OMC: NOTICIAS 2014

PROPIEDAD INTELECTUAL: REUNIÓN FORMAL DEL CONSEJO


NOTA:
ESTA NOTICIA tiene como finalidad ayudar al público a comprender los nuevos acontecimientos de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible para asegurar que el contenido de la información sea exacto, ésta se entiende sin perjuicio de las posiciones de los gobiernos Miembros.

La posición oficial figura en las actas de las reuniones.

MÁS INFORMACIÓN:
> la propiedad intelectual (ADPIC)
> las indicaciones geográficas
> todas las cuestiones sobre los ADPIC
> noticias sobre los ADPIC

ACTAS:

Algunos detalles

 

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Transferencia de tecnología verde

El debate sobre las tecnologías verdes fue el más reciente de la serie de debates que han tenido lugar sobre este tema, incluido en el orden del día a petición del Ecuador, que ha propuesto que se relajen las condiciones de las patentes y se refuerce la flexibilidad prevista en el Acuerdo sobre los ADPIC en relación con las tecnologías ecológicamente racionales (documento IP/C/W/585) para facilitar su transferencia. El resultado sería una flexibilidad similar a la prevista para los productos farmacéuticos. El Ecuador dijo que estaba preparando una propuesta para la próxima reunión del Consejo de los ADPIC, que se celebrará en octubre.

Algunos países en desarrollo reiteraron su apoyo a la postura del Ecuador (entre ellos, Cuba, El Salvador, y el Perú), mientras que otros simplemente recalcaron que debían utilizarse la flexibilidad y otros instrumentos ya previstos en el Acuerdo sobre los ADPIC (entre ellos, Chile).

Varios países desarrollados replicaron que la protección de la propiedad intelectual no obstaculizaba la innovación y la transferencia de tecnología a los países en desarrollo. Algunos (como los Estados Unidos) evocaron invenciones de éxito en todo el mundo, así como el papel de la propiedad intelectual en su desarrollo. Otros (como la Unión Europea) señalaron que en muchos países en desarrollo solo un porcentaje ínfimo de las tecnologías verdes estaba protegido mediante patente, lo que significaba que esos países podían utilizar libremente las tecnologías descritas y publicadas en solicitudes de patente presentadas en los países desarrollados. Según ellos, los obstáculos para adoptar tecnologías verdes eran más bien la falta de recursos financieros, los elevados costos de inversión, las subvenciones y los derechos de importación, entre otros.

El Ecuador también pidió que antes de la próxima reunión se celebrase una breve sesión informativa sobre el asunto con la contribución de especialistas externos. Algunos Miembros apoyaron la petición, mientras que otros dijeron que necesitaban obtener más información sobre el evento propuesto antes de poder respaldarlo.

 

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Incubadoras de innovación

Varios Miembros, tanto desarrollados como en desarrollo, hablaron de sus experiencias en el suministro de servicios para fomentar la innovación en las pequeñas y medianas empresas y en las empresas incipientes, descritos como servicios de "incubación". En el ámbito de la invención y la propiedad intelectual, estos servicios pueden abarcar desde el asesoramiento sobre gestión o presentación de solicitudes de patente hasta el suministro de locales de oficinas o laboratorios.

Este debate, iniciado por el Taipei Chino y los Estados Unidos, tenía por objeto presentar posibles fórmulas para alentar a las empresas más pequeñas y recientemente establecidas a utilizar la propiedad intelectual para el desarrollo de sus innovaciones. También compartieron sus experiencias Panamá, el Japón, Chile, Nueva Zelandia, el Canadá, Suiza, Botswana y El Salvador. La India advirtió que a veces la protección de la propiedad intelectual podía obstaculizar la innovación, opinión que el Brasil compartía en parte, aunque también habló de sus propias incubadoras de innovación.

 

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Diferencias no basadas en una infracción

Los Estados Unidos hicieron un llamamiento para que se pusiese fin a la "moratoria" sobre las diferencias "no basadas en una infracción" en el marco de los ADPIC. En la OMC, se plantea un asunto no basado en una infracción cuando un país impugna la legalidad de las acciones de otro país porque considera que se ve privado de un beneficio probable, aun cuando no se haya infringido ningún Acuerdo ni compromiso efectivo. Las diferencias no basadas en una infracción se admiten en relación con las mercancías y los servicios, pero no en materia de propiedad intelectual en virtud de un acuerdo temporal (una "moratoria"), que se ha prorrogado en varias ocasiones. La última prórroga de dos años se acordó en la Conferencia Ministerial de Bali, en diciembre de 2013.

Los Estados Unidos hicieron el llamamiento en un nuevo documento que se distribuyó inmediatamente antes de la reunión (documento IP/C/W/599), en el que citan jurisprudencia de la OMC y otros factores para refutar varias de las reservas planteadas por otros países. Afirman que las reclamaciones "no basadas en una infracción" son perfectamente conformes con el Acuerdo sobre los ADPIC. Según ellos, las constataciones formuladas en diferencias surgidas en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (el principal tratado en materia de comercio de mercancías) y las orientaciones que figuran en el Entendimiento sobre Solución de Diferencias (que rige la solución de diferencias en la OMC) aclaran adecuadamente cómo se aplicarían tales reclamaciones.

En el documento se toma nota de la afirmación realizada en la última reunión, según la cual en ningún caso sería posible presentar reclamaciones no basadas en una infracción contra los Miembros que utilizaran la flexibilidad prevista en el Acuerdo sobre los ADPIC.

Suiza respaldó la declaración de los Estados Unidos. Otros participantes (entre ellos el Japón y la Unión Europea) dijeron que necesitaban más tiempo para estudiar el documento, pero la mayoría añadió que seguía considerando que no era pertinente admitir las diferencias no basadas en una infracción en la esfera de la propiedad intelectual (Venezuela, Sudáfrica, el Brasil, China, Bangladesh, Bolivia, la India, Egipto, la República de Corea, Cuba, el Grupo Africano (representado por Nigeria), el Canadá, Rusia, el Taipei Chino, Colombia y el Perú). Invocaron los argumentos expuestos en anteriores reuniones y algunos citaron un documento que habían distribuido hacía 12 años, en 2002 (documento IP/C/W/385).

 

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Otros asuntos

Turquía dijo que había aceptado la enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC relativa a la elaboración de productos farmacéuticos al amparo de una"licencia obligatoria" (sin el permiso del titular de la patente) para exportar a países que no pueden producir las medicinas por sí mismos.

Asimismo, el Uruguay declaró que su Parlamento había ratificado la enmienda, y que la notificación oficial se distribuiría en breve.

Es necesario que dos tercios de los Miembros de la OMC acepten la enmienda para que esta entre en vigor, y cuando se haya alcanzado esa proporción, la enmienda solo será aplicable a los Miembros que la hayan aceptado. (Para más detalles sobre la enmienda, conocida como "Párrafo 6", haga clic aquí.)

 

PRESIDENTE: Sr. Mothusi Palai, de Botswana (confirmado al principio de la reunión)

 

Próximas reuniones

Reuniones (ordinarias) del Consejo de los ADPIC (sujeto a modificación):

2014

  • 28 y 29 de octubre

 

Dicho llanamente 

Coloque el cursor sobre un término para ver la definición:

• ADPIC

• indicaciones geográficas (IG)

• modalidad

• Sesión Extraordinaria

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