OMC: NOTICIAS 2015

FACILITACIÓN DEL COMERCIO


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El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC), que se concluyó en la Conferencia Ministerial de la OMC celebrada en Bali en 2013, contiene disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de aduana de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. También establece medidas para la cooperación efectiva entre las aduanas y otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros, además de disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidad en esta esfera.

Kenya es el 57º Miembro de la OMC y la sexta nación africana que ratifica el AFC. Representantes de los 162 Miembros de la OMC se reunirán del 15 al 18 de diciembre en la capital de Kenya, Nairobi, con ocasión de la Décima Conferencia Ministerial de la Organización, la primera Conferencia Ministerial de la OMC que se celebra en África.

El AFC entrará en vigor una vez que dos tercios de los Miembros de la OMC hayan aceptado formalmente el Acuerdo.

En su discurso pronunciado el 1º de julio en el Quinto Examen Global de la Ayuda para el Comercio de la OMC, Amina Mohamed, Ministra de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional de Kenya, dijo que se reconoce que los elevados costos del comercio constituyen un freno para la integración comercial, el crecimiento y el desarrollo.

"La facilitación del comercio es una ventaja para los países en una economía mundial integrada y competitiva", declaró.

Además de Kenya, también han aceptado el Acuerdo los siguientes Miembros de la OMC: Hong Kong, China; Singapur; los Estados Unidos; Mauricio; Malasia; el Japón; Australia; Botswana; Trinidad y Tabago; la República de Corea; Nicaragua; el Níger; Belice; Suiza; el Taipei Chino; China; Liechtenstein; la República Democrática Popular Lao; Nueva Zelandia; el Togo; Tailandia; la Unión Europea (en nombre de sus 28 Estados miembros); la ex República Yugoslava de Macedonia; el Pakistán; Panamá; Guyana; Côte d'Ivoire; Granada y Santa Lucía.

El AFC es innovador para los países en desarrollo y los países menos adelantados por la forma en que se va a aplicar. Por primera vez en la historia de la OMC, la obligación de poner en aplicación el Acuerdo está vinculada directamente a la capacidad del país para hacerlo. Además, el Acuerdo establece que debe prestarse asistencia y apoyo para ayudar a esos países a lograr esa capacidad.

También se estableció un Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio a petición de los países en desarrollo y países menos adelantados Miembros con el fin de contribuir a que dichos países reciban la ayuda que necesitan para poder beneficiarse plenamente del nuevo AFC y favorecer la realización del objetivo último de que todos los Miembros lo apliquen plenamente.

La aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) de la OMC puede llegar a aumentar las exportaciones mundiales de mercancías en 1 billón de dólares anuales, según el Informe sobre el Comercio Mundial, la publicación más emblemática de la OMC, que salió el 26 de octubre de 2015. Cabe mencionar que, según dicho informe, los países en desarrollo se beneficiarán considerablemente del AFC al captar más de la mitad de los beneficios resultantes.

Puede consultarse más información sobre la facilitación del comercio y el Acuerdo en la siguiente dirección: www.wto.org/tradefacilitation. El Informe sobre el Comercio Mundial 2015 puede consultarse aquí.

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