OMC: NOTICIAS 2012

MEDIDAS ANTIDUMPING


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En el curso del examen se plantearon las preocupaciones siguientes:

  • El Japón se quejó del derecho antidumping que Australia aplicaba al Japón desde hacía 20 años y dijo que la participación del Japón en el mercado australiano había descendido en un 0,5 por ciento.  Instó a que se revocara la medida.  Australia invitó al Japón a conversaciones bilaterales sobre este asunto.
  • Turquía expresó preocupación por la investigación en curso del Brasil sobre las fibras de viscosa procedentes de Turquía, y se reservó todos sus derechos.  El Brasil dijo que estaba dispuesto a mantener conversaciones sobre este asunto con Turquía.
  • Los Estados Unidos dijeron que estaban profundamente preocupados por lo que describieron como falta del debido proceso en las medidas antidumping de China, y en especial por la imposición en diciembre de medidas antidumping a las importaciones de automóviles estadounidenses por valor de unos 3.000 millones de dólares.  Por su parte, el Japón y la Unión Europea expresaron preocupación con respecto a las investigaciones antidumping de China relativas al papel y cartón fotográficos y a determinados tubos sin soldadura (sin costura) de acero inoxidable para altas prestaciones, respectivamente.  China dijo que había mejorado sus prácticas para garantizar los derechos de las partes interesadas en las investigaciones antidumping, y mantuvo que sus medidas antidumping eran compatibles con la OMC.  Añadió que imponía derechos antidumping a los automóviles estadounidenses porque las importaciones estaban aumentando rápidamente y el precio por unidad estaba disminuyendo.  En cuanto al papel fotográfico, señaló que sus investigaciones eran equitativas y que la determinación definitiva se basaría en los hechos.
  • Turquía dijo que, debido a las deficiencias en la investigación, la República Dominicana debía revocar la medida antidumping impuesta a las barras de acero y las vigas procedentes de Turquía.
  • China dijo que los derechos antidumping que la UE imponía a las bicicletas de China desde hacía 20 años eran un caso de protección excesiva, y añadió que las exportaciones de bicicletas chinas a la UE habían disminuido considerablemente.  También mostró preocupación por que la investigación antidumping de la UE sobre las tablas de planchar se centrara exclusivamente en una empresa china, lo que, según dijo, infringía el Acuerdo.  La UE respondió que las medidas en cuestión eran compatibles con la OMC.
  • Turquía expresó su preocupación por la medida antidumping de la India sobre la ceniza de sosa de Turquía, y agregó que dichas medidas no debían utilizarse como proteccionismo encubierto.  Noruega dijo, en relación con la acción antidumping de la India sobre la sosa cáustica de Noruega, que era la primera vez que la India había iniciado una acción de ese tipo contra Noruega.  Mantuvo que las empresas noruegas no exportaron sosa cáustica a la India durante el período objeto de la investigación.  La India dijo que sus procedimientos antidumping eran compatibles con la OMC.
  • China se mostró preocupada por las investigaciones antidumping de México relativas a los electrodos de grafito y al cable coaxial, respectivamente.  Los Estados Unidos dijeron que sus empresas habían mostrado una profunda inquietud por el cálculo del margen de dumping que habían hecho las autoridades mexicanas con respecto a las piernas y los muslos de pollo de los Estados Unidos.  México respondió que sus medidas estaban plenamente en consonancia con las normas de la OMC.
  • Turquía señaló que Ucrania no cumplía los criterios de la OMC en su investigación sobre el vidrio flotado de Turquía, e instó a la supresión de la medida antidumping.
  • El Japón dijo que, aunque acogía con satisfacción que los Estados Unidos hubieran revocado a principios de año el derecho antidumping sobre las chapas de acero, seguía preocupado por cuatro medidas que los Estados Unidos aplicaban a los productos japoneses desde hacia más de 20 años.  Los Estados Unidos dijeron que la situación se explicaba por la falta de participación de las empresas japonesas en los exámenes por extinción de los Estados Unidos.  El Japón dijo que las empresas japonesas estaban poco interesadas, puesto que pensaban que tenían pocas posibilidades de que las medidas de los Estados Unidos expiraran.

El Comité examinó las notificaciones de la legislación antidumping de Australia, la India, los Estados Unidos y el Ecuador, y las notificaciones de medidas antidumping preliminares y definitivas presentadas por 18 Miembros.

El Presidente del Comité, el Sr. Subhas Gujadhur (de Mauricio), informó sobre las reuniones celebradas por el Grupo de Trabajo sobre la Aplicación y el Grupo Informal sobre las Medidas contra la Elusión, respectivamente.  Añadió que el Grupo de Trabajo sobre la Aplicación había mantenido un buen debate sobre tres nuevos documentos:  dos presentados por Colombia (sobre el párrafo 5 del artículo 3 “Otras causas de daño de que se tenga conocimiento” y sobre el párrafo 3 del artículo 11 “Exámenes por extinción”, respectivamente) y uno por Nueva Zelandia (en relación con el párrafo 3 del artículo 5 “Criterio de exactitud y pertinencia”).

El Comité eligió al Sr. Shai Moses (de Israel) nuevo presidente.

 

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