OMC: NOTICIAS 2015

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO: REUNIÓN FORMAL

Preocupaciones comerciales específicas

Durante esta reunión de tres días, las delegaciones plantearon 17 nuevas preocupaciones comerciales específicas y abordaron 39 que se habían planteado anteriormente. En 2015 se examinaron 86 preocupaciones comerciales, el segundo número más elevado de preocupaciones examinadas en un solo año desde 1995.

El Comité OTC constituye un foro para el intercambio de información técnica entre los Miembros de la OMC. Este diálogo contribuye a resolver tensiones comerciales y a evitar controversias innecesarias. En las reuniones del Comité los Miembros de la OMC tienen la posibilidad de plantear preocupaciones con respecto a medidas de otros Miembros que, según ellos, no son compatibles con las disposiciones del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC). Pueden plantearse preocupaciones comerciales específicas en relación con normas, procedimientos de prueba y certificación, reglamentos o requisitos de etiquetado impuestos por el país importador que, a juicio de quienes plantean esas preocupaciones, podrían afectar tanto a las empresas que producen esos bienes como a los consumidores que los utilizan. Las preocupaciones comerciales específicas, que se plantean para señalar medidas que podrían restringir el comercio, se incluyen en los informes periódicos de la OMC sobre vigilancia del comercio.

Entre las nuevas preocupaciones comerciales específicas que se trataron en la reunión, cabe mencionar las siguientes:

  • Neumáticos: los Miembros expresaron preocupación por las medidas reglamentarias de la Unión Europea (UE) y el Reino de la Arabia Saudita para el mercado de neumáticos. China cuestionó el fundamento científico del método de prueba previsto por la UE, y destacó que las pruebas supondrían un gasto importante para los productores. En respuesta a esa preocupación, la UE señaló que sus pruebas se basaban en una norma internacional y se podrían llevar a cabo en la mayoría de los laboratorios especializados. Por su parte, la UE expresó preocupación por los requisitos de etiquetado de la Arabia Saudita y pidió que se prolongara el período de transición previo a la entrada en vigor de dichos requisitos. La Arabia Saudita dijo que estaba dispuesta a examinar este asunto a nivel bilateral.
  • Seguridad de los juguetes: la cuestión de la seguridad de los juguetes se debatió por segunda vez consecutiva en el Comité. Los Miembros expresaron su preocupación por los nuevos requisitos en materia de pruebas y certificación, adoptados en el Brasil y Colombia para prevenir posibles riesgos de seguridad de los juguetes. El Canadá, la Unión Europea y los Estados Unidos objetaron algunos aspectos de los requisitos del Brasil en materia de certificación. Por ejemplo, preguntaron cómo se llevarían a cabo las auditorías en las fábricas de juguetes y señalaron que era necesario para obtener la certificación documentar en vídeo las pruebas a las que se sometían los juguetes. Por otro lado, los Estados Unidos y el Canadá manifestaron su preocupación por el requisito impuesto por Colombia de que las pruebas para los juguetes importados se llevaran a cabo en su territorio. El Brasil y Colombia tomaron nota de esas observaciones y señalaron que estaban analizando las preocupaciones de los Miembros. El Brasil y Colombia también destacaron la importancia de proteger a los niños impidiendo la comercialización de juguetes peligrosos, y subrayaron que sus medidas eran acordes a las prácticas internacionales.
  • Clonación: los Miembros examinaron la propuesta de la UE de prohibir los productos derivados de animales clonados. Los Estados Unidos y el Brasil estimaron que este proyecto de medida podría restringir el comercio más de lo necesario y cuestionaron los argumentos científicos utilizados. La UE proporcionó información actualizada sobre el proceso de elaboración de esta medida y dijo que estaba dispuesta a seguir examinando este asunto.
  • Alimentos: los nuevos debates relativos a los alimentos se centraron en los productos ecológicos y en las manzanas. Las preocupaciones planteadas guardaban relación con la limitación de los puntos de entrada para las manzanas en la India (una cuestión ya tratada en otros Comités de la OMC) y con la decisión de la UE de suspender el reconocimiento de la "equivalencia" de los productos ecológicos procedentes de la India (una cuestión ya examinada en el Comité MSF). Se habla de "equivalencia" cuando un Gobierno acepta las medidas de otros países, aunque sean distintas de las suyas, siempre y cuando se proporcione un nivel de protección equivalente. Por lo que respecta a la decisión de la India de autorizar la entrada de manzanas únicamente por el puerto de Nhava Sheva, algunas delegaciones adujeron que esa medida aumentaría las demoras y entrañaría gastos adicionales para los productores y los exportadores. La India indicó que esa medida no era un reglamento técnico, una norma ni un procedimiento de evaluación de la conformidad, por lo que no se inscribía en el ámbito de aplicación del Acuerdo OTC. La India afirmó que la decisión de la UE de suspender el reconocimiento de la equivalencia de los productos ecológicos de la India era excesivamente onerosa para los productores y obstaculizaría el comercio con la UE. La UE replicó que la India no había cumplido las disposiciones del acuerdo bilateral de equivalencia.

Próximamente se publicará un documento con una reseña de estos debates (G/TBT/M/67).

 

Otras cuestiones examinadas en la reunión

El Comité definió la orientación de sus labores para el período 2016-2018 (Séptimo Examen Trienal). Decidió seguir celebrando "sesiones temáticas", cuyo objetivo es intensificar el intercambio de información entre los Miembros sobre diversos temas relacionados con los OTC. Por ejemplo, en marzo de 2016, el Comité continuará su reflexión sobre las "buenas prácticas de reglamentación" y examinará, entre otras cosas, la evolución de los sistemas internacionales y regionales de evaluación de la conformidad. Posteriormente, las delegaciones seguirán debatiendo sobre las normas y la asistencia técnica, y entablarán un intercambio en la esfera de la cooperación en materia de reglamentación. Algunas delegaciones señalaron que necesitarían más tiempo para consultar a sus capitales, pero convinieron en que el Comité podría adoptar el informe si no se formulaban objeciones hasta el 1º de diciembre de 2015 (adopción de decisiones "ad referendum").

El Comité también adoptó su informe anual de 2015 al Consejo del Comercio de Mercancías de la OMC (G/L/1138), y convino en conceder la condición de observador ad hoc solicitada por la Organización Regional Africana de Normalización (ORAN) y a la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD).

 

Lista completa de preocupaciones comerciales específicas

Preocupaciones nuevas

  • Federación de Rusia — Medidas que afectan a la importación de papel para decorar de Ucrania
  • China — Medidas provisionales para la gestión de la calidad del carbón comercial
  • Brasil — Certificación de juguetes; Órdenes Nº 89 y Nº 310, y proyecto de Reglamento administrativo Nº 321
  • Colombia — Requisitos de ensayo que deben cumplir los juguetes, sus componentes y accesorios
  • Unión Europea — Restricción de los hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) en neumáticos, según se especifica en el anexo XVII del REACH
  • Emiratos Árabes Unidos — Etiquetado de eficiencia energética de los aparatos eléctricos
  • India — Acumuladores con electrolitos alcalinos u otros electrolitos no ácidos
  • UE — Decisión de retirar la equivalencia para los productos ecológicos elaborados
  • Singapur — Empaquetado genérico de los productos de tabaco
  • Reino de Bahrein, el Estado de Kuwait, Reino de la Arabia Saudita, Qatar — Norma Nº GSO 42:2003: Vehículos de motor — Requisitos generales
  • India — Orden sobre productos de acero inoxidable (control de la calidad) de 2015
  • India — Modificación de la política aplicable a la importación de manzanas
  • Reino de la Arabia Saudita — Proyecto de actualización del Reglamento técnico Nº SASO 2857:2014: Resistencia al rodamiento y requisitos de adherencia en superficies mojadas para neumáticos de vehículos
  • China — Reglamento sobre tecnología de la información y las comunicaciones de la Comisión de Reglamentación de los Seguros
  • China — Guía para la notificación y registro de nuevos productos químicos
  • Corea — Normas y especificaciones para productos de madera
  • Unión Europea — Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la clonación de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina criados y reproducidos con fines ganaderos (197) y Propuesta de Directiva del Consejo relativa a la introducción en el mercado de alimentos derivados de clones de animales (198)

Preocupaciones planteadas con anterioridad

  • India — Neumáticos y cámaras de aire para vehículos automóviles
  • China — Disposiciones relativas a la homologación de cosméticos
  • India — Nuevas normas relativas a las telecomunicaciones (Departamento de Telecomunicaciones, Nº 842-725/2005-VAS/Vol.III (3 de diciembre de 2009); Nº 10-15/2009-AS-III/193 (18 de marzo de 2010); y Nº 10-15/2009-AS.III/Vol.II/(Pt.)/(25-29) (28 de julio de 2010); Departamento de Telecomunicaciones, Nº 10-15/2009-AS.III/Vol.II/(Pt.)/(30) (28 de julio de 2010) y modelo adjunto, "Acuerdo sobre seguridad y continuidad operativa")
  • China — Prescripciones relativas a los productos de seguridad de la información incluidos, entre otros, el Reglamento de 1999 sobre sistemas de cifrado comerciales, de la Oficina de la Administración Estatal de Criptografía Comercial (OSCCA), y su proceso de revisión en curso, y el Sistema de protección en múltiples niveles (MLPS)
  • Federación de Rusia — Proyecto de Reglamento técnico sobre la inocuidad de las bebidas alcohólicas (publicado el 24 de octubre de 2011)
  • Corea — Reglamento relativo al registro y evaluación de los productos químicos
  • Indonesia — Directrices técnicas para la aplicación y la supervisión de las normas nacionales de Indonesia obligatorias relativas a la seguridad de los juguetes
  • India — Reglamento de normas y de inocuidad alimentaria — Requisitos de etiquetado
  • Unión Europea — Proyecto de Reglamento de Ejecución por el que se modifica el Reglamento (CE) Nº 607/2009, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) Nº 479/2008 del Consejo en lo que atañe a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, a los términos tradicionales, al etiquetado y a la presentación de determinados productos vitivinícolas
  • Chile — Proyecto de modificación del reglamento de inocuidad alimentaria — Decreto Supremo Nº 977/96
  • India — Orden sobre productos electrónicos y de tecnología de la información (Prescripciones para el registro obligatorio), de 2012
  • Perú — Ley de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes
  • Indonesia — Reglamento Nº 30/2013 del Ministerio de Salud relativo a la impresión de información acerca del contenido de azúcar, sal y grasa, y mensajes sobre la salud, en la etiqueta de los alimentos transformados
  • Unión Europea — Propuesta revisada para la clasificación de compuestos como perturbadores endocrinos, de 19 de febrero de 2013, de la Dirección General de Medio Ambiente
  • Ecuador — Resolución Nº 116 del Comité de Comercio Exterior, de 19 de noviembre de 2013, y Reglamento Técnico RTE INEN Nº 022 del Instituto de Normalización sobre el etiquetado de productos alimenticios procesados, envasados y empaquetados
  • Federación de Rusia — Seguridad de productos para niños y adolescentes
  • India — Reglamento de etiquetado del aceite de colza
  • Tailandia — Proyecto de Reglamento de supervisión de las bebidas alcohólicas en el que se establecen las normas, procedimientos y condiciones aplicables al etiquetado de estos productos
  • Ecuador — Proyecto de Reglamento Técnico del Instituto de Normalización PRTE INEN Nº 189: "Etiquetado de las bebidas alcohólicas"
  • China — Reglamento de control de los dispositivos médicos (Orden Nº 650 del Consejo de Estado)
  • Reino de la Arabia Saudita — Certificado de conformidad (no notificado) y requisitos de marcado GSO para los juguetes
  • Ecuador — Proyecto de requisitos reglamentarios de seguridad para los vehículos automotores (RTE INEN Nº 034)
  • Ecuador — Productos cosméticos
  • Brasil — Proyecto de Resolución técnica Nº 69, de 9 de septiembre de 2014, por la que se establece la obligación de indicar, en portugués, la composición química en las etiquetas de los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes
  • Reino de la Arabia Saudita — Decreto del Consejo de Ministros de la Arabia Saudita sobre la venta y comercialización de bebidas energéticas, de 4 de marzo de 2014
  • Ecuador — Proyecto de Reglamento Técnico RTE INEN Nº 111: Eficiencia energética. Máquinas secadoras de ropa. Etiquetado
  • Unión Europea — Criterios comunes para la evaluación de la seguridad de la tecnología de la información (criterios comunes) — Certificación en la UE
  • China — Medidas administrativas para el etiquetado de cosméticos
  • China — Reglamento sobre la seguridad de equipos de tecnología de la información utilizados en operaciones bancarias
  • Indonesia — Reglamento del Ministerio de Agricultura Nº 139/Permentan/PD.4, de 10 de diciembre de 2014, relativo a la importación de canales, carne o productos cárnicos elaborados en el territorio de la República de Indonesia; y Reglamento del Ministerio de Agricultura Nº 02/Permentan/PD.4, de 10 de enero de 2015, por el que se modifica el Reglamento del Ministerio de Agricultura Nº 139/Permentan/PD.4, de 10 de diciembre de 2014
  • Unión Europea — Propuesta de modificación del Reglamento (CE) 1829/2003 sobre organismos modificados genéticamente
  • Indonesia — MOI 69/2014, artículo 3: Prescripciones en materia de contenido nacional para los dispositivos LTE — Requisitos aplicables a los equipos LTE TDD y FDD destinados al servicio de banda ancha
  • China — Derechos de registro de medicamentos y productos sanitarios
  • Taipei Chino — Etiquetado de OMG
  • Turquía — Comunicado 01/2015 sobre juguetes
  • Brasil — Proyecto de Instrucción Normativa Nº 374, de 27 de noviembre de 2014 (Portaria SDA/MAPA 374/2014), por la que se establecen requisitos de calidad para el vino y los productos derivados de las uvas y el vino (ID 470)
  • Ecuador — Reglamento Técnico Ecuatoriano de Emergencia del Instituto Ecuatoriano de Normalización RTE INEN Nº 088: "Agentes de Tensión Superficial"
  • Perú — Reglamento de ejecución, de 14 de noviembre de 2012, relativo a la moratoria sobre el cultivo de variedades modificadas genéticamente
  • Colombia — Proyecto de Decreto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo "Por el cual se reorganiza el Subsistema Nacional de la Calidad y se modifica el Decreto Nº 2269 de 1993"

 

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