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| EN ESTA PÁGINA: Negociaciones en curso Mandato Compromisos y exenciones Negociaciones de la Ronda Uruguay Documentos |
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| SERVICIOS: POR SECTORES Movimiento de personas físicas Al término de la Ronda Uruguay, se acordó que las negociaciones para mejorar los compromisos sobre el movimiento de personas físicas se celebrarían en los seis meses siguientes al establecimiento de la OMC. Las negociaciones finalizaron el 28 de julio de 1995 y los resultados obtenidos fueron modestos. |
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¿Qué es “el movimiento de personas físicas”? El suministro de servicios se puede llevar a cabo de cuatro formas distintas — denominadas modos. La presencia de personas físicas es el cuarto modo de suministro y trata de la entrada temporal de personas de un Miembro en el territorio de otro Miembro con el fin de suministrar un servicio (por ejemplo, contables, médicos o personal docente). El “movimiento de personas físicas” se refiere a la entrada y estancia temporal de personas con el fin de suministrar un servicio. No se refiere a las personas que soliciten la ciudadanía o que busquen empleo o residencia en un país con carácter permanente. El movimiento de personas físicas se está examinando actualmente en el marco de las nuevas negociaciones sobre los servicios, que comenzaron en enero de 2000.
En el AGCS se hace una descripción de los cuatro modos de suministro de los servicios, con inclusión del movimiento de personas físicas. El Anexo sobre el movimiento de personas físicas que define el ámbito de aplicación de los compromisos contraídos con respecto al cuarto modo de suministro, forma parte integrante del AGCS. En las negociaciones sobre el movimiento de personas físicas celebradas después de la Ronda Uruguay se logró mejorar los compromisos que se anexaron al Tercer Protocolo anexo al AGCS (adoptado el 21 de julio de 1995, entró en vigor el 30 de enero de 1996). El Tercer Protocolo establece que los nuevos compromisos se anexen a las listas sobre los servicios de la Ronda Uruguay. Todos los compromisos y exenciones del trato NMF se encuentran a disposición en la base de datos documental oficial de la OMC: todos los compromisos En la Ronda Uruguay, los compromisos consignados en las listas con respecto al cuarto modo de suministro, el movimiento de personas físicas, se limitaron en gran medida a dos categorías: en primer lugar, el personal trasladado dentro de la empresa, considerado “personal esencial”, como por ejemplo el personal directivo y el personal técnico vinculado a la presencia en el país de acogida; y, en segundo lugar, las personas en visita de negocios, cuya estancia es de corta duración y que, en general, no perciben remuneración en el país anfitrión. En mayo de 1994, de conformidad con la Decisión adoptada por los Ministros en Marrakech, se estableció el Grupo de Negociación sobre el Movimiento de Personas Físicas, con el fin de negociar mayores niveles de compromisos. Las negociaciones bilaterales sobre esta cuestión fueron supervisadas por el Grupo de Negociación, que concluyó sus trabajos el 28 de julio de 1995. Seis Miembros — Australia, el Canadá, la Comunidad Europea y sus Estados miembros, la India, Noruega y Suiza — contrajeron mayores niveles de compromisos con respecto al movimiento de personas físicas. Las mejoras atañen principalmente a las oportunidades de acceso concedidas a otras categorías de proveedores de servicios, en general profesionales extranjeros independientes en una serie de sectores, o a la ampliación del período de estancia autorizado. |
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Documentos oficiales y estudios documentales volver al principio — Nota documental de la Secretaría de la OMC (1998) sobre la presencia de personas físicas
(modo 4), (S/C/W/75). |
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