OMC: NOTICIAS 2013

SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS


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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones Exteriores de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

DS454: China — Medidas por las que se imponen derechos antidumping a los tubos sin soldadura (sin costura) de acero inoxidable para altas prestaciones procedentes del Japón

En respuesta a la segunda solicitud presentada por el Japón, el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) estableció un Grupo Especial para que examinara la diferencia “China — Medidas por las que se imponen derechos antidumping a los tubos sin soldadura (sin costura) de acero inoxidable para altas prestaciones procedentes del Japón”. Corea, los Estados Unidos, India, Rusia y la Unión Europea se reservaron su derecho a participar en las actuaciones del Grupo Especial en calidad de terceros.

 

DS442: Unión Europea — Medidas antidumping sobre las importaciones de determinados alcoholes grasos procedentes de Indonesia

Debido a la objeción de la Unión Europea, el OSD aplazó el establecimiento de un grupo especial para que examinara la reclamación presentada por Indonesia en la diferencia “Unión Europea — Medidas antidumping sobre las importaciones de determinados alcoholes grasos procedentes de Indonesia”.

 

DS453: Argentina — Medidas relativas al comercio de mercancías y servicios

A raíz de la objeción de la Argentina, el OSD aplazó el establecimiento de un grupo especial para que examinara la reclamación presentada por Panamá en la diferencia “Argentina — Medidas relativas al comercio de mercancías y servicios”.

 

DS176, DS184, DS160, DS404, DS406, DS381: Los Estados Unidos presentaron informes de situación con respecto a las siguientes diferencias: “Estados Unidos — Artículo 211 de la Ley Omnibus de Asignaciones de 1998”; “Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados productos de acero laminado en caliente procedentes del Japón”; “Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de los Estados Unidos”; “Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados camarones procedentes de Viet Nam”; “Estados Unidos — Medidas que afectan a la producción y venta de cigarrillos de clavo de olor”; y “Estados Unidos — Medidas relativas a la importación, comercialización y venta de atún y productos de atún”.

 

DS291: Comunidades Europeas — Medidas que afectan a la aprobación y comercialización de productos biotecnológicos

La Unión Europea presentó un informe de situación con respecto a la diferencia “Comunidades Europeas — Medidas que afectan a la aprobación y comercialización de productos biotecnológicos”.

 

DS371: Tailandia — Medidas aduaneras y fiscales sobre los cigarrillos procedentes de Filipinas

Tailandia presentó un informe de situación sobre la diferencia “Tailandia — Medidas aduaneras y fiscales sobre los cigarrillos procedentes de Filipinas”.

 

DS425: China — Derechos antidumping definitivos sobre los aparatos de rayos X para inspecciones de seguridad procedentes de la Unión Europea

De conformidad con el párrafo 3 c) del artículo 21 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD), China informó al OSD de su propósito de aplicar las recomendaciones y resoluciones de ese Órgano con respecto a la diferencia “China — Derechos antidumping definitivos sobre los aparatos de rayos X para inspecciones de seguridad procedentes de la Unión Europea” de una manera que respete sus obligaciones que le corresponden en el marco de la OMC.

 

DS217: Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones de 2000

La Unión Europea y el Japón formularon declaraciones con respecto a la diferencia “Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones de 2000”.

 

DS285: Estados Unidos — Medidas que afectan al suministro transfronterizo de servicios de juegos de azar y apuestas

Dominica, en nombre de Antigua y Barbuda, hizo una declaración con respecto a la diferencia “Estados Unidos — Medidas que afectan al suministro transfronterizo de servicios de juegos de azar y apuestas”.

 

DS412, DS426: El OSD adoptó los informes del Órgano de Apelación y los informes del Grupo Especial (modificados por los informes del Órgano de Apelación) sobre las diferencias “Canadá — Determinadas medidas que afectan al sector de generación de energía renovable” y “Canadá — Medidas relativas al programa de tarifas reguladas”.

 

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Órgano de Apelación

El OSD adoptó el proyecto revisado de decisión sobre el nombramiento/renovación del mandato de Miembros del Órgano de Apelación. La decisión se ha distribuido con la signatura WT/DSB/60

 

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Integrantes de los grupos especiales

El OSD aprobó las candidaturas propuestas para su inclusión en la lista indicativa de expertos gubernamentales y no gubernamentales que pueden ser integrantes de grupos especiales que figuran en el documento WT/DSB/W/503.

 

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Otros asuntos

DS384, DS386: En el marco del punto “Otros asuntos”, los Estados Unidos, México y el Canadá formularon declaraciones con respecto al asunto “Estados Unidos — Determinadas prescripciones en materia de etiquetado indicativo del país de origen (EPO)”. También en el marco de este punto, el Presidente hizo una declaración con respecto al informe anual del Órgano de Apelación correspondiente a 2012.

 

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