ACCESO DE LAS MERCANCÍAS A LOS MERCADOS

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Ahora que se acerca el final del período de transición para la Unión Europea y el Reino Unido, un gran número de Miembros de la OMC han expresado su preocupación por la falta de progresos en la renegociación de los contingentes arancelarios de la UE y el Reino Unido en el marco del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, y en la rectificación y modificación de las Listas de concesiones del Reino Unido como resultado de su salida de la Unión Europea. Al igual que en reuniones anteriores, fue la Federación de Rusia quien planteó la cuestión, subrayando que las negociaciones sobre el nuevo reparto de los contingentes arancelarios no pueden concluir sin un debate más amplio con otros Miembros de la OMC, y sin una clara estrategia de compensación para los principales proveedores de los mercados de la UE y el Reino Unido, con objeto de mantener un nivel general de concesiones recíprocas y mutuamente ventajosas.

Varias delegaciones intervinieron para manifestar esta preocupación y todas ellas recalcaron que, dado que el período de transición estaba a punto de expirar, la UE y el Reino Unido tenían que prever la concesión de compensaciones por la pérdida prevista de oportunidades de mercado. Les pidieron que aclararan qué normas regirían el comercio entre la UE y el Reino Unido en ausencia de un acuerdo bilateral. Reiteraron que las modificaciones propuestas de los contingentes arancelarios podrían reducir el valor comercial de las oportunidades actuales de acceso a los mercados o hacer que algunos de los contingentes asignados fueran demasiado pequeños para tener viabilidad comercial. Además, les preocupaba que, a falta de un acuerdo bilateral entre la UE y el Reino Unido, sus intercambios comerciales dejaran de beneficiarse de esos contingentes arancelarios.

Las delegaciones alentaron a la UE y al Reino Unido a dar muestra de su disposición a poner sobre la mesa propuestas de peso, que aliviaran su inquietud, como la garantía de que los demás Miembros de la OMC no padecerían un “empeoramiento” tras la renegociación de sus contingentes arancelarios y no serían “excluidos” del acceso a los mercados que negociaron de buena fe en el marco de los llamados contingentes erga omnes (es decir, no asignados por países específicos).

En su respuesta, la Unión Europea dijo que las negociaciones con arreglo al procedimiento previsto en el artículo XXVIII seguían en curso con los interlocutores que habían reconocido derechos, y que en la última ronda, celebrada en octubre de 2020, se habían hecho algunos progresos importantes en esas conversaciones. La UE acogía con satisfacción la mayor implicación de muchos Miembros y estaba dispuesta a seguir avanzando, allanando el camino para concluir los debates de manera constructiva con el mayor número posible de ellos antes de que acabara el año.

En el mismo sentido, el Reino Unido reiteró su compromiso de trabajar de buena fe con los Miembros y de aprovechar los progresos y las conversaciones constructivas mantenidas en las recientes negociaciones. Dijo que había iniciado el período de transición después del Brexit con el ánimo de preservar el actual equilibrio de derechos y obligaciones entre el Reino Unido y sus interlocutores comerciales.

Varios miembros expresaron también su preocupación por la rectificación inicial por el Reino Unido de su Lista relativa a las mercancías, que se había distribuido en julio. Subrayaron que la rectificación contenía cambios sustanciales en las concesiones actuales del Reino Unido en el marco de la OMC, por ejemplo en sus compromisos en materia de Medida Global de la Ayuda (MGA) y de salvaguardia especial para la agricultura, y en el método propuesto para convertir a libras esterlinas los compromisos expresados en euros.

En su respuesta, el Reino Unido se refirió al “Arancel Global del Reino Unido”, el régimen arancelario de la nación más favorecida (NMF) aplicado a largo plazo que entrará en vigor el 1 de enero de 2021, tras el fin del período de transición. Se trata de un arancel a medida, adaptado a la economía del Reino Unido y expresado en libras esterlinas. El Reino Unido indicó que el tipo de cambio al que se ha redenominado la nueva Lista (1 euro = 0,83687 libras esterlinas) es el promedio de los tipos de cambio diarios vigentes entre 2015 y 2019. Refleja las condiciones económicas más recientes y pertinentes en ese período y constituye una garantía de que el alcance de las concesiones y compromisos ofrecidos por el Reino Unido no se verá alterado, dijo este país.

Pacto Verde Europeo

Fueron numerosas las delegaciones que hicieron uso de la palabra en el Comité para expresar su preocupación por el posible impacto en el comercio internacional de la estrategia del “Pacto Verde” de la UE, que se dio a conocer en diciembre de 2019. Pidieron a la UE que aclarara la situación de la legislación pertinente y especificara qué sectores y productos se verán afectados. Esos Miembros se centraron, en particular, en la propuesta de establecimiento de un mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono, que les parecía incompatible con las normas de la OMC.

Varios dijeron que, teniendo presente el principio del Acuerdo de París de las “responsabilidades comunes pero diferenciadas”, esta iniciativa política debía formularse y aplicarse con equidad, reconocer los sistemas de fijación de los precios del carbono vigentes en otros países (o incluso a nivel subnacional) y ponerse en conformidad al mismo tiempo con las obligaciones y las normas internacionales. Algunos Miembros señalaron que si la intención de la UE era utilizar el mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono como nueva fuente presupuestaria, con miras a impulsar la recuperación económica de la UE después de la COVID-19, esta medida no tendría por objeto la protección del clima, sino más bien objetivos económicos, incluso de tipo fiscal y proteccionista. Pidieron a la Unión Europea que facilitara a los Miembros de la OMC la lista de mercancías (con los códigos del Sistema Armonizado) que podían quedar sujetas a dicho mecanismo, y que aclarara si también tenía la intención de aplicar un impuesto a las mercancías producidas en la UE.

La Unión Europea subrayó su compromiso de lograr la neutralidad climática para mediados de siglo y recordó que la Comisión había prometido que la UE elevaría su ambición climática para 2030. Así pues, mientras los interlocutores comerciales de la UE no adoptaran medidas climáticas comparables, existía un riesgo de fuga de carbono que las autoridades europeas debían afrontar. Podían producirse fugas de carbono si, debido al costo impuesto por la aplicación de políticas climáticas, las empresas transferían la producción a otros países con limitaciones en materia de emisiones más laxas.  En caso de que persistieran diferencias en los niveles de ambición en todo el mundo, la UE propondría a mediados de 2021 aplicar el mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono solo a determinados sectores, a fin de reducir el riesgo de fuga de carbono. Previamente, como preparativo de esta iniciativa, llevará a cabo una evaluación de impacto detallada, y examinará en particular sus repercusiones ambientales, sociales y financieras, su eficiencia económica y su viabilidad jurídica, en particular a la luz de las normas de la OMC.

Preocupaciones comerciales

El Comité abordó un gran número de preocupaciones comerciales, nuevas y planteadas anteriormente, como las siguientes:

  • las medidas de restricción de las importaciones aplicadas por Angola, planteada por los Estados Unidos;
  • los derechos de aduana aplicados por China a determinados circuitos integrados, planteada por el Japón, el Taipei Chino y la UE;
  • la ampliación de la UE con la inclusión de Croacia, planteada por la Federación de Rusia;
  • los derechos de aduana aplicados por la India a los productos de telecomunicaciones y otros productos, planteada por China;
  • las políticas de la India relativas a la importación de neumáticos, aparatos de televisión y acondicionadores de aire, planteada por Tailandia y la UE;
  • las restricciones cuantitativas aplicadas por la India a determinadas legumbres, planteada por Australia, el Canadá, los Estados Unidos, la Federación de Rusia y la UE;
  • los derechos de aduana aplicados por Indonesia a los productos de telecomunicaciones, planteada por los Estados Unidos;
  • las restricciones cuantitativas aplicadas por Mongolia a la importación de determinados productos agropecuarios, planteada por la Federación de Rusia;
  • la prohibición aplicada por Nepal a las importaciones de bebidas energéticas; planteada por Tailandia;
  • el proyecto de Decreto de Rusia por el que se restringen las importaciones de determinadas entidades, planteada por la UE;
  • el régimen de seguimiento y localización de Rusia, planteada por los Estados Unidos;
  • el impuesto selectivo sobre determinados productos importados aplicado por la Arabia Saudita, Bahrein, los Emiratos Árabes Unidos, Omán y Qatar, planteada por los Estados Unidos, Suiza y la UE;
  • la prohibición aplicada por Sri Lanka a las importaciones de diversos productos, planteada por la UE; y
  • la aplicación por el Panamá del procedimiento previsto en el artículo XXVIII, planteada por Costa Rica.  

Notificaciones

La Secretaría de la OMC resumió la situación de las notificaciones de los Miembros al 30 de septiembre de 2020. Como se indica en el documento G/MA/QR/9, titulado “Situación de las notificaciones presentadas con arreglo a la Decisión sobre el procedimiento de notificación de restricciones cuantitativas”, la situación ha mejorado con respecto a años anteriores, y en particular para el período bienal 2018-2020, en el que el número de Miembros que presentaron notificaciones aumentó casi un tercio. Sin embargo, el cumplimiento general de esta prescripción de notificación sigue siendo relativamente bajo. 

El Presidente subrayó la obligación de los Miembros de presentar notificaciones completas de todas las restricciones cuantitativas en vigor a más tardar el 30 de septiembre de 2012 y posteriormente cada dos años, e instó a los Miembros que nunca habían presentado notificaciones o que no las habían presentado para el actual período bienal (2020-2022) a que cumplieran esta importante disposición en materia de transparencia. Se invitó a los Miembros que necesitaran asistencia técnica a ponerse en contacto con la Secretaría. 

Plataforma eAgenda

Los Miembros examinaron la posibilidad de utilizar con carácter voluntario el sistema eAgenda, tal como hacen actualmente el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio. La mayoría se mostró partidaria de seguir explorando esta posibilidad. La Secretaría está trabajando en una plataforma eAgenda de prueba, que se presentará en la primera reunión informal del Comité el año próximo. Cuando esté lista, los Miembros dispondrán de algún tiempo para probarla y el Comité examinará la necesidad de introducir ajustes antes de que entre plenamente en funcionamiento.

Próxima reunión

La próxima reunión formal ha sido programada provisionalmente para los días 29 y 30 de abril de 2021.

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