Cuestiones abarcadas por los Comités y Acuerdos de la OMC

MÓDULO DE FORMACIÓN: EL MANUAL SOBRE MSF: CAPÍTULO 2

Funcionamiento de la autoridad encargada de la notificación de MSF

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2.1 Introducción

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En esta parte del manual se explica cómo funciona una autoridad encargada de la notificación y cuáles son las principales tareas que desempeña habitualmente, a saber:

  1. decidir si una notificación es necesaria;
  2. determinar cuándo se ha de efectuar una notificación;
  3. redactar notificaciones;
  4. atender las peticiones de documentos notificados;
  5. mantenerse al corriente de las notificaciones realizadas por otros países; y
  6. formular observaciones y comentarios.

El Acuerdo MSF establece la obligatoriedad de la notificación previa de las medidas sanitarias y fitosanitarias en proyecto. La principal ventaja de ese sistema de notificación es su carácter de consulta internacional, ya que permite a otros países formular observaciones respecto de esas medidas. Todo parece indicar que en los países en que no existía un sistema de consulta nacional, la aplicación o el cumplimiento de las prescripciones de la OMC en materia de notificación han contribuido a reforzar la transparencia interna. Cualquier país que se proponga introducir una nueva medida sanitaria o fitosanitaria está obligado, en la mayor parte de los casos, a:

  1. presentar una notificación a través de la Secretaría de la OMC cada vez que se proponen nuevas medidas o se modifican las existentes;
  2. establecer un plazo razonable para que los demás países puedan formular observaciones por escrito;
  3. debatir esas observaciones cuando así se solicite;
  4. tener en cuenta las observaciones y los resultados de los debates;
  5. explicar al país autor de las observaciones de qué forma se tendrán éstas en cuenta;
  6. cuando proceda, facilitar la información adicional pertinente sobre la medida propuesta;
  7. proporcionar al país autor de las observaciones un ejemplar de las correspondientes reglamentaciones sanitarias y fitosanitarias una vez adoptadas, o informarle de que ninguna medida de ese tipo entrará en vigor de momento.

El sistema de notificación de MSF facilita también el comercio al permitir cierto plazo de espera antes de que se exija el cumplimiento de las nuevas medidas (sistema “sin sorpresas”).

El Acuerdo MSF ha mejorado notablemente la transparencia en la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias, como ha puesto de manifiesto el progresivo cumplimiento por los Miembros de sus obligaciones en materia de notificación. Asimismo, se han realizado avances significativos en el establecimiento de servicios de información y autoridades encargadas de la notificación. En septiembre de 2002, 90 países habían presentado más de 3.100 notificaciones y 117 países habían establecido autoridades encargadas de la notificación.

En el anexo B figuran modelos de cartas relativas a las solicitudes de documentación.

  

  

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