
|

Los
Estados Unidos reforzarían el sistema multilateral de comercio
mediante la reducción de los obstáculos al comercio subsistentes
Volver
al principioLos
Estados Unidos mantienen uno de los regímenes de comercio e
inversiones más abiertos del mundo, aunque en unas cuantas esferas
importantes subsisten importantes obstáculos al acceso a los mercados.
La reducción de esos obstáculos reduciría las distorsiones de los
mercados mundiales y las fricciones con los interlocutores comerciales
y fortalecería el sistema multilateral de comercio, de acuerdo con un
informe de la OMC sobre las políticas y prácticas comerciales de los
Estados Unidos.
Tras
un largo período de firme expansión, el crecimiento económico de
los Estados Unidos ha registrado una desaceleración considerable y
una disminución de las importaciones, lo cual ha hecho que se suavice
la política monetaria y también que se recurra a la política
fiscal. Las variaciones del entorno económico pueden influir en la
aplicación de la política comercial estadounidense, ya que una
economía que atraviesa un período de desaceleración aumentará
probablemente las presiones para lograr una mayor protección frente a
las importaciones y más ayuda oficial. En el informe se señala que
en el actual período de desaceleración cíclica, la influencia de
los Estados Unidos como motor de crecimiento para el resto del mundo
es menor.
Desde
el anterior examen de las políticas comerciales de los Estados Unidos,
en julio de 1999, los Estados Unidos han formulado propuestas para
lograr una mayor liberalización de la agricultura y los servicios en
las negociaciones celebradas en la OMC de conformidad con el mandato
impartido. Los Estados Unidos también se han comprometido a prestar
apoyo a una nueva ronda multilateral de negociaciones. Además, en el
programa comercial de los Estados Unidos figuraban negociaciones
en relación con un Acuerdo sobre el Área de Libre Comercio de las
Américas y acuerdos bilaterales de libre comercio. Para facilitar la
aplicación de las iniciativas comerciales, la Administración está
tratando de obtener facultades “para la promoción del comercio”,
y en el informe se señala que es probable que los interlocutores
comerciales atribuyan gran importancia al resultado de esos esfuerzos.
En
el informe se señala que la mayoría de las importaciones entran en
los Estados Unidos con franquicia arancelaria o con aranceles bajos.
En 2000, el tipo NMF medio se situaba en el 5,4 por ciento para el
conjunto de las mercancías y los aranceles más altos eran los
aplicados principalmente a los productos agroalimentarios, así como a
las prendas de vestir, textiles y calzado. En lo relativo a estos
productos, los aranceles tienden a aumentar a medida que aumenta el
grado de elaboración. Se aplican contingentes arancelarios a las
importaciones de carne de vacuno, productos lácteos, azúcar y
algunos productos que contienen azúcar, cacahuetes, tabaco y algodón.
Los aranceles aplicados fuera de contingentes, que llegan a ser del
350 por ciento, pueden tener el efecto de prohibiciones de las
importaciones. Algunos volúmenes contingentarios están reservados a
determinados países.
En
el informe se dice que los Estados Unidos siguen utilizando
frecuentemente medidas antidumping y medidas compensatorias. Entre
1998 y 2000 aumentó el número de investigaciones iniciadas. Estas
iniciaciones pueden tener efectos depresivos del comercio y en muchos
casos se aplican derechos preliminares. Un elevado porcentaje de las
investigaciones realizadas en los dos últimos años se refería a
productos de acero. En 1998-2000, los Estados Unidos aplicaron cuatro
medidas de salvaguardia, en relación con productos agropecuarios o
productos de acero, e iniciaron, en junio de 2001, una
investigación global en materia de salvaguardias que abarcaba
determinados productos de acero. Algunos interlocutores comerciales
han cuestionado en la OMC los métodos utilizados por los Estados
Unidos para determinar la existencia de dumping y de daño, y han
impugnado las cuatro medidas de salvaguardia aplicadas desde 1998.
En
los Estados Unidos las restricciones cuantitativas de las
importaciones se establecen principalmente en el marco del Acuerdo
sobre los Textiles y el Vestido. Se aplican contingentes a más de la
mitad de las importaciones de prendas de vestir y al 32 por ciento de
las importaciones de textiles. Se aplican más de 1000 contingentes a
45 países, entre ellos 37 Miembros de la OMC. Asimismo, de la Ley
Jones se desprende una prohibición de facto de las importaciones de
buques construidos en el extranjero para el servicio de las rutas
internas de los Estados Unidos. Sigue existiendo la prohibición de
importar atún procedente de países que los Estados Unidos consideran
no cumplen el Programa Internacional de Conservación de los Delfines.
Se aplica también una prohibición de las importaciones de camarones
capturados con tecnologías que puedan afectar a determinadas tortugas
marinas.
El
informe también pone de manifiesto que las restricciones comerciales
impuestas por los Estados Unidos por motivos de seguridad nacional y
política exterior pueden ser motivo de preocupación para algunos
interlocutores comerciales, especialmente por el carácter unilateral
de algunas de esas medidas. Se aplican sanciones comerciales a cerca
de 30 países extranjeros por diversas razones.
Los
Estados Unidos han propugnado firmemente la reducción de las
subvenciones que afectan a la competencia en los mercados
internacionales. De acuerdo con esta postura, han descendido las
subvenciones federales a la exportación y se recurre a la
financiación oficial con respecto a una proporción relativamente
baja de las exportaciones. Sin embargo, dadas las dimensiones de la
economía de los Estados Unidos, la asistencia interna puede tener
efectos apreciables en los mercados mundiales. En este sentido, el
principal beneficiario de los desembolsos oficiales es el sector
agroalimentario. Esos desembolsos, que casi se triplicaron entre 1997
y 2000, fueron superiores al descenso del valor de la producción
agropecuaria. En 2000 se desembolsaron cerca de 30.000 millones
de dólares EE.UU. en pagos directos a los agricultores y ganaderos.
Como consecuencia, los pagos directos representan más de la mitad de
los ingresos netos de los agricultores.
En
el informe de la Secretaría de la OMC se dice que el suministro de
servicios mediante presencia comercial extranjera ha seguido
aumentando en los Estados Unidos. Las disposiciones recientemente
adoptadas para suprimir las restricciones internas al comercio
internacional en el sector de los servicios han ido más allá de los
compromisos contraídos por los Estados Unidos en la OMC y deberán
aumentar la eficiencia de la economía nacional.
En
el informe se añade que aunque ha tenido lugar un nuevo avance de la
refundición de la reglamentación financiera de los Estados Unidos, y
se otorga trato nacional con respecto a los bancos extranjeros, en
otros sectores de servicios financieros las reglamentaciones internas
pueden complicar el acceso a los mercados extranjeros. En el sector de
las telecomunicaciones se han introducido nuevas reglamentaciones
internacionales en materia de fijación de precios y se ha producido
una mayor privatización de los servicios por satélite. Los servicios
internacionales de transporte aéreo se han liberalizado
principalmente en acuerdos bilaterales de libertad del espacio aéreo
pero subsisten las restricciones con respecto a la propiedad y control
extranjeros de compañías aéreas estadounidenses. El transporte
marítimo sigue figurando entre los sectores más protegidos de la
economía estadounidense.
En
el informe se señala que las consideraciones en materia de política
de competencia influyen de manera cada vez más visible en los asuntos
relacionados con el comercio y las inversiones en los Estados Unidos y
en los demás países, y plantean cuestiones complejas sobre la
interacción de los diferentes instrumentos de política. Por ejemplo,
la asistencia oficial puede ir en contra de principios de promoción
de la competencia, y lo mismo puede ocurrir de aplicarse de forma
inadecuada las medidas antidumping, compensatorias o de salvaguardia.
Asimismo, los Estados Unidos restringen la participación extranjera
en la contratación pública.
Nota
para las redacciones
En
los Exámenes de las Políticas Comerciales, ejercicio prescrito en
los Acuerdos de la OMC, se examinan y se evalúan a intervalos
regulares las políticas comerciales y relacionadas con el comercio de
los países Miembros. También se siguen de cerca los acontecimientos
importantes que pueden tener consecuencias para el sistema mundial de
comercio. Para cada examen se elaboran dos documentos: una
declaración de política que presenta el gobierno del Miembro objeto
de examen y un informe detallado que redacta de manera independiente
la Secretaría de la OMC. Estos dos documentos son luego examinados
por el conjunto de Miembros de la OMC en el Órgano de Examen de las
Políticas Comerciales (OEPC). Esos documentos y las actas de las
reuniones del OEPC se publican poco después. Desde la entrada en
vigor del Acuerdo sobre la OMC en 1995, los informes abarcan también
las esferas de los servicios y de los aspectos de los derechos de
propiedad intelectual relacionados con el comercio.
En
lo que respecta al presente examen los días 14 y 17 de septiembre de
2001 el Órgano de Examen de las Políticas Comerciales examinará el
informe de la Secretaría de la OMC y la declaración de política
elaborada por el Gobierno de los Estados Unidos. El informe de la
Secretaría abarca la evolución de todos los aspectos de las
políticas comerciales de los Estados Unidos, inclusive sus leyes y
reglamentos internos, el marco institucional y las políticas
comerciales por medidas y sectores.
Se
adjuntan al presente comunicado de prensa las observaciones
recapitulativas que figuran en el informe de la Secretaría y algunos
extractos de la declaración de política del Gobierno. Los
periodistas pueden obtener el texto del informe de la Secretaría y de
la declaración de política del Gobierno en el espacio destinado a
los comunicados de prensa en el sitio de la OMC en Internet (www.wto.org).
Estos dos documentos, el acta de los debates del OEPC y el resumen del
Presidente se publicarán oportunamente en una versión encuadernada y
podrán obtenerse en la Secretaría, Centro William Rappard, 154 rue
de Lausanne, 1211 Ginebra 21.
Desde
diciembre de 1989 se han finalizado los siguientes exámenes: Argentina
(1992 y 1999), Australia (1989, 1994 y 1998), Austria (1992),
Bahrein (2000), Bangladesh (1992 y 2000), Benin (1997), Bolivia
(1993 y 1999), Botswana (1998), Brasil (1992, 1996 y 2000),
Brunei Darussalam (2001), Burkina Faso (1998), Camerún (1995 y
2001), el Canadá (1990, 1992, 1994, 1996, 1998 y 2000), Chile (1991 y
1997), Chipre (1997), Colombia (1990 y 1996), las Comunidades
Europeas (1991, 1993, 1995, 1997 y 2000), Corea, República de (1992,
1996 y 2000), Costa Rica (1995 y 2001), Côte d'Ivoire (1995), Egipto
(1992 y 1999), El Salvador (1996), los Estados Unidos (1989, 1992,
1994, 1996, 1999 y 2001), Fiji (1997), Filipinas (1993 y 1999),
Finlandia (1992), Gabón (2001), Ghana (1992 y 2001), Guinea (1999),
Hong Kong (1990, 1994 y 1998), Hungría (1991 y 1998), India
(1993 y 1998), Indonesia (1991, 1994 y 1998), Islandia (1994 y 2000),
Islas Salomón (1998), Israel (1994 y 1999), Jamaica (1998), el Japón
(1990, 1992, 1995, 1998 y 2000), Kenya (1993 y 2000), Lesotho (1998),
Macao (1994 y 2001), Madagascar (2001), Malasia (1993 y 1997), Malí
(1998), Marruecos (1989 y 1996), Mauricio (1995), México (1993
y 1997), Mozambique (2001), Namibia (1998), Nicaragua (1999),
Nigeria (1991 y 1998), Noruega (1991, 1996 y 2000), Nueva
Zelandia (1990 y 1996), OECO (2001), Pakistán (1995), Papua Nueva
Guinea (1999), Paraguay (1997), Perú (1994 y 2000), Polonia (1993 y
2000), República Checa (1996), República Dominicana (1996),
República Eslovaca (1995), Rumania (1992 y 1999), Senegal (1994),
Singapur (1992, 1996 y 2000), Sri Lanka (1995), Sudáfrica (1993 y
1998), Suecia (1990 y 1994), Suiza (1991, 1996 y 2000 junto con
Liechtenstein)), Swazilandia (1998), Tailandia (1991, 1995 y 1999),
Tanzanía (2000), Togo (1999), Trinidad y Tabago (1998), Túnez (1994),
Turquía (1994 y 1998), Uganda (1995), Uruguay (1992 y 1998),
Venezuela (1996), Zambia (1996) y Zimbabwe (1994).
Informe
de la Secretaría Volver
al principio
ÓRGANO
DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES
ESTADOS UNIDOS
Informe de la Secretaría Observaciones
recapitulativas
Los
Estados Unidos mantienen uno de los regímenes de comercio e
inversiones más abiertos y transparentes del mundo, aunque en unas
cuantas esferas importantes subsisten importantes obstáculos al
acceso a los mercados. Esos obstáculos afectan directamente al
comercio mundial, ya que los Estados Unidos no sólo son la mayor
economía del mundo sino también el principal país comerciante. La
reducción de esos obstáculos subsistentes estaría en armonía con
el apoyo tradicionalmente prestado por los Estados Unidos a la
liberalización y a las políticas favorables a la competencia;
además, aumentaría la ya elevada eficiencia de su economía y
beneficiaría a los consumidores y contribuyentes nacionales. Por otra
parte, reduciría las distorsiones de los mercados mundiales y las
fricciones con los interlocutores comerciales y fortalecería el
sistema multilateral de comercio. Estas consideraciones son
especialmente importantes ante el actual cambio desfavorable de la
economía mundial y las posibles presiones proteccionistas que como
consecuencia podrían ejercerse.
Desde
el anterior examen de las políticas comerciales de los Estados Unidos,
realizado en julio de 1999, las políticas y prácticas
comerciales de los Estados Unidos se han mantenido en su mayor parte
sin variaciones. Entre las modificaciones realizadas durante ese
período cabe citar las mejoras del acceso a los mercados otorgadas a
determinados países en desarrollo y la refundición de las
reglamentaciones financieras nacionales. Por otra parte, desde 1999
han aumentado los pagos oficiales a los productores de artículos
agroalimentarios y se ha elevado la proporción de medidas
antidumping, compensatorias y de salvaguardia correspondiente a los
productos de acero. Siguen existiendo importantes obstáculos a la
competencia extranjera en esferas como las de los textiles y el
vestido, el transporte y algunos otros sectores de servicios. La
respuesta de la nueva Administración a esos problemas de política
será importante para el comercio y el bienestar mundiales.
Evolución
de la economía y las políticas
Desde
el último examen realizado, las políticas monetaria y fiscal de los
Estados Unidos se han suavizado para hacer frente a la reciente e
importante aminoración del ritmo de crecimiento económico, que a
mediados de 2001 había descendido a una tasa anual de alrededor
del 1 por ciento, frente al 5 por ciento en 2000. Esa desaceleración
fue inducida por descensos de las existencias y las exportaciones. El
gasto de consumo ha permanecido firme, pero las importaciones han
descendido considerablemente. Las seis reducciones de los tipos de
interés realizadas en el primer semestre de 2001 han ido
acompañadas de un plan que incluye reducciones fiscales estimadas en
1,35 billones de dólares EE.UU. durante un período de 11 años,
posibles en gran medida por los superávit presupuestarios de los
últimos años. Aunque la inflación ha aumentado, no parece un
problema importante en estos momentos.
El
déficit por cuenta corriente de los Estados Unidos ha aumentado
durante el período objeto de examen hasta situarse en el 4,5 por
ciento del PIB en 2000, financiado por entradas de capital,
especialmente de inversiones. Esas entradas han sido uno de los
factores de la continua fortaleza nominal del dólar de los Estados
Unidos. Aunque ello está ejerciendo presión en las industrias
nacionales, los rápidos incrementos de la productividad en gran parte
del pasado decenio han permitido en general a las empresas seguir
siendo competitivas frente a los productores extranjeros.
En
las primeras etapas del cambio desfavorable de la economía varios
productores de acero se declararon en quiebra. En respuesta a la
crisis observada en la industria, el Presidente anunció en junio
de 2001 una iniciativa de política que incluye la iniciación de
una investigación en materia de medidas de salvaguardia (véase
infra); prevé asimismo la celebración de negociaciones con los
interlocutores comerciales para eliminar el exceso de capacidad
mundial y convenir en el establecimiento de normas por las que se rija
el comercio del acero, con miras a eliminar las subvenciones. Esa
iniciativa es eco del intento realizado hace un decenio de lograr un
consenso multilateral en el marco del GATT.
El
Presidente ha reiterado la adhesión de los Estados Unidos a un
sistema abierto, transparente y efectivo de disciplinas y
procedimientos en materia de comercio internacional y ha prometido
prestar apoyo a una nueva ronda de negociaciones multilaterales. El
Presidente ha anunciado asimismo el Programa Comercial Internacional
para 2001, encaminado, entre otras cosas, a mejorar las oportunidades
de mercado para las exportaciones y las inversiones de los Estados
Unidos, incluso en las esferas de la agricultura, los servicios y la
propiedad intelectual. El Programa contiene una sección dedicada al
trabajo y el medio ambiente (“Labor and Environmental
Toolbox”) en la que se indican las medidas que podrían adoptarse
para promover objetivos laborales y ambientales.
En
las negociaciones sobre la agricultura que se están celebrando en la
OMC de conformidad con el mandato impartido, los Estados Unidos han
propuesto la liberalización a largo plazo del comercio de productos
agropecuarios mediante, en particular, la reducción de los aranceles
y la ampliación de los contingentes arancelarios, la eliminación de
las subvenciones a la exportación, y la reducción de la ayuda
interna con efectos de distorsión del comercio. Asimismo, en su
condición de principal productor y exportador mundial de productos
alimenticios que contienen organismos modificados genéticamente, los
Estados Unidos han expresado preocupación por las restricciones
impuestas al comercio de esos productos.
En
las negociaciones en curso sobre los servicios, los Estados Unidos han
propuesto una mayor liberalización de 11 sectores en el marco
del AGCS, y han presentado una propuesta sobre el movimiento de
personas físicas. Los Estados Unidos apoyan el establecimiento de un
marco mundial para el comercio electrónico libre de derechos de
aduana y están debatiendo con otros Miembros la cuestión de la
tributación interna de esos servicios.
Además
de las negociaciones en curso en la OMC, en el programa comercial de
los Estados Unidos figuran también negociaciones en relación con un
Acuerdo sobre el Área de Libre Comercio de las Américas y acuerdos
bilaterales de libre comercio con Chile, Jordania y Singapur. Están
ya en vigor acuerdos de libre comercio con el Canadá, Israel y
México, que prevén la entrada en el mercado de los Estados Unidos de
las importaciones que reúnan las condiciones requeridas libres de
derechos en la mayoría de los casos y, en el de los textiles y las
prendas de vestir, libres de contingentes. Como consecuencia de esas
preferencias y de su proximidad geográfica, el Canadá y México son
actualmente los dos principales interlocutores comerciales de los
Estados Unidos.
Para
facilitar la aplicación de las iniciativas comerciales de la
Administración, el Presidente está tratando de obtener facultades
“para la promoción del comercio”, que han venido a suceder
al procedimiento de “vía rápida”. Es probable que los
interlocutores comerciales de los Estados Unidos atribuyan una gran
importancia al resultado de esos esfuerzos.
Acceso
a los mercados en la esfera de las mercancías
Aranceles
Los
Estados Unidos otorgan trato arancelario NMF a todos los países,
excepto seis, entre ellos un Miembro de la OMC (Cuba). Se ha aprobado
legislación por la que se otorga a China trato NMF incondicional a
partir de la fecha de su adhesión a la OMC, lo que pondrá término
al proceso de renovación anual del trato NMF con respecto a China. La
denegación del trato NMF puede imponer costos importantes a un
interlocutor comercial, ya que los Estados Unidos siguen haciendo
diferencias sustanciales entre los aranceles NMF y los aranceles
aplicados a países no beneficiarios de trato NMF.
La
mayoría de las importaciones entra en los Estados Unidos con
franquicia arancelaria o con aplicación de aranceles bajos, todos los
cuales, excepto dos, están consolidados. En 2000 el tipo NMF
medio se situaba en el 5,4 por ciento para el conjunto de las
mercancías, en el 10,6 por ciento para los productos agroalimentarios
y en el 4,5 por ciento para los productos distintos de los
agropecuarios. Cerca de la tercera parte de los tipos arancelarios son
nulos. Se aplican tipos que no son ad valorem a cerca del 13 por
ciento de las líneas arancelarias; los equivalentes ad valorem de los
tipos específicos y compuestos arrojan un promedio del 11,5 por
ciento y encubren niveles de protección relativamente elevados. Los
aranceles más altos son los aplicados principalmente a las
importaciones de productos agroalimentarios y productos del tabaco,
así como a las de prendas de vestir, textiles y calzado. En estos
sectores los aranceles tienden a aumentar a medida que aumenta el
grado de elaboración.
Se
aplican contingentes arancelarios a las importaciones de carne de
vacuno, productos lácteos, azúcar y algunos productos que contienen
azúcar, cacahuetes, tabaco y algodón. El promedio simple de los
tipos arancelarios NMF aplicados en el marco de los contingentes era
en 2000 del 9 por ciento, en tanto que los tipos correspondientes
aplicados fuera de los contingentes arrojaban un promedio del 53 por
ciento. Los aranceles aplicados fuera de los contingentes, que llegan
a ser del 350 por ciento, pueden tener el efecto de prohibiciones de
las importaciones. Algunos volúmenes contingentarios, con respecto,
entre otros productos, a la carne de vacuno, los productos lácteos y
los cacahuetes, están reservados a determinados países.
Los
Estados Unidos otorgan preferencias arancelarias unilateralmente a
determinados países andinos, africanos y del Caribe, así como
también en el marco de su Sistema Generalizado de Preferencias. Esas
preferencias pueden estar supeditadas a cambios de las políticas de
los países beneficiarios en esferas como las de la protección de los
derechos de los trabajadores y la propiedad intelectual.
Es
probable que los países de la región Subsahariana de África y los
países del Caribe obtengan beneficios importantes de la Ley de
Comercio y Desarrollo de los Estados Unidos, de 2000, que contiene la
Ley sobre Crecimiento y Oportunidades para África y la Ley sobre
Asociación Comercial de la Cuenca del Caribe, que amplía la
Iniciativa de la Cuenca del Caribe. En virtud de la Ley de Comercio y
Desarrollo, las importaciones de textiles y prendas de vestir
procedentes de los países beneficiarios entran en los Estados Unidos
libres de derechos y contingentes, si bien sujetas a prescripciones en
materia de contenido de insumos producidos en los Estados Unidos. Con
esta disposición se pretende lograr que los productores de insumos de
los Estados Unidos se beneficien también del acuerdo, posiblemente a
expensas de proveedores de terceros países con costos inferiores.
Medidas
comerciales especiales
Los
Estados Unidos siguen utilizando frecuentemente medidas antidumping y
medidas compensatorias. Entre 1998 y 2000 aumentó el número de
iniciaciones de investigaciones antidumping y también el de nuevas
órdenes en materia de derechos. Las iniciaciones de investigaciones
pueden tener efectos depresivos del comercio; en muchos casos se
aplican derechos preliminares. Un elevado porcentaje de las
investigaciones realizadas en los dos últimos años se refería a
productos relacionados con el acero. En los últimos años se ha
llegado a acuerdos de suspensión en una serie de casos; los
concluidos con países no miembros de la OMC conllevan limitaciones
cuantitativas voluntarias y precios mínimos.
En
el período 1998-2000 los Estados Unidos aplicaron cuatro medidas de
salvaguardia, en relación con productos agropecuarios o productos
relacionados con el acero. En junio de 2001 se inició una
investigación global en materia de salvaguardias que abarcaba
determinados productos del acero; toda medida que pueda adoptarse como
consecuencia de esa investigación vendrá a añadirse a la
protección ya otorgada mediante órdenes en materia de derechos
antidumping y derechos compensatorios. Hasta marzo de 2001 se
aplicaron limitaciones a las exportaciones de madera blanda
procedentes del Canadá.
La
Ley de Compensación por Continuación del Dumping o Mantenimiento de
la Subvenciones (Enmienda “Byrd”), aprobada en 2000, dispone
que el producto de los derechos antidumping y los derechos
compensatorios se distribuya entre los productores estadounidenses
afectados. En el proceso de aprobación de la Ley, el Presidente
indicó que “proporcionaría a determinadas industrias
estadounidenses una subvención superior al nivel de protección
necesario para contrarrestar las subvenciones extranjeras y no
proporcionaría una subvención comparable a otras industrias
estadounidenses ni a los consumidores estadounidenses, que se ven
obligados a pagar precios más elevados por los insumos industriales o
los bienes de consumo, respectivamente, como consecuencia de los
derechos antidumping y compensatorios”.
Algunos
interlocutores comerciales siguen cuestionando en la OMC los métodos
utilizados por los Estados Unidos para determinar la existencia de
dumping y de daño. Han impugnado asimismo las cuatro medidas de
salvaguardia aplicadas desde 1998 por los Estados Unidos, lo que
ha dado lugar a la revisión de las reglamentaciones estadounidenses
pertinentes. Además, tanto la Enmienda “Byrd” como la Ley
Antidumping de 1916 han sido objeto de reclamación con arreglo
al mecanismo de solución de diferencias de la OMC. Las medidas
comerciales especiales causan incertidumbre a los exportadores y para
defenderse de ellas es preciso incurrir en gastos jurídicos
considerables.
Otras
medidas aplicadas a las importaciones
En
los Estados Unidos las restricciones cuantitativas de las
importaciones se establecen principalmente en el marco de las
disposiciones del Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido. Se aplican
contingentes a más de la mitad de las importaciones de prendas de
vestir y al 32 por ciento de las importaciones de textiles. Se aplican
más de 1.000 contingentes a 45 países, entre ellos 37 Miembros
de la OMC. Esas medidas van unidas a aranceles NMF relativamente
elevados.
En
virtud de las disposiciones de la Ley Jones, sólo los astilleros
estadounidenses pueden suministrar buques para el servicio de las
rutas internas de los Estados Unidos, lo que constituye una
prohibición de facto de las importaciones de buques construidos en el
extranjero para esos fines.
Los
Estados Unidos mantienen prohibiciones de importación por motivos
sanitarios y fitosanitarios, entre otros para hacer frente a los
riesgos de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) y la fiebre
aftosa. En febrero de 2001 se suspendieron temporalmente las
importaciones de carne vacuna y productos de carne vacuna procedentes
del Brasil por la preocupación causada por la EEB. Desde marzo de
2001 se niega la entrada en los Estados Unidos de máquinas agrícolas
usadas procedentes de países afectados por la fiebre aftosa.
Los
Estados Unidos mantienen restricciones de las importaciones en
aplicación de disposiciones nacionales relacionadas con el medio
ambiente por las que se rige la explotación de los recursos marinos.
Así pues, sigue existiendo una prohibición de las importaciones de
atún procedentes de países que los Estados Unidos consideran no
cumplen el Programa Internacional de Conservación de los Delfines. Se
aplica también una prohibición de las importaciones a los camarones
capturados con tecnologías que puedan afectar desfavorablemente a
determinadas tortugas marinas.
Los
Estados Unidos mantienen medidas que restringen la participación
extranjera en la contratación pública. En virtud de la Ley de
Promoción de la Compra de Productos Estadounidenses, los organismos
públicos sólo pueden en principio adquirir suministros y materiales
de construcción definidos como “productos finales nacionales”
(fabricados en los Estados Unidos con componentes estadounidenses en
proporción superior al 50 por ciento). Además, hay una serie de
programas que tratan de aumentar las posibilidades de las pequeñas
empresas de competir en la adjudicación de contratos federales.
Existen asimismo diversos sistemas de reserva de contratos; los
contratos adjudicados mediante esos sistemas representaron en 2000 el
8 por ciento de los contratos federales totales adjudicados. Esas
medidas se complementan en algunos Estados con disposiciones que
promueven la compra de productos del estado de que se trate.
Medidas
aplicadas a las exportaciones
Uno
de los objetivos fundamentales de la política comercial de los
Estados Unidos es ampliar los mercados para sus exportadores. Entre
los instrumentos destinados a lograr ese objetivo figuran
reglamentaciones comerciales como las contenidas en el conjunto de
disposiciones legislativas del artículo 301 — para hacer frente a
medidas extranjeras que se considere afectan desfavorablemente a las
exportaciones estadounidenses o menoscaban los derechos de los Estados
Unidos en el marco de acuerdos comerciales — y medidas de ayuda a la
exportación.
El
artículo 301 se ha utilizado poco desde 1999. Por otra parte, su
utilización está estrechamente vinculada a la solución multilateral
de diferencias, por lo menos con respecto a los Miembros de
la OMC y a esferas sujetas a las normas y disciplinas de
la OMC. No obstante, siguen iniciándose investigaciones y
publicándose “informes” y “listas” de países que
se considera incumplen las normas. Los Estados Unidos vigilan también
el cumplimiento por parte de otros países de acuerdos en materia de
propiedad intelectual mediante investigaciones realizadas en el marco
del artículo 301 “especial”. En el examen realizado en 2001
se identificaron 51 países que se consideraba negaban a los titulares
estadounidenses de derechos de propiedad intelectual una protección
adecuada de esos derechos o un acceso a los mercados equitativos.
También se realizan investigaciones con arreglo al artículo 337 para
determinar la infracción de derechos de propiedad intelectual
estadounidenses.
Los
Estados Unidos aplicaron sanciones comerciales a la Unión Europea a
raíz de decisiones favorables adoptadas por grupos especiales de la
OMC en diferencias relativas a los bananos y a la carne de bovino
tratada con hormonas. Posteriormente, los Estados Unidos promulgaron
la “Enmienda Carrusel” de la Ley de Comercio Exterior
de 1974 para poder introducir periódicamente cambios en la lista
de productos sujetos a sanciones comerciales en caso de incumplimiento
de resoluciones adoptadas en el marco de normas multilaterales. Esto
ha planteado abiertamente la cuestión de la efectividad de las
sanciones comerciales como instrumento para resolver diferencias
comerciales.
Los
Estados Unidos han propugnado firmemente la reducción de las
subvenciones que afectan a la competencia en los mercados
internacionales. Por consiguiente, han descendido las subvenciones
federales a la exportación notificadas (sin embargo, se dispone de
poca información sobre los programas de asistencia subfederales). En
la esfera de la agricultura, las subvenciones a la exportación
notificadas han estado circunscritas al sector de los productos
lácteos. Por otra parte, se recurre a programas oficiales de
financiación de las exportaciones con respecto a una proporción
relativamente baja de las exportaciones; en cuanto a los programas
subvencionados de garantía del crédito a la exportación, aunque
reducidos, continúan prestando apoyo a las exportaciones de productos
agroalimentarios. Se conceden grandes cantidades de ayuda alimentaria
para aumentar la seguridad alimentaria en el mundo en desarrollo, al
mismo tiempo que se estabilizan los ingresos de los agricultores
estadounidenses mediante la colocación de excedentes.
Los
incentivos a la exportación resultantes de las exenciones fiscales
concedidas por los Estados Unidos con respecto a determinados ingresos
en concepto de “comercio exterior” de empresas de ventas en
el extranjero han sido objeto de controversia en la OMC y han
promovido el debate sobre la función de los regímenes fiscales de
los Miembros en el fomento del comercio y las inversiones.
Otras
políticas que afectan al comercio
Las
restricciones comerciales impuestas por los Estados Unidos por motivos
de seguridad nacional y política exterior pueden ser motivo de
preocupación para algunos interlocutores comerciales, especialmente
por el carácter unilateral de algunas de esas medidas. Se aplican
sanciones comerciales a cerca de 30 países extranjeros por diversas
razones (por ejemplo, proliferación de armas, terrorismo y derechos
de los trabajadores). El Congreso está estudiando la introducción de
reformas en la política de sanciones y en los controles de las
exportaciones.
Dadas
las dimensiones de la economía de los Estados Unidos, las
subvenciones y demás medidas de asistencia a los productores
nacionales pueden tener efectos apreciables en los mercados mundiales.
El principal beneficiario de los desembolsos oficiales es el sector
agroalimentario. Esos desembolsos, que casi se triplicaron entre 1997
y 2000, fueron superiores al descenso del valor de la producción
agropecuaria. En 2000 se desembolsaron cerca de 30.000 millones de
dólares EE.UU. en pagos directos a los agricultores y ganaderos. Como
consecuencia, los pagos directos representan más de la mitad de los
ingresos netos de los agricultores. Además, se han ampliado los
programas subvencionados de seguro de las cosechas. La asistencia
prestada a sectores distintos del agropecuario — en particular,
pesquerías, madera, aeronáutica y construcción naval — reviste en su
mayor parte la forma de incentivos fiscales.
En
1999 y 2000 los esfuerzos de los Estados Unidos por aplicar la
política de competencia dieron lugar a la imposición de multas sin
precedentes a cárteles de fijación de precios internacionales. Los
Estados Unidos consideran que la importancia de la relación entre el
comercio y la política de competencia es cada vez mayor, pero ponen
en duda que la OMC sea en estos momentos el foro apropiado para
establecer normas multilaterales en materia de competencia.
Con
respecto a la protección de la propiedad intelectual, la Ley de
Protección de los Inventores de los Estados Unidos, de 1999, tiene
por objeto reducir las demoras en la tramitación de las patentes, en
tanto que la Ley de Comercialización de la Transferencia de
Tecnología, de 2000, contiene disposiciones en virtud de las cuales
un organismo federal otorgará licencias con respecto a las
invenciones de propiedad federal únicamente a titulares que accedan a
una fabricación sustancial de los productos relacionados con la
licencia en los Estados Unidos. En 2000 se estableció también una
nueva legislación encaminada a reestructurar y ampliar el ámbito del
otorgamiento obligatorio de licencias con respecto a la transmisión y
difusión de programas de televisión por satélite.
Las
consideraciones en materia de política de competencia influyen de
manera cada vez más visible en los asuntos relacionados con el
comercio y las inversiones en los Estados Unidos y en los demás
países, y plantean cuestiones complejas sobre la interacción de los
diferentes instrumentos de política. Por ejemplo, la asistencia
oficial a las industrias puede ir en contra de principios básicos de
promoción de la competencia, y lo mismo puede ocurrir de aplicarse de
forma inadecuada las medidas comerciales especiales. De hecho, como
han señalado las autoridades estadounidenses, la aplicación de la
Enmienda “Byrd” representaría un riesgo para los intereses de los
consumidores. Podrían producirse efectos negativos similares al
impedir los titulares de derechos estadounidenses la importación
paralela de productos amparados por patentes o por derechos de autor.
Condiciones
de acceso en la esfera de los servicios
La
principal contribución a la producción en la economía
estadounidense es, con mucha diferencia, la del sector de los
servicios. El suministro de servicios mediante presencia comercial
extranjera ha seguido aumentando en los Estados Unidos, debido en
parte a las iniciativas emprendidas en la OMC para facilitar el acceso
a los mercados mediante ese modo de suministro. Las disposiciones
recientemente adoptadas para suprimir las restricciones internas al
comercio internacional en el sector de los servicios van más allá de
los compromisos contraídos por los Estados Unidos en la OMC y
deberán aumentar la eficiencia de la economía nacional.
En
lo que se refiere a los servicios financieros, la entrada en vigor en
1999 de la Ley de Modernización de los Servicios Financieros
Gramm-Leach-Bliley ha representado un nuevo avance de la refundición
gradual de la reglamentación financiera de los Estados Unidos y una
ruptura definitiva con las restricciones impuestas en virtud de la Ley
Glass-Steagall, de 1933, sobre asociaciones entre bancos y empresas de
valores. Permitirá a las empresas financieras realizar mayores
economías de escala y de gama. La Ley Gramm-Leach-Bliley no altera la
barrera entre banca y comercio.
Los
Estados Unidos mantienen una política de trato nacional con respecto
a los bancos extranjeros. En otros sectores de servicios financieros,
las reglamentaciones internas pueden complicar el acceso a los
mercados de extranjeros, por razones de interés público y
protección de los inversores. En el sector de los seguros, la
reglamentación subfederal limita la competencia de los proveedores
establecidos en otros Estados de los Estados Unidos y, a mayor
abundamiento, de los proveedores extranjeros, a menos que establezcan
una presencia comercial en cada estado en el que deseen realizar
actividades.
El
transporte marítimo sigue figurando entre los sectores más
protegidos de la economía estadounidense. No obstante, la reciente
Ley de Reforma del Transporte Marítimo aumentó la competencia en el
sector estadounidense de transporte marítimo internacional y aceleró
el abandono de las conferencias de establecimiento de tarifas. El
mercado estadounidense de transporte marítimo internacional está por
lo general abierto a la competencia extranjera, aunque el transporte
internacional de carga por buques de pabellón estadounidense goza de
una sustancial ayuda oficial. La actual Administración apoya las
leyes en materia de cabotaje que reservan las rutas internas a los
transportistas estadounidenses.
El
sector del transporte aéreo de los Estados Unidos, uno de los más
eficientes del mundo, se basa principalmente en acuerdos bilaterales
de libertad del espacio aéreo para liberalizar el comercio. En los
dos últimos años se firmaron varios acuerdos de ese tipo, que los
Estados Unidos consideran un medio eficiente, en función del costo,
de apertura de nuevos mercados para las compañías aéreas. No
obstante, esos acuerdos no liberalizan plenamente los mercados que
abarcan; en particular, subsisten las restricciones con respecto a la
propiedad y control extranjeros de compañías aéreas estadounidenses
y sólo se permite el suministro de servicios de transporte aéreo
interno a las empresas de los Estados Unidos.
El
sector estadounidense de las telecomunicaciones es el mayor del mundo
y uno de los más abiertos y competitivos. Entre los acontecimientos
ocurridos en el sector desde 1999 cabe citar las nuevas
reglamentaciones y normas internacionales en materia de fijación de
precios, destinadas a permitir servicios de telecomunicaciones
internos e internacionales más competitivos, y la mayor
privatización de los servicios por satélite.
En
el caso de los servicios profesionales, el sistema federal de los
Estados Unidos reserva la reglamentación de las profesiones a los
distintos Estados; cada estado tiene sus reglamentaciones en materia
de licencias y un órgano encargado de su administración. En
contabilidad, servicios jurídicos y la mayoría de las demás
profesiones, son pocos los cambios ocurridos desde 1999 que afectan a
las condiciones en que las empresas nacionales e internacionales
pueden realizar actividades a través de las fronteras estatales. La
falta de un régimen normativo nacional uniforme y la existencia de
diferentes condiciones de acceso a los mercados en los distintos
Estados complican el suministro de servicios entre los Estados y el
acceso a los mercados de extranjeros. Al mismo tiempo, la creciente
demanda de servicios integrados de profesiones que abarcan múltiples
disciplinas ha servido de apoyo a los debates sobre la revisión de
las normas relativas a la independencia de los auditores, las
asociaciones con reparto de honorarios entre abogados y contables, y
la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad.
Informe
del Gobierno Volver
al principio
ÓRGANO
DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES
ESTADOS UNIDOS
Informe del Gobierno Parte I
I.
Condiciones de acceso en la esfera de los servicios
La
principal contribución a la producción en la economía
estadounidense es, con mucha diferencia, la del sector de los
servicios. El suministro de servicios mediante presencia comercial
extranjera ha seguido aumentando en los Estados Unidos, debido en
parte a las iniciativas emprendidas en la OMC para facilitar el acceso
a los mercados mediante ese modo de suministro. Las disposiciones
recientemente adoptadas para suprimir las restricciones internas al
comercio internacional en el sector de los servicios van más allá de
los compromisos contraídos por los Estados Unidos en la OMC y
deberán aumentar la eficiencia de la economía nacional.
En
lo que se refiere a los servicios financieros, la entrada en vigor en
1999 de la Ley de Modernización de los Servicios Financieros
Gramm-Leach-Bliley ha representado un nuevo avance de la refundición
gradual de la reglamentación financiera de los Estados Unidos y una
ruptura definitiva con las restricciones impuestas en virtud de la Ley
Glass-Steagall, de 1933, sobre asociaciones entre bancos y empresas de
valores. Permitirá a las empresas financieras realizar mayores
economías de escala y de gama. La Ley Gramm-Leach-Bliley no altera la
barrera entre banca y comercio.
Los
Estados Unidos mantienen una política de trato nacional con respecto
a los bancos extranjeros. En otros sectores de servicios financieros,
las reglamentaciones internas pueden complicar el acceso a los
mercados de extranjeros, por razones de interés público y
protección de los inversores. En el sector de los seguros, la
reglamentación subfederal limita la competencia de los proveedores
establecidos en otros Estados de los Estados Unidos y, a mayor
abundamiento, de los proveedores extranjeros, a menos que establezcan
una presencia comercial en cada estado en el que deseen realizar
actividades.
El
transporte marítimo sigue figurando entre los sectores más
protegidos de la economía estadounidense. No obstante, la reciente
Ley de Reforma del Transporte Marítimo aumentó la competencia en el
sector estadounidense de transporte marítimo internacional y aceleró
el abandono de las conferencias de establecimiento de tarifas. El
mercado estadounidense de transporte marítimo internacional está por
lo general abierto a la competencia extranjera, aunque el transporte
internacional de carga por buques de pabellón estadounidense goza de
una sustancial ayuda oficial. La actual Administración apoya las
leyes en materia de cabotaje que reservan las rutas internas a los
transportistas estadounidenses.
El
sector del transporte aéreo de los Estados Unidos, uno de los más
eficientes del mundo, se basa principalmente en acuerdos bilaterales
de libertad del espacio aéreo para liberalizar el comercio. En los
dos últimos años se firmaron varios acuerdos de ese tipo, que los
Estados Unidos consideran un medio eficiente, en función del costo,
de apertura de nuevos mercados para las compañías aéreas. No
obstante, esos acuerdos no liberalizan plenamente los mercados que
abarcan; en particular, subsisten las restricciones con respecto a la
propiedad y control extranjeros de compañías aéreas estadounidenses
y sólo se permite el suministro de servicios de transporte aéreo
interno a las empresas de los Estados Unidos.
El
sector estadounidense de las telecomunicaciones es el mayor del mundo
y uno de los más abiertos y competitivos. Entre los acontecimientos
ocurridos en el sector desde 1999 cabe citar las nuevas
reglamentaciones y normas internacionales en materia de fijación de
precios, destinadas a permitir servicios de telecomunicaciones
internos e internacionales más competitivos, y la mayor
privatización de los servicios por satélite.
En
el caso de los servicios profesionales, el sistema federal de los
Estados Unidos reserva la reglamentación de las profesiones a los
distintos Estados; cada estado tiene sus reglamentaciones en materia
de licencias y un órgano encargado de su administración. En
contabilidad, servicios jurídicos y la mayoría de las demás
profesiones, son pocos los cambios ocurridos desde 1999 que afectan a
las condiciones en que las empresas nacionales e internacionales
pueden realizar actividades a través de las fronteras estatales. La
falta de un régimen normativo nacional uniforme y la existencia de
diferentes condiciones de acceso a los mercados en los distintos
Estados complican el suministro de servicios entre los Estados y el
acceso a los mercados de extranjeros. Al mismo tiempo, la creciente
demanda de servicios integrados de profesiones que abarcan múltiples
disciplinas ha servido de apoyo a los debates sobre la revisión de
las normas relativas a la independencia de los auditores, las
asociaciones con reparto de honorarios entre abogados y contables, y
la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad.
|
|