En julio de 2007, el Consejo General adoptó la
decisión de proseguir los procedimientos de prórroga del período de
transición para la eliminación de los programas de subvenciones a la
exportación de algunos países en desarrollo. La decisión permite al
Comité de Subvenciones seguir concediendo prórrogas del período de
transición hasta el final de 2013, con un período final de eliminación
gradual de dos años, que finalizará no más tarde del 31 de diciembre de
2015.
Los países beneficiarios son Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Costa
Rica, Dominica, El Salvador, Fiji, Granada, Guatemala, Jamaica,
Jordania, Mauricio, Panamá, Papua Nueva Guinea, República Dominicana,
Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, y el
Uruguay.
En la reunión del Comité de Subvenciones, Mauricio y Barbados expusieron
sus preparativos para la eliminación gradual de los programas de
subvenciones. Asimismo, Belice, Jordania, Costa Rica, Granada, Jamaica,
Barbados y Panamá presentaron respuestas por escrito a las preguntas
formuladas a este respecto por los Estados Unidos.
En cuanto a los informes semestrales de los Miembros sobre las medidas
compensatorias adoptadas durante el segundo semestre de 2009, los
Estados Unidos expresaron su preocupación por la manera en que las
autoridades investigadoras de China estaban llevando a cabo las
investigaciones en materia de derechos compensatorios contra las
importaciones procedentes de los Estados Unidos. Análogamente, China
manifestó su preocupación por ciertas determinaciones formuladas por las
autoridades investigadoras de los Estados Unidos en investigaciones
contra importaciones procedentes de China.
La India solicitó a los Estados Unidos que aclarasen las determinaciones
formuladas en el marco de su examen administrativo del derecho
compensatorio impuesto a las importaciones de determinados productos
planos de acero al carbono laminado en caliente procedentes de la India.
Los Estados Unidos respondieron que los resultados del examen final se
podían consultar en el sitio Web de su Departamento de Comercio.
Los Estados Unidos dijeron que en febrero habían pedido a la Secretaría
de la OMC que hiciera los cálculos necesarios para saber si la India
había alcanzado una situación de competitividad en las exportaciones de
textiles y prendas de vestir. Recordaron que, con arreglo al Acuerdo
sobre Subvenciones, los países en desarrollo a los que les está
permitido utilizar subvenciones a la exportación no pueden hacerlo en el
caso de los productos en los que hayan alcanzado dicha situación (3,25
por ciento del comercio mundial por dos años civiles consecutivos). Los
Estados Unidos señalaron que, a la luz del reciente informe de la
Secretaría, la India debía notificar los programas de subvenciones a la
exportación de textiles y prendas de vestir que se eliminarían
gradualmente a lo largo de un período de ocho años según lo establecido
en el Acuerdo sobre Subvenciones. La India dijo que todavía estaba
estudiando el informe de la Secretaría, y agregó que primero los
Miembros de la OMC deberían llegar a un entendimiento común sobre la
base de los cálculos.
El Japón expresó su preocupación por las prescripciones en materia de
contenido nacional previstas en el Programa de tarifas reguladas para la
energía renovable de la provincia canadiense de Ontario. Los Estados
Unidos secundaron la preocupación del Japón. El Canadá dijo que daría
una respuesta completa después de haber celebrado consultas con la
provincia de Ontario.
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