MEDIDAS EN MATERIA DE INVERSIONES RELACIONADAS CON EL COMERCIO (MIC)

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Los Miembros de la OMC siguieron examinando algunas medidas de larga data relativas a las prescripciones en materia de contenido nacional y sus repercusiones desde el punto de vista de las normas de la OMC.

Las políticas de Indonesia sobre las prescripciones en materia de contenido nacional seguían siendo uno de los principales puntos del orden del día y los Miembros instaron a Indonesia a dar pasos significativos para poner fin a sus supuestas medidas en una amplia gama de sectores. Los Estados Unidos observaron que las medidas de Indonesia relativas a las prescripciones en materia de contenido nacional se habían extendido a las energías renovables y la conectividad a Internet.

El proyecto de medidas de aplicación de la Ley de Ciberseguridad de China volvió a ser examinado rigurosamente por los Estados Unidos y la Unión Europea.

Los Miembros también examinaron otras prácticas relacionadas con las prescripciones en materia de contenido nacional aplicadas en Nigeria, Rusia, Argentina y Turquía que, según los proponentes, eran incompatibles con el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) y el Acuerdo sobre las MIC.

El Comité eligió a la Sra. Carrie Wu del Taipei Chino como nueva presidenta. La próxima reunión del Comité de las MIC tendrá lugar el 18 de octubre de 2018.

China - Contenido nacional de las medidas de ciberseguridad

Los Estados Unidos volvieron a manifestar su preocupación por las medidas de China que exigían la utilización de productos nacionales en el sector de los seguros, conforme a lo dispuesto en el proyecto de reglamento sobre la informatización del sistema de seguros publicado por la Comisión de Reglamentación de los Seguros de China. Los Estados Unidos consideraban que las disposiciones relativas a la prescripción de que los productos debían ser "seguros y controlables", incluidas en este reglamento y en otros proyectos de medidas de aplicación de la Ley de Ciberseguridad, aprobada hace un año, formaban parte de los esfuerzos que China realizaba para fomentar una mayor utilización de productos nacionales chinos en el sector de la tecnología de la información y las comunicaciones (TIC) y en otros sectores. Los Estados Unidos pidieron a China que se abstuviera de promulgar o aplicar medidas definitivas hasta que se atendieran estas preocupaciones.

La Unión Europea, el Canadá, el Japón y Australia compartían las preocupaciones de los Estados Unidos. Estaban particularmente interesados en obtener una definición más clara de la prescripción de que los productos debían ser "seguros y controlables" y más información sobre su estado de aplicación. Alegaron que estas prescripciones podían tener efectos de restricción del comercio y eran incompatibles con el artículo 2 del Acuerdo sobre las MIC.

China declaró que el objetivo de elaborar la medida sobre la informatización del sistema de seguros era garantizar la seguridad de la información en el sector de los seguros. China señaló que el proceso de elaboración era abierto y transparente y satisfacía plenamente las prescripciones de transparencia de la OMC. China afirmó que había celebrado intercambios bilaterales con otros Miembros y que seguiría intercambiando opiniones con los Miembros de la OMC y las partes interesadas pertinentes.

Los Estados Unidos valoraron positivamente los esfuerzos bilaterales realizados por China, al tiempo que pusieron de relieve la importancia de la labor del Comité y alentaron a China a participar plenamente en el Comité. Los Estados Unidos también pidieron a China que presentara sus respuestas por escrito.

Indonesia - Prescripciones en materia de contenido nacional

Seis puntos del orden del día de la reunión se referían a políticas específicas de Indonesia relativas a las prescripciones en materia de contenido nacional. Estos puntos se incluyeron en el orden del día a petición de los Estados Unidos, la Unión Europea, el Japón, el Canadá, Australia y el Taipei Chino. Corea también planteó sus preocupaciones concretas en la reunión.

Los Estados Unidos comenzaron por formular una observación general sobre el uso "generalizado" de medidas restrictivas por parte de Indonesia que favorecían a los productos nacionales frente a los importados. Los Estados Unidos señalaron que las medidas de protección de Indonesia se habían ampliado a nuevos sectores, como las energías renovables, la Internet y el sector de la información. Pusieron de relieve que, pese a que los Estados Unidos habían hecho reiterados llamamientos en favor de la colaboración en varios foros de la OMC, como el Comité de Agricultura, el Comité de Licencias de Importación y el Consejo del Comercio de Mercancías, Indonesia había hecho pocos esfuerzos por modificar sus políticas.

La Unión Europea, el Japón y los Estados Unidos hicieron referencia al Reglamento Nº 65 del Ministerio de Industria de Indonesia, de 2016, el cual consideraban que contenía prescripciones de contenido nacional para las estaciones de base y los dispositivos móviles 4G LTE. Alegaron que dichas prescripciones eran discriminatorias e infringían lo dispuesto en el párrafo 4 del artículo III del GATT y el artículo 2 del Acuerdo sobre las MIC. Los Miembros instaron a Indonesia a que suprimiera estas prescripciones en materia de contenido nacional respecto de los equipos y programas digitales y que pusiera al día todas sus políticas relativas a las prescripciones de contenido nacional en los nuevos sectores.

Indonesia señaló que este reglamento aún estaba en proceso de redacción y que los sectores de telecomunicaciones del país estaban abierto a los inversores nacionales e internacionales sin discriminación. Indonesia considera que este reglamento es compatible con las normas de la OMC.

En lo que respecta a determinadas disposiciones en materia de contenido nacional en el sector de la energía (minería, petróleo y gas), el Japón, la Unión Europea y los Estados Unidos reiteraron sus preocupaciones sobre las restricciones a la exportación, las restricciones a la inversión y las prescripciones en materia de contenido nacional. Al Japón le seguía preocupando que las medidas de restricción a la exportación de la Ley de Minería de Indonesia pudieran ser contrarias a lo dispuesto en el artículo XI del GATT. Los Estados Unidos, la Unión Europea, el Canadá y Australia consideraban que Indonesia había ampliado su enfoque en materia de contenido nacional al sector de las energías renovables. En particular, los Estados Unidos subrayaron que el hecho de "priorizar" el contenido nacional, como se establecía en el reglamento de Indonesia, en realidad equivalía a "exigir" contenido nacional, lo que podía ser contrario a las obligaciones dimanantes del Acuerdo sobre las MIC.

Indonesia indicó que no había obligación de priorizar el uso de productos y servicios nacionales con preferencia a los extranjeros en el sector energético. La utilización de los productos se basaba en las normas aplicables y en el precio y la disponibilidad de los productos. Las empresas podían importar productos extranjeros si los productos requeridos no se encontraban disponibles en el mercado interno. Y no era obligatorio utilizar productos nacionales. No había prohibiciones a la exportación siempre que los materiales cumplieran los niveles de purificación exigidos en el Reglamento 5/2017. El Parlamento seguía debatiendo la modificación de las leyes relativas a los minerales, el carbón, el petróleo y el gas, pero Indonesia estaba tomando en consideración las preocupaciones comerciales planteadas por los Miembros de la OMC.

En respuesta, los Estados Unidos sugirieron a los Miembros que examinaran las observaciones contradictorias de Indonesia en relación con el gas y el petróleo: primero Indonesia decía que no existían prescripciones relativas a la utilización de productos nacionales, pero a continuación decía que solo se podían realizar importaciones cuando no se disponía de productos nacionales.

En lo que respecta a la Ley Industrial y la Ley de Comercio, varios Miembros volvieron a manifestar sus preocupaciones generales por algunas disposiciones relativas a las prescripciones en materia de contenido nacional e instaron a Indonesia a informar a los Miembros sobre la aplicación de estas leyes.

Indonesia respondió que ambas leyes se elaboraron para apoyar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y el aumento de la capacidad de producción. Se habían adoptado para hacer frente a los desafíos que enfrentaba el país en materia de desarrollo y apoyar el desarrollo de la economía nacional, respetando al mismo tiempo los compromisos que Indonesia había contraído en el marco de la OMC.

En cuanto a la prescripción en materia de contenido mínimo de productos nacionales en el sector minorista, la Unión Europea, el Japón y algunos otros Miembros reiteraron sus preocupaciones por la prescripción del 80% de contenido nacional impuesta por el Reglamento 70/2013. Pidieron a Indonesia que mantuviera a los Miembros informados respecto de dicho reglamento y velara por que se cumpliera lo dispuesto en el Acuerdo sobre las MIC.

Indonesia comunicó al Comité que el reglamento se seguía examinando y aún no se había alcanzado un consenso.

En cuanto a determinadas medidas respecto del contenido nacional de inversiones en el sector de las telecomunicaciones, el Japón manifestó que le preocupaba que las modificaciones introducidas por Indonesia en su política sobre contenido nacional en el sector de las telecomunicaciones pudieran infringir las normas de la OMC, y pidió a Indonesia que proporcionara una traducción al inglés de las nuevas modificaciones y los reglamentos conexos. Los Estados Unidos manifestaron su preocupación por el hecho de que Indonesia hubiera ampliado las prescripciones sobre contenido nacional a otros sectores.

Indonesia informó a los Miembros de que el Decreto Ministerial 38/2007, relativo a la obligación de servicio universal, había sido revocado y modificado por el Decreto Ministerial 25/2015. El nuevo decreto no incluía prescripciones en materia de contenido nacional. Indonesia proporcionará en breve una traducción al inglés del nuevo reglamento.

En lo que respecta a las prescripciones en materia de contenido nacional para la importación y distribución de productos lácteos, los Estados Unidos expresaron su profunda preocupación por el Reglamento Nº 26/2017 del Ministerio de Agricultura de Indonesia relativo al suministro y la distribución de leche. Los Estados Unidos sugirieron que la medida obligaba a los inversores que tuvieran la intención de importar y distribuir productos lácteos a entablar asociaciones con productores locales y a adquirir leche fresca a nivel local. La Unión Europea, el Japón y Nueva Zelandia se asociaron a esas preocupaciones.

Indonesia señaló que el reglamento del Ministerio de Agricultura preveía varios mecanismos destinados a mejorar el bienestar de los agricultores del país, que solo se aplicaban a la leche fresca y no perturbaban el comercio. Dijo que se trataba de un programa de asociación para ayudar a los agricultores de pequeña escala.

Nigeria - Directrices sobre el contenido nigeriano en la tecnología de la información y las comunicaciones

Los Estados Unidos reiteraron su preocupación por el creciente uso de medidas en materia de contenido nacional en los sectores de la energía y la tecnología de la información y las comunicaciones de Nigeria y, en particular, señalaron la confusión que planteaban las "Directrices sobre el fomento del contenido nigeriano en la tecnología de la información y las comunicaciones" emitidas en 2013 por el Organismo Nacional de Fomento de la Tecnología de la Información. Tras no haber recibido ninguna respuesta desde la reunión anterior del Comité, los Estados Unidos volvían a solicitar a Nigeria que aclarara una serie de disposiciones e incentivos específicos que figuraban en las Directrices.

Nigeria consideraba que las Directrices eran compatibles con las obligaciones que le correspondían en el marco de la OMC. Los inversores extranjeros podían tener la plena propiedad en los sectores de la tecnología de la información y las comunicaciones, de conformidad con la Lista de concesiones de Nigeria anexa al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS). Nigeria afirmó que no había ninguna confusión y que algunas cuestiones se habían examinado de forma bilateral. Señaló que estaba trabajando en las respuestas y estaba resuelta a cooperar con los Miembros.

Federación de Rusia - Medidas de aplicación de la política de sustitución de importaciones

La Unión Europea volvió a manifestar su preocupación por el Decreto 223-FZ, que obligaba a las empresas de propiedad estatal y otras entidades de Rusia a proveerse de bienes y servicios nacionales, así como por una nueva iniciativa, el Decreto 925, que introducía una preferencia en materia de precios del 15% para los productos de origen ruso y los servicios prestados por proveedores rusos. Los Estados Unidos y la Unión Europea compartían la opinión de que las políticas de sustitución de las importaciones de Rusia infringían el espíritu y la letra del Acuerdo sobre las MIC. Ambos solicitaron a Rusia que proporcionara más respuestas a estas preocupaciones.

La Federación de Rusia señaló que este punto, que figuraba en el orden del día del Comité desde 2016, no tenía por objeto expulsar a los productos extranjeros del mercado ruso, sino reforzar la competitividad de los productos rusos y mejorar su reputación en general. Rusia señaló que el Decreto 925 no infringía las normas de la OMC puesto que el GATT no impedía que los Miembros dieran prioridad a los bienes nacionales en la contratación pública realizada a efectos gubernamentales. Rusia también aclaró que la finalidad de la junta federal establecida en virtud del Decreto 223 era movilizar la coordinación en materia de contratación pública, no la adquisición de productos rusos. La finalidad de este organismo federal era satisfacer plenamente las necesidades de los compradores, concentrándose en la calidad, la disponibilidad y los plazos de entrega de las mercancías.

Argentina - Piezas de automóviles.

México reiteró su preocupación por la Ley 27263 sobre el Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, que entró en vigor el 2 de agosto de 2016. México consideraba que en virtud de esta Ley se concedía apoyo fiscal a los productores de autopartes específicas que cumplían determinadas prescripciones específicas en materia de contenido nacional mínimo. Este apoyo podía suponer una infracción del Acuerdo sobre las MIC. México no había quedado satisfecho con las respuestas de Argentina y pedía a Argentina que respondiera a las últimas preguntas formuladas.

La Unión Europea lamentó que la Ley 27263 siguiera vigente a pesar de la opinión generalizada de los Miembros de que la Argentina había infringido el artículo 2 del Acuerdo sobre las MIC. La Unión Europea instó a la Argentina a que revisara su legislación, que establecía una discriminación contra las autopartes importadas. Los Estados Unidos y Corea se mostraron interesados en seguir atentamente esta cuestión.

La Argentina señaló que todos los reglamentos relacionados con la industria del automóvil eran compatibles con las normas de la OMC. Según la Argentina, las disposiciones de la Ley 27263 no establecían una distinción entre inversores nacionales y extranjeros a los efectos de determinar la capacidad para solicitar la adhesión al régimen y ser beneficiario de este. Argentina señaló que, hasta la fecha, cinco empresas del Japón, Italia, Francia y los Estados Unidos se habían adherido al régimen.

México reiteró que los esfuerzos de la Argentina para fortalecer su industria automotriz e integrarla en las cadenas de valor mundiales debían realizarse en el marco de las normas de la OMC y de forma no discriminatoria.

Turquía - Política en materia de localización en el sector farmacéutico

A juicio de la Unión Europea, la política en cuestión obligaba a los productores del sector farmacéutico a presentar planes de localización para trasladar la producción a Turquía o producir en el país por medio de un productor turco. En los casos en que los productores no presentaban dichos planes o si los planes presentados se consideraban insuficientes, los productos farmacéuticos en cuestión eran retirados de la lista de productos reembolsados por el Instituto de Seguridad Social de Turquía, que representaba aproximadamente el 90% de las ventas totales de productos farmacéuticos en Turquía.

La Unión Europea no estaba de acuerdo con la alegación de Turquía de que la medida estaba comprendida en el alcance de la exención relativa a la contratación pública prevista en el párrafo 8 del artículo III del GATT. La Unión Europea reconocía que las compras directas de productos farmacéuticos por parte de hospitales podrían en efecto considerarse adquisiciones públicas, pero no consideraba que el plan general de reembolsos se enmarcara dentro de la contratación pública porque la autoridad de la seguridad social no participada directamente en las compras y los pacientes contribuían de manera parcial a sufragar el costo de los fármacos. La Unión Europea pidió a Turquía que dejara de aplicar esa política de localización lo antes posible.

Los Estados Unidos, el Canadá y Suiza se hicieron eco de las preocupaciones de la Unión Europea.

Turquía respondió que la lista de medicamentos reembolsados dependía del Instituto de Seguridad Social de Turquía, un organismo público encargado de adoptar decisiones respecto de los medicamentos incluidos en la lista y la modificación de las condiciones de pago. Turquía señaló que el plan de reembolso quedaba comprendido en el alcance de la excepción relativa a la contratación pública prevista en el párrafo 8 del artículo III del GATT. Turquía no aplicaba ninguna política de concesión de licencias que impidiera la importación de medicamentos extranjeros. Accedió a seguir examinando las preocupaciones expresadas por los Miembros.

Los Estados Unidos y la Unión Europea expresaron la esperanza de que Turquía resolviera por completo esta cuestión para que dejara de figurar en el orden del día.

Otros asuntos

Los programas de inversión en el sector del automóvil de Rusia se examinaron en el marco del punto "otros asuntos" a petición de la Unión Europea. Cuando Rusia se adhirió a la OMC, se le permitió mantener algunas de sus prescripciones en materia de contenido nacional en sus programas de inversión en el sector del automóvil hasta el 1° de julio de 2018. Desde junio de 2016, Rusia ha entablado un proceso de consultas con respecto a este asunto y ha recibido preguntas de la Unión Europea. Las dos partes celebraron una reunión de consulta el 31 de mayo. Rusia anunció que suprimiría esos programas en la fecha prevista y elevaría los tipos arancelarios preferenciales sobre los componentes de automóvil hasta el nivel del tipo consolidado con el fin de cumplir plenamente las normas de la OMC.

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