NEGOCIACIONES SOBRE LAS SUBVENCIONES A LA PESCA

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Los Miembros se centraron en las siguientes cuestiones relacionadas con el proyecto de texto refundido: una posible definición de “pescado”; las subvenciones para hacer frente a catástrofes; las debidas garantías procesales a la hora de determinar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), y qué hacer en caso de solapamiento de reclamaciones territoriales. El Presidente del Grupo de Negociación, el Embajador Santiago Wills (Colombia), había presentado en junio el proyecto de texto, y los Miembros acordaron en julio utilizarlo como punto de partida para la labor basada en textos encaminada a elaborar nuevas disciplinas relativas a las subvenciones a la pesca con el fin de prohibir las subvenciones que se destinan a la pesca INDNR o que contribuyen a la sobrepesca y la sobrecapacidad.

El Presidente informó sobre los últimos progresos realizados a los Jefes de Delegación de la OMC en la reunión de clausura de la semana, en la que los Miembros también formularon observaciones sobre cómo organizar en adelante el proceso de negociación. El Presidente dijo que le resultaban alentadores los debates constructivos y las nuevas propuestas de texto. Sin embargo, señaló que los avances eran lentos e instó a los Miembros a acelerar el ritmo. Para ello, dijo que no deberían insistir en posiciones de negociación bien conocidas, sino encontrar una solución intermedia que satisficiera sus necesidades, incluso aunque no fuese su opción preferida.

Con ese fin, los Miembros están manteniendo conversaciones entre los bloques de reuniones de una semana de duración. Además, varios Miembros pidieron al Presidente que preparara y distribuyera una versión revisada de su proyecto de texto, en particular porque ya se habían celebrado dos de los cuatro bloques de reuniones programados para el último trimestre del año. El próximo bloque de reuniones se celebrará del 2 al 6 de noviembre.

En la Undécima Conferencia Ministerial de la OMC, los Ministros acordaron, de conformidad con la meta 6 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de las Naciones Unidas, alcanzar en 2020 un acuerdo sobre disciplinas para la eliminación de las subvenciones a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y la prohibición de ciertas formas de subvenciones a la pesca que contribuyen a la sobrecapacidad y la sobrepesca, y en el que se prevea un trato especial y diferenciado para los países en desarrollo y los países menos adelantados.

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