas relacionadas con el medio ambiente que los gobiernos hayan notificado a la OMC o que hayan sido señaladas en los exámenes de las políticas comerciales. Esto se hizo como resultado de intensos debates sobre la transparencia mantenidos en el CCMA y las recomendaciones contenidas en el informe del CCMA de 1996 a la Conferencia Ministerial de Singapur.

Punto 6 (punto central)
El medio ambiente y la liberalización del comercio

El efecto de las medidas ambientales en el acceso a los mercados, especialmente en lo relativo a los países en desarrollo y los países menos adelantados, y los beneficios resultantes para el medio ambiente de la eliminación de las restricciones y distorsiones del comercio.

Punto 7
Mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen

La cuestión de la exportación de mercancías cuya venta está prohibida en el país de origen, en particular los desechos peligrosos.

Punto 8
Propiedad intelectual
(punto central)
Las disposiciones pertinentes del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).

Punto 9
Servicios

El programa de trabajo previsto en la Decisión sobre el comercio de servicios y el medio ambiente.

Punto 10 (actualmente objeto de negociaciones)
La OMC y otras organizaciones

Contribución a los organismos competentes de la OMC en relación con las disposiciones apropiadas que han de adoptarse en lo que respecta a las relaciones con las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales (ONG).