SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

Nota

Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones Exteriores de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

Más información

  

DS577: Estados Unidos — Derechos Antidumping y Compensatorios sobre las Aceitunas Negras procedentes de España

La Unión Europea presentó su segunda solicitud de establecimiento de un grupo especial de solución de diferencias para que se pronunciase sobre los derechos antidumping y compensatorios impuestos por los Estados Unidos a las importaciones de aceitunas negras procedentes de España. La primera solicitud de la UE fue bloqueada por los Estados Unidos en la reunión del OSD del 28 de mayo. La UE reiteró su preocupación por la investigación que dio lugar a las obligaciones e instó a los EE.UU. a que ajustaran la medida, así como la legislación subyacente de los EE.UU., a sus obligaciones en el marco de la OMC. La UE dijo que confía en que el panel pueda ser compuesto rápidamente y comience su trabajo.

Los Estados Unidos dijo que lamentaba la decisión de la UE de presentar una segunda solicitud al grupo especial y reiteró su convicción de que la medida en cuestión era plenamente coherente con las normas de la OMC. Los EE.UU. también reiteró que tenía serias dudas sobre la solicitud del grupo especial de la UE, ya que incluía alegaciones que no se habían abordado en la solicitud de consultas. Los Estados Unidos dijo que estaba dispuesto a participar en los procedimientos del grupo especial y explicar al grupo especial que las alegaciones de la UE carecen de fundamento jurídico.

El OSD acordó el establecimiento del grupo especial. Japón, Australia, la Federación de Rusia, Arabia Saudita, Brasil, Canadá, China, la India y Suiza se reservaron sus derechos de participar en calidad de terceros.

DS484: Indonesia — Medidas Relativas a la Importación de Carne de Pollo y Productos de Pollo

Brasil solicitó el establecimiento de un grupo especial para determinar si Indonesia había cumplido con la resolución de la OMC en DS484. Brasil dijo que Indonesia no ha tomado las medidas apropiadas para adoptar la resolución y continúa manteniendo su mercado interno cerrado a las importaciones de pollo brasileño a pesar de que el plazo razonable para que Indonesia implementara la resolución expiró en julio de 2018. Brasil es el mayor exportador mundial de carne de pollo y productos de pollo y tiene una de las industrias avícolas más avanzadas tecnológicamente del mundo, con altos estándares de calidad y sanidad, dijo. Sin embargo, Indonesia sigue retrasando indebidamente la aprobación de la certificación sanitaria internacional para los productos de pollo y sigue manteniendo medidas que se consideraron incompatibles con las normas de la OMC.

Brasil señaló que en virtud de un acuerdo de procedimiento de agosto de 2018 entre las dos partes, Indonesia acordó no bloquear ninguna solicitud brasileña de un grupo especial de cumplimiento en caso de que Brasil solicitara tal grupo especial.

Indonesia dijo que lamentaba la decisión de Brasil de buscar el establecimiento de un grupo especial de cumplimiento, pero que, de acuerdo con el entendimiento de agosto de 2018, no bloquearía la solicitud de Brasil. Indonesia reiteró su voluntad y compromiso de continuar las conversaciones con Brasil sobre posibles soluciones a esta cuestión.

DS517: China — Contingentes Arancelarios Aplicables a Determinados Productos Agropecuarios

China notificó su intención de aplicar la resolución de la OMC en DS517 de una manera que respetase sus obligaciones de la OMC y dijo que necesitaría un período de tiempo razonable para hacerlo. China está dispuesta a debatir el asunto con los Estados Unidos, dijo.

Los Estados Unidos agradecieron a China su declaración e indicaron que las medidas de los contingentes arancelarios en cuestión, repercuten en el acceso al mercado de los Estados Unidos y de otros Miembros de la OMC. Los EE.UU. esperan que China adapte rápidamente su administración de contingentes arancelarios a sus obligaciones de la OMC y están dispuestos a acordar con China un plazo razonable para su aplicación.

DS234: Estados Unidos — Ley de Compensación por Continuación del Dumping o Mantenimiento de las Subvenciones de 2000

La Unión Europea reiteró su solicitud de que los Estados Unidos cesaran de transferir derechos antidumping y compensatorios a la rama de producción nacional de los Estados Unidos, alegando que cada uno de esos desembolsos era un claro acto de incumplimiento de las resoluciones en relación con este asunto. Brasil y Canadá respaldaron la declaración de la UE, mientras que los Estados Unidos dijeron que han adoptado todas las medidas necesarias para aplicar la resolución.

DS316: Comunidades Europeas y Determinados Estados Miembros — Medidas que Afectan al Comercio de Grandes Aeronaves Civiles: Aplicación de las recomendaciones adoptadas por el OSD

Los Estados Unidos dijeron que, una vez más, la Unión Europea no había presentado un informe de situación al OSD sobre las diferencias DS316. La Unión Europea reiteró que el asunto estaba sometido a un nuevo procedimiento sobre cumplimiento y que, por lo tanto, la UE no tenía ninguna obligación de presentar un informe de situación.

Nombramiento de Miembros del Órgano de Apelación

México, hablando en nombre de 75 Miembros, presentó la propuesta del grupo para iniciar los procesos de selección a fin de cubrir las seis vacantes del Órgano de Apelación, es decir, las cuatro vacantes existentes más las dos vacantes que se producirían cuando finalice el segundo mandato de Ujal Bhatia y Thomas Graham el 10 de diciembre. México dijo que el gran número de Miembros que presentaba la propuesta era una muestra de la preocupación común por la situación actual en el Órgano de Apelación, que afecta gravemente a la labor de dicho Órgano, así como a la labor del sistema de solución de diferencias en su conjunto, lo que redunda en detrimento de los intereses de los Miembros. Los Miembros de la OMC tienen la responsabilidad de salvaguardar y defender al Órgano de Apelación, el sistema de solución de diferencias y el sistema multilateral de comercio, dijo México.

Los Estados Unidos respondieron que todavía no estaban en condiciones de apoyar la propuesta y que seguían sin abordarse las preocupaciones sistémicas por ellos indicadas en el pasado. Reiteraron su preocupación por la persistente extralimitación constatada del Órgano de Apelación, caso omiso de los plazos y autorización a miembros del Órgano de Apelación para resolver apelaciones aun cuando su mandato ha expirado. No sólo no se han abordado las preocupaciones de los EE.UU., sino que el Órgano de Apelación, de hecho, sigue participando en estas prácticas que contravienen las normas claras establecidas por los Miembros de la OMC en el Entendimiento sobre Solución de Diferencias, dijo. Los Estados Unidos dijeron que seguirían insistiendo en que se cumplieran las normas de la OMC y persistirían en sus esfuerzos y conversaciones para hallar una solución.

Casi unos 20 Miembros tomaron la palabra, en nombre propio o en nombre de grupos de Miembros de la OMC, para expresar su creciente preocupación por el estancamiento en que se encontraba el proceso de selección, desde hace ya más de dos años.  Varios Miembros mencionaron la urgencia cada vez mayor de encontrar una solución y la necesidad de que todos los Miembros participen activamente en las conversaciones encaminadas a superar el estancamiento, propiciadas por el Presidente del OSD. También dijeron que el Artículo 17.2 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias de la OMC imponía a los Miembros la obligación de cubrir las vacantes en el Órgano de Apelación a medida que se produzcan, y que no debía vincularse el proceso de selección con las preocupaciones relativas a la actuación del Órgano de Apelación.

El presidente del OSD, el embajador David Walker de Nueva Zelanda, dijo que el asunto requiere urgentemente un compromiso considerable por parte de todos los miembros de la OMC y que cada día que pasa es más urgente. Señaló que el 7 de mayo informó al Consejo General de la OMC sobre su proceso informal para superar el estancamiento y que continuaría sus conversaciones con los Miembros antes de volver a informar al Consejo General el 23 de julio.

Vigilancia de la aplicación

Los Estados Unidos presentaron informes de situación con respecto a DS184, “EE.UU. — Medidas Antidumping sobre Determinados Productos de Acero Laminado en Caliente procedentes de Japón”,  DS160, “EE.UU. — Sección 110(5) de la Ley de Derechos de Autor de los EE.UU.”, DS464, “EE.UU. — Medidas Antidumping y Compensatorias sobre Grandes Lavadoras Residenciales procedentes de Corea”, DS471, “EE.UU. — Ciertas Metodologías y su Aplicación a los Procedimientos Antidumping que Afectan a China” y DS488, “EE.UU. — Medidas Antidumping sobre Determinados Productos Tubulares de Países Petrolíferos procedentes de Corea”.

La Unión Europea presentó un informe de situación sobre DS291, “CE — Medidas que Afectan a la Aprobación y Comercialización de Productos Biotecnológicos”.

Indonesia presentó sus informes de situación en DS484, “Indonesia — Medidas Relativas a la Importación de Carne de Pollo y Productos de Pollo”, y DS477 y DS478, “Indonesia — Importación de Productos Hortícolas, Animales y Productos de Origen Animal”.  

Próxima reunión

La próxima reunión del OSD está prevista para el 22 de julio.

Más información sobre el sistema de solución de diferencias de la OMC está disponible aquí.

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