NOTICIAS: NOTICIAS 2003

Órgano de Solución de Diferencias, 7 de mayo de 2003

La Unión Europea, autorizada a aplicar sanciones contra los Estados Unidos por una cuantía de 4.000 millones de dólares EE.UU. en el asunto de las “empresas de ventas en el extranjero” pero retrasa la aplicación de la medida

El 7 de mayo de 2003, el Órgano de Solución de Diferencias concedió autorización a la Unión Europea para que incremente sus aranceles de importación sobre productos procedentes de los Estados Unidos en la cuantía de 4.000 millones de dólares EE.UU.


  

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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

Solicitud de establecimiento de un grupo especial volver al principio

DS277: Estados Unidos — Investigación de la Comisión de Comercio Internacional respecto de la madera blanda procedente del Canadá

El Canadá solicitó por segunda vez el establecimiento de un grupo especial para que examine el asunto.

Los Estados Unidos expresaron que la alegación del Canadá era infundada dado que los hechos objetivos habían demostrado la amenaza de daño importante para la rama de producción de los Estados Unidos.

El Grupo Especial fue establecido y los Miembros siguientes solicitaron participar en calidad de terceros: las CE y el Japón.

 

Autorización para la suspensión de concesiones volver al principio

DS108: Estados Unidos — Trato fiscal aplicado a las “empresas de ventas en el extranjero”

Las CE pidieron la autorización del OSD para adoptar contramedidas apropiadas (véase WT/DS108/26) y suspender concesiones con respecto a los Estados Unidos por una cuantía de 4.043 millones de dólares EE.UU. anuales de conformidad con el informe del arbitraje WT/DS108/ARB emitido en agosto de 2002. En un tono más positivo, las CE añadieron que la obtención de la autorización no implicaría que recurrirían de inmediato a las contramedidas. Las CE dijeron que su intención seguía siendo dar a los Estados Unidos un plazo adicional corto para que introdujesen los cambios legislativos necesarios.

Los Estados Unidos analizaron exhaustivamente el arbitraje en cuya virtud se fijó la cuantía de las contramedidas en 4.043 millones de dólares EE.UU. Los Estados Unidos expresaron que la decisión arbitral era caprichosa y estaba seriamente viciada. No obstante, los Estados Unidos informaron al OSD de su intención de cumplir sus obligaciones y, por consiguiente, añadieron que no creían que fuese necesario llevar en algún momento a la práctica la autorización del OSD.

  

Próxima reunión volver al principio

 La próxima reunión del OSD se celebrará el 19 de mayo de 2003.

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