MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

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Los Miembros pusieron de relieve diversas medidas por las que se establecían normas relacionadas con la inocuidad de los alimentos y la salud de los animales y la preservación de los vegetales. Muchos exportadores del sector agroalimentario dijeron que esas medidas eran demasiado estrictas y obstaculizaban el comercio, y afectaban especialmente a los agricultores de los países en desarrollo. En la reunión del Comité se abordaron cinco preocupaciones comerciales específicas nuevas y 12 preocupaciones planteadas anteriormente, y un gran número de Miembros de la OMC participó en los debates.

El Taipei Chino facilitó información sobre la resolución de una preocupación comercial específica planteada por primera vez en marzo de 2017 en relación con las medidas adoptadas por Tailandia para restringir la importación de semillas de papaya. El Perú solicitó que se suprimiera del orden del día una nueva preocupación comercial específica relativa a las medidas adoptadas por Colombia para restringir las importaciones de café, así como una preocupación comercial específica anterior relativa a los niveles máximos de cadmio establecidos por la Unión Europea para los productos alimenticios. China también retiró una preocupación comercial específica relativa a las medidas impuestas por la UE a los productos de origen animal.

Asistieron a la reunión del Comité los 24 participantes de la 15ª edición del Curso Avanzado sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la OMC. Desde su creación en 2005, este curso emblemático ha impartido formación a más de 350 funcionarios públicos y ha beneficiado en total a 124 países en desarrollo, 38 de los cuales son países menos adelantados. El Director General Roberto Azevêdo se reunió con los participantes y destacó el importante papel que desempeñan actualmente las medidas sanitarias y fitosanitarias en el comercio de productos agropecuarios, que se ve cada vez más afectado por las nuevas tecnologías, el cambio climático y el crecimiento demográfico. Aquí puede consultarse más información.

Preocupaciones comerciales específicas nuevas

Reglamento de la UE relativo a los vegetales de alto riesgo

Israel planteó su preocupación con respecto al Reglamento 2016/2031 de la UE, relativo a los vegetales de alto riesgo, que podría frenar la totalidad del comercio actual de 36 nuevos tipos de vegetales el 14 de diciembre de 2019, a menos que antes de esa fecha se realizara una evaluación del riesgo de plagas y se cumplieran requisitos de entrada mutuamente acordados. Los Estados Unidos, el Canadá y Kenya también expresaron su preocupación. Hicieron hincapié en que muchos de esos productos se habían comercializado anteriormente durante años sin problemas, y que la interrupción de las importaciones en la fecha límite del 14 de diciembre tendría un efecto negativo inmediato en el comercio, sin ninguna mejora clara o mensurable de la inocuidad de las importaciones de la UE. Pidieron a la UE que explicara qué medidas había adoptado para reducir al mínimo los efectos negativos sobre el comercio, y si tenía previsto aplicar medidas provisionales que permitieran continuar comercializando esos productos de manera segura como venía sucediendo en los últimos años, mientras procuraba obtener la información necesaria para realizar una evaluación del riesgo de plagas más objetiva.

La UE respondió que estaba haciendo uso de su prerrogativa de aumentar el nivel de protección después de concluir que el nivel anterior era insuficiente. La UE afirmó que el nuevo sistema introducía el concepto de evaluación del riesgo de plagas, que se aplicaba a todos los interlocutores comerciales, y señaló que se trataba de una medida provisional por definición, ya que permanecería en vigor hasta que finalizara la evaluación del riesgo. La UE añadió que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) había proporcionado orientación e información sobre la forma de preparar los expedientes de exportación necesarios para los productos, y que se había hecho todo lo posible para evitar o reducir al mínimo la perturbación del comercio, y también dijo que tomaría nota de las preocupaciones planteadas.  

Procedimientos establecidos por Tailandia para la aprobación de productos animales

El Brasil y la Unión Europea plantearon preocupaciones sobre los procedimientos establecidos por Tailandia para aprobar la importación de carne de porcino y otros productos animales, así como sobre los retrasos para la aprobación de las importaciones, que consideraban injustificados y prolongados. En el caso de la UE, por ejemplo, estaban pendientes las solicitudes de 11 Estados miembros, algunas de ellas desde 2011. El Brasil y la UE señalaron que Tailandia trataba cada una de las solicitudes por separado, y enfatizaron que podrían aprovecharse las sinergias, y que el proceso general de aprobación podría acelerarse, sin detrimento del control, si las solicitudes se agruparan y se eliminaran los pasos innecesarios.

Tailandia respondió que los procedimientos de importación aplicados a los productos animales eran claros, transparentes, fiables y rastreables, así como plenamente compatibles con las normas y recomendaciones de la OMC. Tailandia añadió que los procedimientos de acceso a los mercados se basaban en el análisis del riesgo, de conformidad con las medidas sanitarias y fitosanitarias, y dijo que recientemente había aprobado las importaciones de varios productos de carne de porcino, bovino y aves de corral procedentes de la UE, incluidas las proteínas animales transformadas obtenidas de animales de la raza porcina y bovina y de aves de corral. Con respecto al Brasil, Tailandia informó que había finalizado una misión de inspección de los establecimientos de elaboración de carne de bovino en el Brasil, y que se había enviado a las autoridades un cuestionario para la evaluación de las importaciones de productos de aves de corral, y que se estaban esperando sus respuestas.

Medidas de restricción adoptadas por Filipinas respecto de las importaciones de carne

La Unión Europea también planteó una preocupación sobre las medidas de restricción adoptadas por Filipinas respecto de las importaciones de carne. Según la UE, esas restricciones no se ajustaban a las normas internacionales convenidas, ni aplicaban los principios de regionalización a la UE.  También se mantenían prohibiciones aplicadas sin fundamento científico a las importaciones de productos cárnicos procedentes de determinados Estados miembros de la UE, basadas en brotes de peste porcina africana. Según la UE, esas medidas se aplicaban actualmente a nueve Estados miembros de la UE, a pesar de que uno de los Estados afectados por las prohibiciones (Alemania) nunca había sufrido ningún brote de peste porcina africana en su territorio, y otro (República Checa) había estado libre de peste porcina africana durante más de 18 meses.

En su respuesta, Filipinas subrayó que la peste porcina africana era una enfermedad altamente contagiosa susceptible de propagarse rápidamente, y que los casos podían multiplicarse y mantener su virulencia durante semanas e incluso meses, independientemente de las fronteras. Filipinas dijo que debido a que actualmente no había una vacuna o un tratamiento eficaces, la peste porcina africana podía causar enormes pérdidas económicas y afectar gravemente a la seguridad alimentaria. Aseguró a los Miembros que las restricciones a las importaciones de carne procedentes de países con brotes de peste porcina africana eran medidas provisionales de precaución compatibles con el Acuerdo MSF. Filipinas reconoció que la medida restringía el comercio internacional y dijo que seguía siendo optimista en cuanto a que mediante la cooperación se podría superar la situación actual.

Importaciones de la UE de pezuñas y astas elaboradas

Indonesia expresó su preocupación por las prescripciones sanitarias impuestas por Alemania a la importación de pezuñas y astas elaboradas, que tenían un importante potencial comercial para ambos países como ingrediente de abonos. Indonesia dijo que había seguido el procedimiento establecido para solicitar el acceso al mercado a través del Ministerio de Alimentación y Agricultura de Alemania, pero que seguía esperando aclaraciones sobre las prescripciones sanitarias. También expresó su disposición a trabajar en estrecha colaboración con Alemania y la Unión Europea en esta cuestión a fin de seguir las diversas etapas del proceso que aún había que completar antes de obtener acceso al mercado.

La Unión Europea dijo que esta cuestión estaba armonizada en la UE en virtud de un reglamento en el que se establecían los requisitos y las condiciones para la producción y la importación de subproductos animales. Tras recibir en marzo de este año la primera solicitud de Indonesia relativa al procedimiento de importación, se habían celebrado varias conversaciones bilaterales. La UE está examinando actualmente la documentación presentada, y su procedimiento de consulta interno está en curso. La UE añadió que deseaba encontrar una solución lo antes posible y que se comprometía a mantener informada a Indonesia de la evolución y el resultado del examen.

Niveles máximos de contaminantes impuestos por Rusia

Indonesia también expresó su preocupación por los niveles máximos fijados por la Federación de Rusia a determinados contaminantes, como el 3-MCPD y el éster glicidílico, en aceites vegetales, incluidos los productos de aceite de palma. Indonesia, que es uno de los principales productores mundiales de aceites vegetales, con 43 millones de toneladas en 2018, indicó que el nuevo límite máximo establecido por la Federación de Rusia no solo afectaría a Indonesia, sino también a otros países productores de aceites vegetales. Subrayando que las medidas sanitarias y fitosanitarias adoptadas por cualquier Miembro solo se aplicarán en cuanto sean necesarias para proteger la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales, y de manera que no constituyan una restricción encubierta al comercio internacional, Indonesia pidió a la Federación de Rusia que aclarara el razonamiento y la justificación científica del nuevo límite máximo.

En respuesta, la Federación de Rusia justificó su decisión en la necesidad de proteger la vida de los animales y de las personas y dijo que esta era compatible con las obligaciones contraídas en el marco de la OMC, con las pruebas científicas y con la investigación realizada a este respecto por la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Cuestiones planteadas anteriormente

Entre las preocupaciones comerciales específicas planteadas anteriormente en el Comité MSF figuran cinco normativas de la UE en materia de MSF: límites máximos de residuos (LMR) para varios plaguicidas; legislación sobre perturbadores endocrinos; nuevos LMR para el insecticida lambda-cihalotrina; y la nueva definición del fungicida folpet.

La UE también se refirió a cuestiones planteadas anteriormente, entre ellas las medidas adoptadas por Sudáfrica para restringir la importación de aves de corral por motivo de la gripe aviar altamente patógena; las medidas adoptadas por China para restringir las importaciones provenientes de determinados Estados miembros, también con motivo de la gripe aviar altamente patógena; las medidas adoptadas por los Estados Unidos para restringir la importación de manzanas y peras; los procedimientos establecidos por Indonesia para la aprobación de productos de origen animal y vegetal; y las preocupaciones generales con respecto a las restricciones a la importación debidas a la encefalopatía espongiforme bovina (EEB).

Además, en el Comité se presentaron preocupaciones sobre las restricciones de importación relacionadas con la fiebre aftosa impuestas por Turquía al ganado bovino vivo procedente de la Argentina; las restricciones impuestas por Ucrania a los productos de porcino procedentes del Brasil; y las medidas aplicadas por México a las importaciones de flores de hibisco procedentes del Senegal.

Aplicación de las disposiciones en materia de transparencia

Los Miembros recibieron información general relativa al nivel de aplicación de las disposiciones en materia de transparencia del Acuerdo MSF. El Acuerdo MSF impone a todos los Miembros de la OMC obligaciones en materia de transparencia. Por ejemplo, los países deben publicar todas las medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF) y notificar las modificaciones de esas medidas. Al aplicar el Acuerdo, los países deben designar un solo organismo del gobierno central que será el responsable de las prescripciones en materia de notificación previstas en el Acuerdo MSF (el organismo encargado de la notificación). Además, los países deben establecer un servicio de información encargado de responder a las peticiones de información de otros países sobre las medidas sanitarias y fitosanitarias y las cuestiones conexas (el servicio de información).

La Secretaría distribuyó su informe anual, en el que figura que hasta el 15 de septiembre de 2019, 128 de los 164 Miembros (el 78%) habían presentado al menos una notificación a la OMC. Entre los Miembros que aún no han presentado ninguna notificación figuran 12 países en desarrollo y 15 PMA.

El informe muestra una tendencia general ascendente a lo largo de los años en el número de notificaciones, y presenta nuevos datos interesantes sobre el uso que los Miembros hacen de las notificaciones según su nivel de desarrollo, el tipo de notificación y la información proporcionada. Concluye que, debido al creciente volumen de documentos, muchos Miembros tienen problemas para gestionar el flujo de notificaciones, establecer una coordinación a nivel nacional y obtener los beneficios de un sistema transparente.

Esta es una de las esferas en la que los Miembros han solicitado asistencia técnica y orientación sobre mejores prácticas, a fin de mejorar sus mecanismos de transparencia. El informe muestra que algunos Miembros aumentaron significativamente su número de notificaciones después de haber recibido capacitación sobre transparencia. Además, los talleres sobre transparencia, que generalmente se organizan cada dos años, ofrecen actividades de formación muy interactivas sobre el uso del sistema de gestión de la información relativa a las MSF (SPS IMS), el Sistema de Presentación de Notificaciones MSF (SPS NSS) y el sistema de aviso ePing.

Entre otros datos pertinentes, se menciona que el uso de los instrumentos disponibles aumenta constantemente y que, hasta la fecha, 85 miembros han solicitado acceso al sistema SPS NSS en línea, y 46 han presentado notificaciones a través del sistema. Desde el 1º de enero hasta el 15 de septiembre de 2019, aproximadamente el 75% de las notificaciones fueron presentadas mediante el SPS NSS. Además, hay casi 8.000 usuarios de los sectores público y privado registrados para recibir avisos sobre notificaciones a través del sistema ePing.

Quinto examen

Los Miembros realizaron avances respecto del Quinto Examen del Funcionamiento y la Aplicación del Acuerdo MSF, que está previsto que concluya en 2020. Se presentaron y examinaron propuestas nuevas y revisadas. Estas se referían a la promoción de procedimientos basados en principios científicos para la aplicación del Acuerdo MSF, incluidos los procedimientos para las situaciones en que los testimonios científicos son insuficientes; la función de los tres órganos de normalización (el Codex Alimentarius, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y la Organización Mundial de Sanidad Animal) para abordar las preocupaciones comerciales específicas en el Comité; y los sistemas voluntarios de garantía a cargo de terceros.

Asimismo, en el marco del Quinto Examen, el 5 de noviembre el Comité celebró una sesión temática sobre los procedimientos de aprobación, basada en el taller relativo a procedimientos de control, inspección y aprobación, celebrado los días 9 y 10 de julio de 2019. La sesión se centró en los procedimientos de aprobación relacionados con los productos o las categorías de productos que requieren aprobación previa para su importación o comercialización, incluida la aprobación del uso de aditivos o el establecimiento de tolerancias de contaminantes en productos alimenticios, bebidas o piensos. Los oradores abordaron las perspectivas de los Miembros importadores y exportadores, incluido el sector privado, así como los problemas y los costos relacionados con los procedimientos de aprobación.

Próxima reunión

La próxima reunión está programada para la semana del 16 de marzo de 2020. El 17 de marzo se celebrará una sesión temática sobre los programas voluntarios de garantía a cargo de terceros, el 18 de marzo tendrá lugar una reunión informal, y la reunión ordinaria del Comité se celebrará los días 19 y 20 de marzo.

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