MEDIDAS DE SALVAGUARDIA

Más información

  

En la notificación, Ucrania indicó, entre otras cosas, lo siguiente:

“El aviso relativo a la Decisión Nº SP-436/2020/4411-03 de la Comisión Interdepartamental de Comercio Exterior, de 7 de febrero de 2020, se ha publicado en el Nº 26 del ‘Uryadovuy Courier’ de 11 de febrero de 2020 (https://cutt.ly/drNeGan).

En los 20 días siguientes a la fecha de publicación del aviso, el Ministerio de Desarrollo Económico, Comercio y Agricultura de Ucrania procede a la inscripción de las partes interesadas y estudia los requisitos aplicables a la celebración de audiencias. Para iniciar el proceso de investigación, es necesario proporcionar los datos siguientes: nombre, domicilio social, número de fax y de teléfono, correo electrónico y nombre de la persona de contacto, tipo de actividad (productor, importador, exportador, etc.). Se recomienda utilizar el formulario de solicitud de registro como parte interesada de una investigación que figura en el anexo del aviso”.

La notificación se puede consultar en G/SG/N/6/UKR/16.

 

¿Qué es una investigación en materia de salvaguardias?

En una investigación en materia de salvaguardias se trata de determinar si el aumento de las importaciones de un producto ha causado o amenaza causar un daño grave a la rama de producción nacional.

En el curso de una investigación en materia de salvaguardias, los importadores, los exportadores y las demás partes interesadas pueden presentar pruebas y exponer sus opiniones, y tienen la oportunidad de responder a las comunicaciones de las otras partes.

Un Miembro de la OMC sólo puede adoptar una medida de salvaguardia (es decir, restringir temporalmente las importaciones de un producto) si se ha constatado que el aumento de las importaciones del producto ha causado o amenaza causar un daño grave.

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