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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y
Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC
para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias
en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación
jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las
mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios
informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de
Diferencias.
Solicitud de establecimiento
DS366: Colombia — Precios indicativos y restricciones de los puertos de entrada
Panamá solicitó por primera vez el
establecimiento de un grupo especial contra Colombia (WT/DS366/6).
Colombia no estuvo de acuerdo con dicha solicitud y, en consecuencia, no
se estableció el grupo especial.
Panamá afirmó que su reclamación se refería a las medidas restrictivas
impuestas por Colombia, desde junio de 2005, a las importaciones
procedentes de Panamá. Añadió que en 2006, las consultas celebradas entre
los dos países permitieron llegar a un “acuerdo mutuamente satisfactorio”
así como a la supresión de las medidas (lo cual se notificó al OSD en
diciembre de 2006). Panamá alegaba ahora que estas medidas se habían
vuelto a introducir y la celebración de nuevas consultas, en julio de
2007, no había permitido llegar a una solución satisfactoria.
Según Panamá, estas nuevas restricciones consistían en lo siguiente:
-
El establecimiento de precios indicativos (“arbitrarios y ficticios”) con respecto a determinados productos originarios de Panamá a los efectos de la valoración en aduana, lo cual daba lugar a que las exportaciones panameñas recibieran un trato menos favorable que el concedido a los productos colombianos similares.
-
Medidas restrictivas con respecto al uso de puertos de entrada en Colombia aplicables a determinados productos panameños, principalmente los textiles y el calzado.
-
Otras “restricciones discriminatorias” aplicadas únicamente a mercancías de origen panameño.
Colombia señaló que se celebraron consultas el 31 de julio y explicó que las medidas impugnadas ahora por Panamá eran compatibles con las disposiciones de la OMC. Colombia respondió a 31 preguntas formuladas por Panamá durante las consultas y manifestó que no estaba de acuerdo con el establecimiento de un grupo especial.
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Próxima reunión
La próxima reunión del OSD se celebrará el 22 de octubre de 2007.
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