|
|
|
|
portada > temas comerciales > msf > módulo de formación: el manual sobre msf > introducción |
MÓDULO DE FORMACIÓN: EL MANUAL SOBRE MSF: CAPÍTULO 2 Funcionamiento de la autoridad encargada de la notificación de MSF |
| |
|
|
|
|
En esta parte del manual se explica cómo funciona una autoridad encargada de la notificación y cuáles son las principales tareas que desempeña habitualmente, a saber:
El Acuerdo MSF establece la obligatoriedad de la notificación previa de las medidas sanitarias y fitosanitarias en proyecto. La principal ventaja de ese sistema de notificación es su carácter de consulta internacional, ya que permite a otros países formular observaciones respecto de esas medidas. Todo parece indicar que en los países en que no existía un sistema de consulta nacional, la aplicación o el cumplimiento de las prescripciones de la OMC en materia de notificación han contribuido a reforzar la transparencia interna. Cualquier país que se proponga introducir una nueva medida sanitaria o fitosanitaria está obligado, en la mayor parte de los casos, a:
El sistema de notificación de MSF facilita también el comercio al permitir cierto plazo de espera antes de que se exija el cumplimiento de las nuevas medidas (sistema “sin sorpresas”). El Acuerdo MSF ha mejorado notablemente la transparencia en la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias, como ha puesto de manifiesto el progresivo cumplimiento por los Miembros de sus obligaciones en materia de notificación. Asimismo, se han realizado avances significativos en el establecimiento de servicios de información y autoridades encargadas de la notificación. En septiembre de 2002, 90 países habían presentado más de 3.100 notificaciones y 117 países habían establecido autoridades encargadas de la notificación. En el anexo B figuran modelos de cartas relativas a las solicitudes de documentación.
|
|
| Capítulos terminados: |
|
para contactarnos : Organización Mundial del Comercio, rue de Lausanne 154, CH-1211 Ginebra 21, Suiza