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Cuestiones abarcadas por los Comités y Acuerdos de la OMC
Cuestiones abarcadas por los Comités y Acuerdos de la OMC

CONTRATACIÓN PÚBLICA: EL ACUERDO PLURILATERAL SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP)

Partes y observadores en el ACP

El Comité de Contratación Pública está integrado por las Partes en el Acuerdo y por los observadores.

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Partes en el Acuerdo    volver al principio

En su mayoría, las Partes están sujetas al Acuerdo desde su entrada en vigor el 1º de enero de 1996. Para algunas de esas Partes, el Acuerdo entró en vigor en una fecha posterior. Algunas Partes se han incorporado al Acuerdo mediante un proceso de adhesión.

Partes

Fecha de entrada en vigor/adhesión

Canadá 1° de enero de 1996
Comunidades Europeas
con respecto a sus 27 Estados miembros:
 

Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Portugal, el Reino Unido y Suecia

1° de enero de 1996

Chipre, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, la República Checa y la República Eslovaca

1° de mayo de 2004

Bulgaria y Rumania

1° de enero de 2007
Corea 1° de enero de 1997
Estados Unidos 1° de enero de 1996
Hong Kong , China 19 de junio de 1997
Islandia 28 de abril de 2001
Israel 1° de enero de 1996
Japón 1° de enero de 1996
Liechtenstein 18 de septiembre de 1997
Noruega 1° de enero de 1996
Países Bajos respecto de Aruba 25 de octubre de 1996
Singapur 20 de octubre de 1997
Suiza 1° de enero de 1996

  
  

Observadores — Miembros de la OMC    volver al principio

Albania *
Jordania *

Argentina Moldova *
Armenia Mongolia *
Australia Omán *
Camerún Panamá *
Chile República Kirguisa *
China Sri Lanka
Colombia Taipei Chino *
Croacia Turquía
Georgia *  
* en proceso de negociación de la adhesión.

  
  

Observadores — Organizaciones intergubernamentales internacionales    volver al principio

  
  

¿Cómo adquirir la condición de observador?    volver al principio

El artículo XVII del Acuerdo sobre Contratación Pública establece los requisitos básicos de transparencia necesarios para adquirir la condición de observador en el marco del Acuerdo. El proceso de adquisición de la condición de observador se establece en virtud de una Decisión del Comité de Contratación Pública contenida en el anexo 1 del documento GPA/1.

 

para contactarnos : Organización Mundial del Comercio, rue de Lausanne 154, CH-1211 Ginebra 21, Suiza