OMC: NOTICIAS 2015

MEDIDAS DE SALVAGUARDIA


MÁS INFORMACIÓN:

  

En la notificación, la India indicó lo siguiente:

“Todas las partes interesadas pueden dar a conocer sus opiniones en un plazo de 30 días contado a partir de la fecha de emisión del aviso por el Director General (Salvaguardias), es decir el 7 de diciembre de 2015, enviándolas a la siguiente dirección:

    The Director General (Safeguards)
    Bhai Vir Singh Sahitya Sadan: 2nd Floor,
    Bhai Vir Singh Marg,
    Gole Market, Nueva Delhi-110 001, INDIA.
    Telefax: 011-23741542/23741537
    Correo electrónico: [email protected]

Cualquier otra parte en la investigación que desee ser considerada parte interesada puede presentar una solicitud a tal fin, que deberá obrar en poder del Director General (Salvaguardias) en la dirección indicada, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de emisión del aviso mencionada supra.”

Puede consultarse más información en el documentoG/SG/N/6/IND/42.

 

¿Qué es una investigación en materia de salvaguardias?

En una investigación en materia de salvaguardias se trata de determinar si el aumento de las importaciones de un producto ha causado o amenaza causar un daño grave a la rama de producción nacional.

En el curso de una investigación en materia de salvaguardias, los importadores, los exportadores y las demás partes interesadas pueden presentar pruebas y exponer sus opiniones, y tienen la oportunidad de responder a las comunicaciones de las otras partes.

Un Miembro de la OMC sólo puede adoptar una medida de salvaguardia (es decir, restringir temporalmente las importaciones de un producto) si se ha constatado que el aumento de las importaciones del producto ha causado o amenaza causar un daño grave.

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