OMC: NOTICIAS 2013

SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS


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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones Exteriores de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

DS457: Perú — Derecho adicional sobre las importaciones de determinados productos agropecuarios
En respuesta a la segunda solicitud de Guatemala, el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) estableció un Grupo Especial para examinar la diferencia “Perú — Derecho adicional sobre las importaciones de determinados productos agropecuarios”. La Argentina, China, El Salvador, los Estados Unidos, la India y la Unión Europea se reservaron el derecho de participar en las actuaciones del Grupo Especial en calidad de terceros.

Guatemala se refirió a la declaración que había formulado sobre este asunto en la reunión del OSD de junio y señaló que las partes en la diferencia seguían teniendo distintas opiniones al respecto. Guatemala afirmó que el acuerdo bilateral entre ambas partes no eximía al Perú de las obligaciones que le correspondían en el marco de la OMC, y por ello había presentado su segunda solicitud de establecimiento de un grupo especial. El Perú manifestó su decepción por el hecho de que Guatemala la hubiera presentado. En cuanto a sus opiniones en relación con esta diferencia, el Perú se remitió a la declaración que había formulado en junio. De conformidad con el párrafo 2 del artículo 6 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD), el OSD estableció un Grupo Especial con el mandato uniforme.

 

DS406: Estados Unidos — Medidas que afectan a la producción y venta de cigarrillos de clavo de olor
DS381: Estados Unidos — Medidas relativas a la importación, comercialización y venta de atún y productos de atún
Los Estados Unidos informaron de que habían cumplido plenamente las recomendaciones y resoluciones del OSD con respecto a dos diferencias: “Estados Unidos — Medidas que afectan a la producción y venta de cigarrillos de clavo de olor” y “Estados Unidos — Medidas relativas a la importación, comercialización y venta de atún y productos de atún”.

En cuanto al asunto DS406, Indonesia observó que el plazo prudencial expiraría el 24 de julio de 2013 e instó a los Estados Unidos a que informasen sobre progresos más concretos realizados en la aplicación. En relación con el asunto DS381, México dijo que la nueva medida de los Estados Unidos no cumplía las recomendaciones del OSD. Por consiguiente, México analizaría y examinaría las opciones jurídicas de que disponía.

 

DS413: China — Determinadas medidas que afectan a los servicios de pago electrónico
China informó de que había aplicado plenamente las recomendaciones y resoluciones del OSD con respecto a esta diferencia. Los Estados Unidos dijeron que no estaban de acuerdo con la afirmación de China de que había cumplido plenamente. Afirmaron que seguirían de cerca y examinarían las medidas de China y señalaron que el plazo prudencial expiraría el 31 de julio de 2013.

 

Informes de situación y declaraciones

DS176, DS184, DS160 y DS404: Los Estados Unidos presentaron informes de situación relativos a las siguientes diferencias: Estados Unidos — Artículo 211 de la Ley Omnibus de Asignaciones de 1998; Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados productos de acero laminado en caliente procedentes del Japón; Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de los Estados Unidos; y Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados camarones procedentes de Viet Nam.

DS291: : La Unión Europea presentó un informe de situación con respecto a la diferencia “Comunidades Europeas — Medidas que afectan a la aprobación y comercialización de productos biotecnológicos”.

DS371: Tailandia presentó un informe de situación sobre la diferencia “Tailandia — Medidas aduaneras y fiscales sobre los cigarrillos procedentes de Filipinas”.

DS217, DS234: La Unión Europea y el Japón formularon declaraciones con respecto a la diferencia “Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones de 2000”.

 

Otros asuntos

En el marco del punto “Otros asuntos”, el Presidente formuló declaraciones sobre cuestiones relativas al Órgano de Apelación y sobre el informe anual del OSD.

 

Órgano de Apelación

En cuanto a las cuestiones relativas al Órgano de Apelación, el Presidente informó de que proseguía sus consultas sobre la posible renovación del mandato del Sr. Van Den Bossche. Además, proseguía sus consultas en relación con el informe sobre la carga de trabajo del Órgano de Apelación. A ese respecto, informó a los Miembros sobre la reunión informal que había celebrado recientemente el Comité de Asuntos Presupuestarios en la que se había analizado ese asunto.

El debate se centró en los recursos de la Secretaría, tanto humanos como financieros, teniendo en cuenta el incremento nulo del presupuesto. El reto era entonces que la propia Secretaría examinara la asignación y reasignación de recursos para atender a las necesidades más imperiosas. El Presidente dijo que en las consultas mantenidas con los Miembros sobre este tema estaba surgiendo la opinión de que los problemas a que se enfrentaba la Secretaría no debían hacer que se descartaran o excluyeran otras posibles soluciones para abordar el aumento de la carga de trabajo del Órgano de Apelación. A este respecto, instó a los Miembros a que propusieran ideas, por ejemplo, sobre el modo en que el Órgano de Apelación podía mejorar sus propios métodos de trabajo y calendarios.

También a propósito de las cuestiones relativas al Órgano de Apelación, el Presidente recordó a las delegaciones que sólo se había presentado una candidatura para cubrir la vacante en el Órgano de Apelación y que el plazo expiraba el 30 de agosto de 2013.

 

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