NORMAS DE ORIGEN

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Las normas de origen sirven de criterios para determinar el lugar de elaboración de un producto, y son importantes para aplicar otras medidas de política comercial, como las preferencias a favor de los países en desarrollo o los PMA. La preocupación ante la posibilidad de que estas normas dificulten la utilización de las preferencias fue una de las razones por las que los Miembros de la OMC adoptaron la Decisión de Nairobi sobre las normas de origen preferenciales para los PMA de 2015, que establece por primera vez un conjunto de directrices convenidas multilateralmente destinadas a facilitar que las exportaciones de los PMA se beneficien del acceso preferencial a los mercados otorgado por los Miembros de la OMC.

En un documento de la Secretaría de la OMC presentado al Comité el pasado mes de mayo se constató que, con frecuencia, los PMA no podían utilizar plenamente las preferencias, incluso cuando sus exportaciones estaban sujetas a prescripciones sencillas en materia de origen. Por ejemplo, el 82% de las importaciones de frutas, hortalizas y plantas procedentes de los PMA realizadas por los Miembros otorgantes de preferencias no se beneficiaron de ninguna preferencia arancelaria, pese a reunir las condiciones para recibir ese trato. La Secretaría señaló que otros factores podían explicar esta subutilización, como las prescripciones en materia de certificación del origen y/o de transporte.

Repercusión de las condiciones de expedición directa en la utilización de preferencias por los PMA

En la reunión de octubre, la Secretaría de la OMC presentó a los Miembros un nuevo documento (G/RO/W/187) en el que se examina la repercusión que puede tener la expedición directa (también conocida como envío directo o transporte directo) en el uso de preferencias arancelarias por los PMA. Un requisito común en los acuerdos comerciales preferenciales es que las mercancías que se benefician de un acceso preferencial a los mercados deben transportarse directamente desde el país que solicita el trato preferencial al país que otorga las preferencias. 

En el informe de la Secretaría se analizan los posibles efectos de esas prescripciones, utilizando como indicador indirecto la diferencia en las tasas de utilización entre los PMA sin litoral (cuyas exportaciones a menudo pasan por terceros países) y los PMA con acceso al mar. En teoría, ambos grupos deben tener una capacidad idéntica o similar para utilizar las preferencias comerciales si las obligaciones en materia de expedición directa no tienen repercusiones en la utilización de las preferencias.

Sin embargo, en el informe se constata una gran diferencia en las tasas de utilización: más del 50% de todas las importaciones procedentes de los PMA sin litoral no reciben ningún trato arancelario (52%), pese a cumplir los requisitos para acogerse a las preferencias arancelarias, lo que equivale a más del doble de la tasa de subutilización de los PMA con acceso al mar (21%). Se obtuvieron resultados similares incluso cuando solo se examinó una categoría de productos.  En el caso de los productos agropecuarios sujetos a criterios de origen idénticos, la tasa de subutilización es mayor en los PMA sin litoral (29%) que en los PMA con acceso al mar (14%), lo que indica claramente que las prescripciones en materia de transporte influyen en la utilización de las preferencias.

En otro documento presentado en la reunión del Comité (G/RO/W/191), el Grupo de PMA comparte la opinión de que las prescripciones en materia de expedición directa dificultan considerablemente el uso de preferencias arancelarias. 

Hablando en nombre del Grupo, Camboya señaló que la mayoría de los Miembros otorgantes de preferencias exigen pruebas documentales de que las mercancías no se han manipulado durante el tránsito por el territorio de un tercer país ni han entrado en el territorio aduanero de ese tercer país. No es fácil obtener esas pruebas documentales, o pueden suponer costos importantes.  En esos casos, resulta simplemente imposible cumplir tales exigencias.

Varios Miembros de la OMC formularon observaciones sobre los dos documentos presentados y acordaron seguir examinando esas cuestiones en el Comité para identificar aspectos específicos de las prescripciones que tal vez sea necesario flexibilizar.

Utilización de las preferencias arancelarias de China por los PMA

Tanzanía, en nombre del Grupo de PMA, presentó su segundo análisis de la utilización de preferencias por los PMA en un Miembro otorgante de preferencias, tras el primer informe del Grupo sobre Suiza distribuido la primavera pasada. La exposición sobre China puso de manifiesto la escasa utilización de preferencias para la mayoría de las líneas arancelarias y las amplias variaciones en las tasas de utilización de los PMA, de modo que una cantidad importante de determinadas exportaciones de los PMA a China se gravan con tipos arancelarios de la nación más favorecida (NMF) en lugar de beneficiarse del régimen de franquicia arancelaria. Tanzanía dijo que la finalidad de las exposiciones no era acusar a un Miembro en concreto, sino examinar las tasas de utilización y determinar cómo podían mejorarse.

China respondió que estaba dispuesta a trabajar con los PMA para ver cuáles eran las razones de las bajas tasas de utilización, si bien señaló que podrían deberse a la utilización de preferencias arancelarias en el marco de acuerdos de libre comercio independientes, en particular en el caso de los PMA de Asia Meridional y Sudoriental. Añadió que más de diez PMA africanos, entre ellos Tanzanía, Etiopía y Malí, disfrutaban de tasas de utilización de las preferencias superiores al 80% en sus exportaciones a China.

Mejora de la transparencia en lo que respecta a las normas de origen no preferenciales

Suiza presentó de nuevo una propuesta conjunta, esta vez en nombre de 14 Miembros de la OMC, para aumentar la transparencia en lo que respecta a las normas de origen no preferenciales (G/RO/W/182/Rev.1). El objetivo es establecer un modelo que puedan usar los Miembros de la OMC para notificar las normas de origen que utilizan en la aplicación del trato de la nación más favorecida y otros instrumentos de política comercial no preferenciales, así como cualquier otra práctica en materia de certificación del origen y otras pruebas documentales del origen obligatorias para fines no preferenciales.

Varios proponentes tomaron la palabra para destacar las ventajas del modelo. Uno de ellos señaló que las normas de origen no preferenciales abarcan una parte considerable del comercio y se aplican a todos los Miembros, por lo que constituyen una iniciativa importante. No obstante, un Miembro dijo que seguía albergando preocupaciones sobre la propuesta y las prescripciones adicionales en materia de presentación de informes que impondría a las administraciones de los países en desarrollo, que ya estaban sobrecargadas.

La Presidenta pidió a los Miembros que expresaron preocupaciones que las presentaran como modificaciones del texto de la propuesta conjunta, a fin de facilitar consultas futuras sobre la cuestión.

Presentación del Facilitador para las normas de origen

La reunión se inició con la presentación del nuevo Facilitador de normas de origen, una iniciativa conjunta con el Centro de Comercio Internacional y la Organización Mundial de Aduanas que permitirá a las empresas aprovechar mejor las ventajas derivadas de los acuerdos de libre comercio y los acuerdos comerciales preferenciales ayudándolos a cumplir las prescripciones en materia de normas de origen aplicables a los productos. Puede obtenerse más información sobre la iniciativa aquí.

Puede consultarse más información sobre la OMC y las normas de origen aquí.

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