SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

Nota

Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones Exteriores de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

Más información

  

DS598 China — Medidas en materia de derechos antidumping y compensatorios sobre la cebada procedente de Australia

Australia presentó su primera solicitud de establecimiento de un grupo especial para que determinara si la decisión de China de imponer derechos antidumping y compensatorios a las importaciones de cebada procedentes de Australia era compatible con las normas de la OMC.

Australia dijo que, en la práctica, la decisión adoptada por China en mayo de 2020 de imponer derechos antidumping del 73,6% y derechos compensatorios del 6,9% había cerrado el mercado chino a la cebada australiana, que antes era el destino de la mitad de las exportaciones totales de cebada forrajera de Australia y del 86% de sus exportaciones totales de cebada cervecera.  Dado que China no había adoptado medidas concretas para responder a las preocupaciones de Australia, Australia dijo que procedía a solicitar el establecimiento de un grupo especial para que examinara las medidas.  Australia dijo que valoraba los sólidos vínculos económicos y comunitarios que la unían a China y que seguía dispuesta a seguir debatiendo el asunto con ese país.

China dijo que no estaba en condiciones de apoyar la solicitud de Australia.  Las autoridades chinas habían realizado su investigación de manera justa, minuciosa y transparente y habían constatado que las medidas de Australia habían dado lugar a distorsiones del comercio que habían causado un daño importante a su rama de producción nacional.  China entabló conversaciones de buena fe con Australia durante las consultas celebradas en el marco de la OMC y después de estas, y ambas partes coincidieron en que las conversaciones habían sido constructivas.  En vista de ello, China dijo que la solicitud de establecimiento de un grupo especial presentada por Australia era prematura y que estaba dispuesta a seguir colaborando con Australia.

El OSD acordó volver a examinar la cuestión en una reunión futura si un Miembro lo solicitaba.

DS600 Unión Europea y determinados Estados miembros — Determinadas medidas relativas al aceite de palma y los biocombustibles basados en cultivos de palma de aceite

Malasia presentó una primera solicitud de establecimiento de un grupo especial para que examinara determinadas medidas impuestas por la UE y los Estados miembros de la UE (Francia y Lituania) con respecto al aceite de palma y los biocombustibles basados en cultivos de palma de aceite procedentes de Malasia.

Malasia sostiene que las medidas en litigio, adoptadas en el marco de la política de la UE orientada a promover el uso de biocombustibles, benefician injustamente a los productores nacionales de la UE de determinadas materias primas de los biocombustibles al limitar la cantidad de aceite de palma que puede contabilizarse a efectos del logro de los objetivos de la UE en materia de energías renovables y, por ende, el aceite de palma que se venderá en el mercado de la UE. Malasia señaló que había celebrado consultas con la UE sobre el asunto el 17 de marzo, pero que estas no permitieron resolver las diferencias entre las dos partes, por lo que se vio obligada a solicitar el establecimiento de un grupo especial.

La Unión Europea dijo que las consultas celebradas con Malasia el 17 de marzo habían sido constructivas, y que había manifestado la esperanza de que las conversaciones hubieran permitido obtener la información y las aclaraciones necesarias. La UE dijo que creía firmemente que las medidas en litigio estaban plenamente justificadas y que estaba segura de que se impondría en la diferencia. La UE dijo que no estaba dispuesta a aceptar la solicitud de establecimiento de un grupo especial.

El OSD acordó volver a examinar la cuestión en una reunión futura si un Miembro lo solicitaba.

DS234 Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones de 2000 (CDSOA)

La Unión Europea reiteró su solicitud de que los Estados Unidos cesaran de transferir derechos antidumping y compensatorios a la rama de producción nacional de los Estados Unidos, alegando que cada uno de esos desembolsos era un claro acto de incumplimiento de las resoluciones en relación con ese asunto. Dijo que seguiría incluyendo este punto en el orden del día mientras los Estados Unidos no hubieran aplicado plenamente la resolución.

Los Estados Unidos dijeron que habían adoptado todas las medidas necesarias para aplicar la resolución y que, una vez que un Miembro dice que ha cumplido una resolución, este ya no debería estar obligado a presentar informes de situación sobre la aplicación.  Señalaron que la UE no estaba pidiendo a otros Miembros de la OMC que presentaran informes de situación en otras diferencias en las que los Miembros habían dicho que habían dado cumplimiento a las resoluciones en litigio.

La UE replicó que esos casos eran distintos al de la diferencia relativa a la CDSOA, en la que los Estados Unidos seguían realizando desembolsos de los derechos percibidos a empresas estadounidenses y la OMC había autorizado a la UE y a otros Miembros a imponer medidas de retorsión contra los Estados Unidos por su incumplimiento.

El Canadá dio las gracias a la UE por haber incluido este punto en el orden del día del OSD.

DS316 Comunidades Europeas y determinados Estados miembros — Medidas que afectan al comercio de grandes aeronaves civiles: Aplicación de las recomendaciones adoptadas por el OSD

Los Estados Unidos dijeron que, una vez más, la Unión Europea no había presentado un informe de situación sobre la aplicación al OSD sobre la diferencia DS316, la reclamación de los Estados Unidos contra las subvenciones gubernamentales para el fabricante europeo de aeronaves Airbus.

La UE replicó que no era necesario presentar un informe de situación, puesto que el procedimiento de solución de diferencias no había concluido.  La UE reiteró que estaba decidida a encontrar una solución a largo plazo para las diferencias relativas a subvenciones para aeronaves en la OMC y que se alegraba de que ambas partes hubieran llegado al acuerdo de suspender sus respectivas medidas de retorsión durante cuatro meses para poder entablar nuevas conversaciones.

Nombramiento de Miembros del Órgano de Apelación

México, hablando en nombre de 121 Miembros, volvió a presentar la propuesta del grupo para iniciar los procesos de selección para cubrir vacantes del Órgano de Apelación.  México dijo, en nombre del grupo, que el número considerable de Miembros que presentaba la propuesta era una muestra de la preocupación común por la situación que atravesaba el Órgano de Apelación, que afectaba gravemente al conjunto del sistema de solución de diferencias de la OMC, en detrimento de los intereses de los Miembros.

Casi 20 Miembros tomaron la palabra para reiterar la importancia de resolver cuanto antes la situación de bloqueo en torno al nombramiento de nuevos Miembros y de restablecer un Órgano de Apelación operativo.  Muchas delegaciones se refirieron a un sistema de solución de diferencias de dos niveles, con una etapa de grupos especiales y otra de apelaciones, como un elemento fundamental del sistema multilateral de comercio.

Los Estados Unidos dijeron que no estaban en condiciones de apoyar la decisión propuesta.  Los Estados Unidos siguen albergando preocupaciones sistémicas relacionadas con el Órgano de Apelación, que han explicado y planteado durante más de 16 años y a lo largo de múltiples Administraciones.  Los Estados Unidos dijeron que esperaban con interés proseguir los debates con los Miembros sobre esas preocupaciones.

Otros asuntos

Indonesia expresó su agradecimiento a Australia por los esfuerzos desplegados para aplicar la resolución de la OMC en el asunto DS529, Australia — Medidas antidumping sobre el papel de formato A4 para copiadora.  Indonesia dijo que entendía que el Ministro de Australia había confirmado una decisión anterior de revocar la orden de imposición de derechos.  Australia corroboró que el Ministro había confirmado la revocación de las medidas el 16 de febrero, una vez concluido un proceso de examen administrativo, y que confiaba en que la cuestión ya estuviera resuelta.

Vigilancia de la aplicación

Los Estados Unidos presentaron informes de situación con respecto a las diferencias DS184, Estados Unidos — Medidas antidumping sobre determinados productos de acero laminado en caliente procedentes del Japón, DS160, Estados Unidos — Artículo 110(5) de la Ley de Derecho de Autor de los Estados Unidos, DS464, Estados Unidos — Medidas antidumping y compensatorias sobre lavadoras de gran capacidad para uso doméstico procedentes de Corea, y DS471, Estados Unidos — Determinados métodos y su aplicación a procedimientos antidumping que atañen a China.

La Unión Europea presentó un informe de situación con respecto a la diferencia DS291, Comunidades Europeas — Medidas que afectan a la aprobación y comercialización de productos biotecnológicos.

Indonesia presentó sus informes de situación sobre las diferencias DS477 y DS478, Indonesia — Importación de productos hortícolas, animales y productos del reino animal

Nuevo Presidente del OSD

Antes de la clausura de la reunión, los miembros eligieron al Embajador de Suiza Didier Chambovey como Presidente del OSD para el próximo año.  Muchos de ellos dieron las gracias al Presidente saliente, el Embajador Dacio Castillo de Honduras, por sus servicios durante el pasado año.

Próxima reunión del OSD

La próxima reunión del OSD se celebrará el 28 de mayo de 2021.

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