OMC: NOTICIAS 2015

FACILITACIÓN DEL COMERCIO


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Durante el encuentro que mantuvieron, el Director General Azevêdo y la Ministra Pholsena subrayaron la importancia del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio para la reducción de los costos del comercio. La República Democrática Popular Lao es el segundo país menos adelantado (PMA) en ratificar el Acuerdo; su aceptación es un logro importante dado que se trata de un PMA sin litoral.

Concluido en la Conferencia Ministerial de la OMC celebrada en Bali en 2013, el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio contiene disposiciones para agilizar el movimiento, el levante y el despacho de las mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. Asimismo, en él se establecen medidas para la cooperación efectiva entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros, además de disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidad en esta esfera.

El Acuerdo entrará en vigor cuando haya sido aceptado formalmente por dos tercios de los Miembros de la OMC. Además de la República Democrática Popular Lao, han aceptado el Acuerdo los siguientes Miembros: Hong Kong, China; Singapur; Estados Unidos; Mauricio; Malasia; Japón; Australia; Botswana; Trinidad y Tabago; República de Corea; Nicaragua; Níger; Belice; Suiza; Taipei Chino; China; y Liechtenstein.

El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio es innovador para los países en desarrollo y los países menos adelantados por la forma en que se va a poner en aplicación. Por primera vez en la historia de la OMC, la obligación de ponerlo en aplicación está vinculada directamente a la capacidad del país para hacerlo. Además, el Acuerdo establece que debe prestarse asistencia y apoyo para ayudar a esos países a lograr esa capacidad.

También se estableció un Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio a petición de los países en desarrollo y países menos adelantados (PMA) Miembros a fin de contribuir a que esos países reciban la ayuda que necesitan para poder beneficiarse plenamente del nuevo Acuerdo y favorecer la realización del objetivo último de lograr su plena aplicación por todos los Miembros.

La República Democrática Popular Lao remitió una notificación a la OMC el 15 de septiembre en la que se indican las disposiciones del Acuerdo que se aplicarán en el momento de su entrada en vigor. Esta notificación de la "categoría A" de la República Democrática Popular Lao y las de otros Miembros de la OMC se pueden consultar en el sitio Web dedicado a la facilitación del comercio: www.wto.org/tradefacilitation.

 

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