Lo que está ocurriendo en la OMC
NOTICIAS: NOTICIAS 2001

Órgano de Solución de Diferencias, 12 de marzo de 2001

Establecimiento de grupos especiales sobre las medidas de Bélgica, el Canadá y Chile

El Órgano de Solución de Diferencias de la OMC estableció el 12 de marzo de 2001 tres nuevos grupos especiales.



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> Diferencias en la OMC

 

NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.


Asunto 222: Canadá — Créditos a la exportación y garantías de préstamos para las aeronaves regionales Volver al principio

El Brasil solicitó el establecimiento de un grupo especial para examinar la compatibilidad del nuevo sistema de financiación de aeronaves del Canadá con las disposiciones de la OMC. Aunque ésta era la primera solicitud presentada por el Brasil, cuando se trata de supuestas subvenciones prohibidas basta con una sola solicitud para el establecimiento de un grupo especial. El OSD acordó establecer un grupo especial. Las Comunidades Europeas, los Estados Unidos y la India se reservaron el derecho a participar como terceros en las actuaciones del Grupo Especial.

  
  
Asunto 210: Bélgica — Administración de las medidas por las que se establecen derechos de aduana aplicables al arroz
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Los Estados Unidos solicitaron por segunda vez el establecimiento de un grupo especial para examinar los derechos de aduana aplicados por Bélgica a las importaciones de arroz. Las CE sostuvieron que habida cuenta de que los Estados Unidos han modificado su solicitud, debería considerarse que se trata de una primera solicitud. No obstante, las CE aceptaban que se procediera al establecimiento de un grupo especial. El OSD así lo acordó. La India se reservó el derecho a participar como tercero.

  
  
Asunto 207: Chile — Sistema de bandas de precios y medidas de salvaguardia aplicados a determinados productos agrícolas
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La Argentina solicitó por segunda vez el establecimiento de un grupo especial en relación con el sistema de bandas de precios y medidas de salvaguardia aplicados por Chile. El Órgano de Solución de Diferencias (OSD) acordó establecer un grupo especial. Las Comunidades Europeas, Colombia, Costa Rica, los Estados Unidos, Guatemala, Honduras, el Japón, Nicaragua y Paraguay se reservaron el derecho a participar como terceros.

  
  
Adopción de un informe del Órgano de Apelación Volver al principio

Asunto DS141: Comunidades Europeas — Derechos antidumping sobre las importaciones de ropa de cama de algodón originarias de la India

El OSD adoptó el informe del Órgano de Apelación y el informe del Grupo Especial modificado por el informe del Órgano de Apelación.

Varios Miembros formularon observaciones acerca de la constatación del Grupo Especial y del Órgano de Apelación de que la práctica de “reducción a cero” era incompatible con el Acuerdo Antidumping de la OMC.

 
  

Informes de situación: Vigilancia de la aplicación de las recomendaciones adoptadas por el OSD Volver al principio

Asunto 27: Comunidades Europeas — Régimen para la importación, venta y distribución de bananos

Las Comunidades Europeas presentaron su informe de situación en relación con su nuevo régimen para la importación de bananos basado en el sistema de "orden cronológico de recepción de solicitudes" (véase el documento WT/DS27/51/Add.16). En el informe se incluye el Reglamento del Consejo de la Unión Europea por el que se modifica el régimen para la importación de bananos. Las Comunidades Europeas anunciaron que este nuevo régimen entraría en vigor el 1º de julio de 2001.

Varias delegaciones criticaron este nuevo régimen, entre ellas, los Estados Unidos, Guatemala, Honduras, Nicaragua, y Panamá.



Asunto 76: Japón — Medidas que afectan a los productos agrícolas

El Japón y los Estados Unidos anunciaron que habían finalizado las consultas técnicas y que notificarían próximamente al OSD la solución mutuamente satisfactoria a que habían llegado (véase el documento WT/DS76/11/Add.12).

  
 
Asunto 90: India — Restricciones cuantitativas a la importación de productos agrícolas, textiles e industriales

La India (véase el documento WT/DS90/16/Add.6) reiteró su intención de dar aplicación a las recomendaciones y resoluciones del OSD antes de que finalizara el plazo de 1º de abril de 2001.

  
  
Asunto 34: Turquía — Restricciones a las importaciones de productos textiles y de vestido

Turquía y la India anunciaron (véase el documento WT/DS34/12/Add.6) que el 8 de marzo de 2001, a raíz de la expiración del plazo prudencial para la aplicación (19 de febrero de 2001), habían acordado celebrar consultas dentro de los 30 días siguientes. En esas consultas, las dos partes examinarán el cumplimiento por Turquía de las recomendaciones del OSD. Los dos países anunciaron asimismo que habían llegado a un acuerdo acerca del procedimiento a seguir (véase el documento WT/DS34/13) para el examen del cumplimiento y la solicitud de sanciones en caso de que no llegaran a un acuerdo durante las consultas.

  
  
Asunto 87: Chile — Impuestos sobre las bebidas alcohólicas

Chile anunció que su nueva legislación — que prevé reducciones tributarias progresivas hasta lograr una tasa única, para todas las bebidas alcohólicas, de un 27 por ciento a partir del 21 de marzo de 2003 — entró en vigor el 9 de febrero de 2001.

Chile dijo que consideraba haber cumplido las recomendaciones del OSD.

     
  
Aplicación de las recomendaciones del OSD Volver al principio

Asunto 155: Argentina — Medidas que afectan a la exportación de pieles de bovino y a la importación de cueros acabados

La Argentina anunció su intención de dar aplicación a las recomendaciones del OSD y señaló que ya había comenzado a introducir algunas modificaciones en la administración de su reglamento de aduanas. La Argentina dijo asimismo que precisaría de un plazo prudencial para poder finalizar el proceso de aplicación.

  
  
Otros asuntos Volver al principio

Case DS139: Canadá — Determinadas medidas que afectan a la industria del automóvil

En el marco del punto “Otros asuntos” el Canadá informó al OSD de que había dado cumplimiento a sus recomendaciones.


Cómo buscar y descargar documentos oficiales

Para buscar los documentos relativos a las diferencias pulse en este enlace para acceder a la base de datos documental en línea de la OMC.

Escriba alguna de las “signaturas” que se indican en la ventana correspondiente del dispositivo de búsqueda (en concreto el número del asunto, por ejemplo “DS999”).

Consejo práctico: Para delimitar la búsqueda añada una palabra clave en la ventana “Título del documento” del dispositivo de búsqueda.