ACCESO A LOS MERCADOS DE LAS MERCANCÍAS

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Las listas de concesiones de la OMC se han ido modificando y actualizando con regularidad desde 1995, por lo que es importante que el Comité de Acceso a los Mercados realice su seguimiento (aquí puede consultarse un listado de los cambios). Parte de estas modificaciones han sido necesarias para reflejar las enmiendas introducidas en el Sistema Armonizado (SA), una nomenclatura internacional de clasificación que administra la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y que se actualiza cada cinco o seis años.

La actualización de estos instrumentos jurídicos es fundamental para vigilar debidamente los cientos de miles de concesiones arancelarias que se han negociado en el marco de la OMC, puesto que la finalidad de las listas es proporcionar seguridad, transparencia y previsibilidad al sistema multilateral de comercio.

Los Miembros de la OMC tomaron nota de los avances en los cinco ejercicios de transposición del SA en curso (SA 96, SA 2002, SA 2007, SA 2012 y SA 2017) y acogieron con satisfacción el anuncio de la Presidenta del Comité, Zsófia Tvaruskó, de Hungría, de que habían concluido definitivamente los procedimientos especiales para la transposición al SA 96 de las listas de 64 países en desarrollo y países menos adelantados.

El Comité acordó remitir al Consejo General, por conducto del Consejo del Comercio de Mercancías, la prórroga de cuatro exenciones colectivas relacionadas con los ejercicios de transposición del SA 2002, SA 2007, SA 2012 y SA 2017, y examinó la metodología específica de la transposición al SA 2017 que utilizará la Secretaría.

Después de tomar nota del informe revisado de la Secretaría relativo a las renegociaciones en el marco del artículo XXVIII, en virtud del cual los Miembros de la OMC pueden modificar o retirar concesiones de sus listas mediante la negociación y el acuerdo con otros Miembros, y tras adoptar el proyecto de informe (2018) del Comité al Consejo del Comercio de Mercancías, los Miembros examinaron diversas preocupaciones comerciales.

Los Miembros revisaron 11 notificaciones de restricciones cuantitativas, entre las que se incluyen siete comunicaciones nuevas. Se tomó nota de cinco notificaciones y los Miembros convinieron en retomar las seis restantes, que habían estado pendientes durante un tiempo bien porque se referían a preocupaciones comerciales específicas o bien porque los Miembros habían solicitado más información. Las restricciones cuantitativas se refieren por lo general a prohibiciones y restricciones distintas de los aranceles y los impuestos que los Miembros aplican para atender determinadas preocupaciones, como la protección de la salud de las personas y de los animales y la preservación de los vegetales, la protección del medio ambiente o incluso preocupaciones en torno a la seguridad nacional (aquí puede consultarse más información al respecto).

El Comité de Acceso a los Mercados también supervisa los datos sobre aranceles e importaciones administrados por la OMC. A este respecto, los Miembros escucharon un informe de la Secretaría de la OMC relativo a la Base de Datos de Listas Arancelarias Refundidas y las notificaciones a la Base Integrada de Datos (BID). Habida cuenta de que han pasado más de 20 años desde la decisión del Consejo General por la que se estableció la BID, el Comité acordó iniciar debates sobre posibles formas de mejorar esa base de datos.

Entre las cuestiones específicas que examinó el Comité figuran las siguientes:

Unión Europea: renegociación de contingentes arancelarios

Varios Miembros expresaron preocupación acerca de la metodología y la precisión de los datos sobre importaciones facilitados por la Unión Europea para justificar la propuesta de modificar sus compromisos actuales ante la OMC a consecuencia de la inminente salida del Reino Unido de la UE. Esas estadísticas no cumplen las prescripciones del artículo XXVIII y los procedimientos pertinentes, ya que abarcan el comercio con interlocutores preferenciales y proveedores que no son de la OMC, según los Miembros que solicitaron a la UE que presentara estadísticas corregidas. También se preguntaron si podía emprenderse una renegociación sobre la base de una lista “sin certificar” para los 28 miembros de la UE. La UE respondió que tener una lista sin certificar no le impedía participar en las negociaciones en el marco del artículo XXVIII y que abordaría las preocupaciones acerca de las estadísticas a nivel bilateral. También destacó que tenía intención de analizar todas las observaciones presentadas por los Miembros de la OMC como parte de las negociaciones en curso y en plena conformidad con sus obligaciones.

Reino Unido: rectificaciones y modificaciones de la Lista XIX

Los Miembros reconocieron la dificultad del proceso del Brexit y reivindicaron una solución mutuamente aceptable que fuese lo más ajustada posible a las normas de la OMC. A las delegaciones les preocupaba la falta de ajustes compensatorios y el hecho de que el Reino Unido reprodujera una lista de la UE-28 sin certificar, ya que podía contener errores.

Los Miembros también expresaron preocupación acerca del enfoque propuesto para determinar los compromisos posteriores al Brexit en materia de comercio de mercancías, ya que, en su opinión, podían dar lugar a reducciones sustanciales en los compromisos de acceso a los mercados, especialmente en lo referente a los contingentes arancelarios, así como acerca de las pretensiones del Reino Unido en cuanto a las subvenciones a las grandes explotaciones agropecuarias. Además, según añadieron, en la propuesta del Reino Unido no se indica qué trato se le daría a la UE en los compromisos de acceso a los mercados del Reino Unido. En opinión de estos Miembros, se trata de cuestiones que son objeto de preocupación general o sistémica, y el Brexit no debería dar lugar a una pérdida del acceso a los mercados logrado mediante resultados previamente negociados.

La UE hizo uso de la palabra para señalar que no estaba en condiciones de responder a las preguntas sobre la lista de mercancías propuesta por el Reino Unido, que entrará en vigor cuando la lista de la UE deje de aplicarse en el Reino Unido. También invitó a los Miembros que habían manifestado sus preocupaciones a que entablaran conversaciones directamente con el Gobierno del Reino Unido.

Otros ejemplos de las preocupaciones comerciales planteadas en el Comité de Acceso a los Mercados fueron los derechos de la India sobre los productos de telecomunicaciones y otros productos; la prohibición de acceso a los mercados de Australia aplicada a los equipos de telecomunicaciones 5G; la ampliación de la UE para la inclusión de Croacia; las restricciones cuantitativas de la India sobre determinadas legumbres; el impuesto selectivo sobre las bebidas energéticas, las bebidas carbonatadas y otros productos aplicado por tres países del CCG; los derechos de aduana de Omán sobre los cigarrillos; y las restricciones cuantitativas de la Federación de Rusia sobre la madera de abedul.

Siguiente reunión

La siguiente reunión formal del Comité está prevista provisionalmente para el 28 de mayo de 2019, y los siguientes exámenes multilaterales del SA están previstos para el 6 de noviembre de 2018 y el 5 de febrero de 2019.

El Comité también nombró al Sr. Diego Nunes Oger Fonseca, del Brasil, para el cargo de Vicepresidente.

Aquí se puede encontrar información adicional sobre el acceso de las mercancías a los mercados, así como sobre la labor del Comité de Acceso a los Mercados.

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