OMC: NOTICIAS 2015

FACILITACIÓN DEL COMERCIO


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El 11 de junio, en la reunión celebrada por el Comité Preparatorio sobre Facilitación del Comercio de la OMC, el Presidente de la reunión, Embajador Esteban Conejos de Filipinas, dijo que el número de notificaciones de categoría A recibidas era un signo alentador de que los Miembros respaldaban firmemente el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio.

“Me alegra especialmente ver cómo aumenta el número de notificaciones de países menos adelantados (PMA) con las tres comunicaciones adicionales recibidas (de Burundi, Rwanda y Tanzanía)”, añadió el Presidente.

Además de las notificaciones de esos tres países, también se han recibido notificaciones de la nueva categoría A de Dominica, Kenya, los Emiratos Árabes Unidos, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Antigua y Barbuda, Granada y Trinidad y Tobago.

El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio es innovador para los países en desarrollo y los PMA por la forma en que se va a aplicar. Por primera vez en la historia de la OMC, la obligación de poner en aplicación el Acuerdo está vinculada directamente a la capacidad del país para hacerlo. Además, el Acuerdo establece que debe prestarse asistencia y apoyo para ayudar a esos países a lograr esa capacidad.

A tal efecto, los Miembros que son países en desarrollo y PMA deben notificar a la OMC qué disposiciones aplicarán cuando entre en vigor el Acuerdo o, en el caso de los PMA, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor del Acuerdo (compromisos de la categoría A); qué disposiciones aplicarán una vez transcurrido un período de transición después de la entrada en vigor del Acuerdo (categoría B), y qué disposiciones aplicarán en una fecha posterior al período de transición después de la entrada en vigor del Acuerdo y que requieren la prestación de asistencia y apoyo para la creación de capacidad (categoría C).

 

Van llegando las ratificaciones ...

El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio solo entrará en vigor una vez que dos tercios de los Miembros de la OMC (es decir, 108 Miembros) hayan aceptado formalmente el Acuerdo. Hasta la fecha, han ratificado el Acuerdo Hong Kong, China; Singapur; los Estados Unidos; Mauricio; Malasia; el Japón y Australia, lo cual representa un 6% del total necesario para asegurar la entrada en vigor.

Viet Nam informó al Comité de que su Gobierno había completado los procedimientos de aceptación y que estaba previsto que el Parlamento Nacional diera su aprobación en breve. Filipinas indicó que los países miembros del Foro de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico (APEC) se habían comprometido a ratificar el Acuerdo lo antes posible e, idealmente, antes de que se celebrara la Décima Conferencia Ministerial de Nairobi en diciembre, a fin de expresar su firme apoyo al APEC y de contribuir al éxito de la reunión.

El Embajador Conejos dijo que confiaba en que se hubiera recibido un número considerable de nuevas ratificaciones antes de que el Comité Preparatorio sobre Facilitación del Comercio se volviera a reunir en octubre.

 

Comités nacionales del Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio

Los Miembros de la OMC también examinaron la situación actual relativa al Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, que había entrado en funcionamiento en noviembre de 2014. Seguían llegando nuevas contribuciones al fondo, las más recientes de Austria, Noruega, Australia y el Reino Unido.

El Mecanismo se estableció a petición de los Miembros que son países en desarrollo y PMA con el fin de garantizar que esos países reciban la ayuda que necesitan para poder beneficiarse plenamente del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio y favorecer la realización del objetivo último de que todos los Miembros apliquen plenamente el nuevo Acuerdo. Esos países recurrirán al Mecanismo para evaluar sus necesidades específicas e identificar posibles asociados para el desarrollo que les ayuden a satisfacer esas necesidades mediante una serie de actividades diversas.

Camerún expresó su preocupación por el hecho de que, a escasos meses de la entrada en vigor del Acuerdo, la financiación disponible para el mecanismo parecía ser limitada. La Unión Europea señaló que el objetivo del Acuerdo era actuar como protección para ayudar a los países en desarrollo y los PMA que no pudieran obtener asistencia de donantes bilaterales o regionales (nota: el Banco Mundial dispone de 7.100 millones de dólares EE.UU. para reformas relacionadas con la facilitación del comercio, de los cuales 30 millones de dólares se han destinado específicamente a la aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio). Los Estados Unidos dijeron que, desde 2008, habían desembolsado unos 4.000 millones de dólares EE.UU. para financiar actividades de facilitación del comercio y que tenían en marcha una serie de proyectos nuevos en América Central y el Caribe, Asia Sudoriental, Oriente Medio y África Subsahariana.

Los Miembros también escucharon las exposiciones de Malasia, México, Guatemala, Nigeria, Dominica, el Brasil, Viet Nam, Sri Lanka y el Pakistán sobre los progresos realizados en el establecimiento de comités nacionales de facilitación del comercio y las dificultades con que se enfrentaban a ese respecto. En el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio se insta a cada Miembro a establecer y/o mantener un comité nacional de facilitación del comercio o a designar un mecanismo ya vigente para facilitar la coordinación interna y la aplicación de las disposiciones del Acuerdo.

 

Antecedentes

El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, que se concluyó en la Conferencia Ministerial de la OMC celebrada en Bali en 2013, contiene disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. Asimismo, en él se establecen medidas para la cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros, además de disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidad en esta esfera.

El Protocolo de Enmienda para insertar el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC fue posteriormente adoptado por el Consejo General del 27 de noviembre de 2014. Los Miembros pueden ahora aceptar formalmente el Acuerdo de conformidad con sus procedimientos legislativos internos.

Puede consultarse más información sobre la facilitación del comercio y el Acuerdo en la siguiente dirección: www.wto.org/tradefacilitation.

Sitio Web del nuevo Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio


El sitio funciona como punto de coordinación para los Miembros de la OMC, donantes y otras partes interesadas que busquen información sobre el Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio.

 

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