OMC: NOTICIAS 2015

FACILITACIÓN DEL COMERCIO


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U Win Myint, Ministro de Comercio de la Unión de Myanmar, presentó el instrumento de aceptación de su país al Director General Roberto Azevêdo en Nairobi el 16 de diciembre.

Børge Brende, Ministro de Relaciones Exteriores de Noruega, también presentó el instrumento de aceptación de su país al Director General el 16 de diciembre.

Asimismo, el 15 de diciembre se recibieron los instrumentos de aceptación de Viet Nam y Brunei Darussalam, y los de Ucrania y Zambia, el 16 de diciembre.

Concluido en la Conferencia Ministerial de la OMC celebrada en Bali en 2013, el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) contiene disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. Asimismo, en él se establecen medidas para la cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros, además de disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidad en esta esfera.

El AFC entrará en vigor cuando haya sido aceptado formalmente por dos tercios de los Miembros de la OMC.

Además de Myanmar, Noruega, Viet Nam, Brunei Darussalam, Zambia y Ucrania, también han aceptado el Acuerdo los siguientes Miembros de la OMC: Hong Kong, China; Singapur; los Estados Unidos; Mauricio; Malasia; el Japón; Australia; Botswana; Trinidad y Tabago; la República de Corea; Nicaragua; el Níger; Belice; Suiza; el Taipei Chino; China; Liechtenstein; la República Democrática Popular Lao; Nueva Zelandia; el Togo; Tailandia; la Unión Europea (en nombre de sus 28 Estados miembros); la ex República Yugoslava de Macedonia; el Pakistán; Panamá; Guyana; Côte d'Ivoire; Granada; Santa Lucía y Kenya.

El AFC es innovador para los países en desarrollo y los países menos adelantados por la forma en que se va a poner en aplicación. Por primera vez en la historia de la OMC, la obligación de ponerlo en aplicación está vinculada directamente a la capacidad del país para hacerlo. Además, el Acuerdo establece que debe prestarse asistencia y apoyo para ayudar a esos países a lograr esa capacidad.

También se estableció un Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio a petición de los países en desarrollo y países menos adelantados (PMA) Miembros a fin de contribuir a que esos países reciban la ayuda que necesitan para poder beneficiarse plenamente del nuevo AFC y favorecer la realización del objetivo último de lograr su plena aplicación por todos los Miembros.

La aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) de la OMC tiene potencial para aumentar las exportaciones mundiales de mercancías en 1 billón de dólares anuales, según el Informe sobre el Comercio Mundial, la publicación más emblemática de la OMC, que salió el 26 de octubre de 2015. Por otro lado, en él se señala que los países en desarrollo se beneficiarán considerablemente del AFC, al captar más de la mitad de los beneficios resultantes.

Puede consultarse más información sobre la facilitación del comercio y el AFC en la siguiente dirección: http://www.wto.org/tradefacilitation.

El Informe sobre el Comercio Mundial 2015 puede consultarse aquí.

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