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Órgano de Solución de Diferencias, 18 de enero de 2002

Órgano de Solución de Diferencias — 18 de enero de 2002 Las Comunidades Europeas y el Japón solicitan sanciones contra los Estados Unidos en el asunto “Ley Antidumping de 1916”

En una reunión del Órgano de Apelación celebrada el 18 de enero de 2002, las Comunidades Europeas y el Japón solicitaron simultáneamente el derecho de suspender la aplicación de concesiones a los Estados Unidos, en el asunto relativo a la Ley Antidumping de los Estados Unidos de 1916. Los Estados Unidos solicitaron inmediatamente un arbitraje y el OSD acordó remitir el arbitraje al Grupo Especial que había entendido inicialmente en el asunto.


  

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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

Grupo Especial establecido Volver al principio

DS238: Argentina — Medida de Salvaguardia definitiva sobre las importaciones de duraznos en conserva

Tras la segunda solicitud presentada por Chile, el OSD acordó establecer un grupo especial para examinar la reclamación presentada contra la Argentina. Después de esa decisión del OSD, Chile solicitó no obstante que se detuviera el procedimiento. Chile dijo que deseaba conservar un cierto margen para alcanzar un acuerdo con la Argentina.

  
  
Solicitudes de sanciones Volver al principio

DS136 - DS162 Estados Unidos — Ley Antidumping de 1916
DS136: sólo informes        DS162: sólo informes

Las Comunidades Europeas y el Japón solicitaron simultáneamente autorización para suspender la aplicación de las concesiones a los Estados Unidos. Los Estados Unidos debían haber procedido a la aplicación a más tardar el 20 de diciembre de 2001, según afirmaron. En lugar de aumentar los aranceles aplicados a los productos procedentes de los Estados Unidos, las CE y el Japón propusieron aplicar medidas antidumping contra los productos estadounidenses similares a las medidas antidumping actualmente aplicadas por los Estados Unidos. Los Estados Unidos inmediatamente solicitaron un arbitraje sobre el nivel de suspensión de las concesiones y el OSD decidió remitir el asunto al Grupo Especial que había entendido inicialmente en el asunto. Todas las partes en la diferencia convinieron, no obstante, en que el arbitraje se suspendería durante un cierto tiempo para dar una nueva oportunidad al Congreso de los Estados Unidos de revocar la Ley.

Algunos Miembros de la OMC manifestaron preocupaciones de carácter sistémico acerca de la naturaleza de las sanciones propuestas por las CE y el Japón. Preguntaron por qué si la medida estadounidense no era compatible con las normas de la OMC, debían ser aceptables medidas similares aplicadas por las CE y el Japón.

 
DS160: Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor
> DS160: sólo informes

Las Comunidades Europeas solicitaron autorización para suspender la aplicación de concesiones a los Estados Unidos. Las CE propusieron como medida de retorsión la suspensión de alguna de sus obligaciones con respecto a los Estados Unidos en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC (Propiedad Intelectual). Los Estados Unidos pidieron que se sometiera a arbitraje la cuestión del nivel y de la naturaleza de las sanciones, y el OSD acordó remitir la cuestión a los integrantes del Grupo Especial que habían entendido inicialmente en el asunto. No obstante, ambas partes convinieron en que el arbitraje se suspendería para conceder más tiempo al Congreso de los Estados Unidos para revocar la Ley.

 
  
Otros asuntos Volver al principio

En el marco de otros asuntos, Colombia y Costa Rica se quejaron de no haber sido autorizados a asociarse a las consultas entre Tailandia y las Comunidades Europeas en relación con CE: Sistema generalizado de preferencias (DS242).

  
  
Próxima reunión
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El OSD celebrará una reunión especial el 29 de enero de 2002. El OSD celebrará su próxima reunión ordinaria el 1º de febrero de 2002.

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