ACCESO A LOS MERCADOS DE LAS MERCANCÍAS

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Los Miembros acogieron con satisfacción la revisión del informe resumido (G/MA/W/168/Rev.1) sobre las restricciones y prohibiciones a la importación y las medidas de facilitación relacionadas con la pandemia de COVID-19. El objetivo del informe era recopilar y resumir la información pertinente sobre las prohibiciones y restricciones a la exportación notificadas por los Miembros en el marco de la Decisión sobre el procedimiento de notificación de restricciones cuantitativas de 2012 (Decisión sobre las restricciones cuantitativas), las comunicaciones notificadas al Comité que contenían información sobre las medidas de facilitación del comercio, así como otras medidas adoptadas por los Miembros de la OMC que habían sido recopiladas en el marco del ejercicio de vigilancia del comercio de la OMC y figuraban en el documento “COVID-19: Medidas que afectan al comercio de mercancías”.

La Secretaría de la OMC informó de que, a fecha de 4 de octubre de 2021, los Miembros habían adoptado un total de 77 medidas de prohibición o restricción de las exportaciones como consecuencia de la pandemia de COVID-19. La mayor parte de estas medidas de restricción de las exportaciones habían adoptado la forma de prohibiciones totales (38,3%), seguidas de restricciones a la exportación en forma de regímenes de licencias de exportación no automáticas (22,2%) y prohibiciones condicionales (17,3%). La gran mayoría de las medidas de prohibición o restricción de las exportaciones se introdujeron entre febrero y abril de 2020 (57 de las 77 medidas). Este período coincide con la declaración de pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020 y con los consiguientes confinamientos y otras medidas sanitarias impuestas por los Miembros en respuesta a la COVID-19.

La mayoría de las medidas prohibían o restringían la exportación de equipos de protección personal (EPP), entre los que se incluyen los dispositivos de protección facial y de los ojos (36 medidas), las prendas de vestir de protección (24 medidas) y los guantes (22 medidas). Entre los demás productos sujetos a restricciones figuraban los antisépticos y desinfectantes, como el alcohol (22 medidas), los productos farmacéuticos (21 medidas), los equipos médicos como los respiradores mecánicos (13 medidas) y distintos tipos de suministros médicos (13 medidas). Según se constató, casi la mitad de las prohibiciones y restricciones a la exportación (41%), tanto las notificadas como restricciones cuantitativas como las identificadas en el ejercicio de vigilancia del comercio, seguían vigentes a fecha de 4 de octubre de 2021. Las medidas restantes parecían haber expirado, según se indicó inicialmente (30%), o se había presentado una notificación para informar sobre la terminación de la medida (29%).

“Ahora disponemos de un panorama más exacto de la situación”, dijo el Presidente. Señaló que la información adicional procedente del ejercicio de vigilancia del comercio había contribuido a ofrecer una visión más completa. No obstante, habida cuenta de que la información del ejercicio de vigilancia del comercio aún debía ser confirmada por los Miembros, alentó a las delegaciones a que notificaran sin demora las medidas pertinentes al Comité.  Los Miembros dieron las gracias a la Secretaría por su labor de recopilación de información y le pidieron que siguiera actualizando periódicamente ese informe y que complementara el análisis con datos comerciales.

El Comité también examinó el documento G/MA/QR/11, titulado “Situación de las notificaciones presentadas con arreglo a la Decisión sobre el procedimiento de notificación de restricciones cuantitativas”, en el que se resumía la situación de las notificaciones de restricciones cuantitativas al 4 de octubre de 2021. En el documento se indicaba que la situación había experimentado una leve mejora con respecto a años anteriores, en particular para los períodos 2018-2020 y 2020-2022. El Presidente dijo que la presentación de notificaciones relativas a las restricciones impuestas como consecuencia de la COVID-19 explicaba en parte ese aumento, pero que el cumplimiento global de la prescripción de notificación de restricciones cuantitativas seguía siendo relativamente bajo.

Aunque el número y la calidad de las notificaciones había mejorado en los últimos años, la gran mayoría de los Miembros no había facilitado la lista completa de las restricciones cuantitativas que mantenían. El Presidente alentó a los Miembros a ponerse en contacto con la Secretaría en caso de que necesitaran asistencia técnica para cumplir esta importante disposición en materia de transparencia. Otras herramientas y recursos, como la Base de Datos sobre Restricciones Cuantitativas o la organización de sesiones de formación, también desempeñaban un importante papel en la mejora del cumplimiento de las obligaciones de notificación.

La Secretaría de la OMC presentó también la Lista indicativa conjunta de insumos esenciales para las vacunas contra la COVID-19, que se había elaborado en colaboración con la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y otras organizaciones. La Lista incluía información muy detallada sobre productos y clasificación arancelaria en relación con cuatro esferas: insumos necesarios para la fabricación de vacunas; productos necesarios para el almacenamiento y la distribución de vacunas; productos necesarios para la administración de vacunas; y otros suministros y equipos relacionados con la vacunas. En ella se analizaban también los aranceles de nación más favorecida (NMF) y las importaciones de insumos para las vacunas de COVID-19 de las 27 principales economías fabricantes de vacunas, a fin de identificar posibles esferas sensibles o puntos de obstrucción.

Dicha lista dio pie, en parte, a la elaboración de la versión actualizada de la “lista indicativa de obstáculos relacionados con el comercio y medidas de facilitación del comercio en relación con los productos esenciales para luchar contra la COVID-19”, publicada el 8 de octubre de 2021. Esta versión revisada se basa en las cuestiones identificadas y las sugerencias formuladas por las partes interesadas, así como por los fabricantes de vacunas, en el contexto de las reuniones organizadas por el Grupo de Trabajo Multilateral de Líderes sobre la COVID-19.

También se informó a los Miembros de la puesta en marcha oficial el 7 de octubre del Rastreador del SA. Esta aplicación se desarrolló en colaboración con la OMA. Su principal finalidad era permitir que los usuarios hiciesen un seguimiento de los cambios introducidos en determinadas partidas o subpartidas en las distintas versiones del Sistema Armonizado, el sistema utilizado para clasificar las mercancías objeto de comercio, incluida la próxima versión SA 2022.

Restricciones cuantitativas y acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente

El Presidente informó acerca de la sesión informativa sobre las restricciones cuantitativas y su relación con los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente, celebrada el 21 de septiembre. La sesión informativa constó de cinco sesiones distintas. En la primera sesión se informó a los Miembros de las principales normas y procedimientos relativos a las restricciones cuantitativas, en particular el artículo XI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y las prescripciones de notificación establecidas en la Decisión de 2012. En la segunda sesión se abordaron las dos herramientas adicionales de la Secretaría que permitían acceder a información sobre los contingentes arancelarios y las medidas sobre el medio ambiente relacionadas con el comercio: la Base de Datos sobre Medio Ambiente de la OMC y el documento titulado “Matriz de los acuerdos multilaterales sobre medio ambiente”.

En la tercera sesión, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) habló de los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo, de lo que abarcaban esos convenios y de sus últimas modificaciones, así como de su relación con el comercio. En la cuarta sesión, un representante de la OMA explicó cómo se clasificaban los productos abarcados por los acuerdos sobre el medio ambiente con arreglo al Sistema Armonizado (SA) y qué cambios se introducirían en la Nomenclatura del SA 2022 para reflejar los últimos avances respecto de los convenios sobre el medio ambiente. Por último, en la quinta sesión, representantes del Canadá, Colombia, Georgia y Mauricio expusieron sus experiencias en la elaboración de notificaciones de restricciones cuantitativas.

A juzgar por las exposiciones y la información compartida, el Presidente dijo que era evidente que los Miembros de la OMC aplicaban restricciones o prohibiciones comerciales para alcanzar una serie de objetivos de política diferentes, como la protección del medio ambiente. Por consiguiente, era fundamental que los Miembros pudiesen garantizar la transparencia de esas medidas notificándolas a la OMC. Los Miembros observaron que era difícil obtener información sobre los códigos del SA relacionados con las restricciones cuantitativas, y señalaron que ello constituía uno de los principales obstáculos para la elaboración de notificaciones sobre restricciones cuantitativas.

A este respecto, los “cuadros de concordancia” de la OMA, que presentan información sobre los códigos del SA abarcados por diversos convenios internacionales, podían ser una herramienta muy útil para los Miembros que desearan notificar restricciones cuantitativas en relación con esos convenios; los cuadros podrían vincularse además a la Base de Datos sobre Restricciones Cuantitativas. Ello permitiría a los Miembros buscar directamente los productos y códigos arancelarios abarcados por cada convenio e incluirlos en el modelo de notificación sobre restricciones cuantitativas. Esta era otra de las funciones que la Secretaría estaba estudiando para su inclusión en Base de Datos sobre Restricciones Cuantitativas.

Propuesta sobre la transparencia

El Comité recibió información actualizada acerca de la propuesta sobre la transparencia en la modificación de los tipos arancelarios aplicados para la Duodécima Conferencia Ministerial, que se celebraría del 30 de noviembre al 3 de diciembre. La propuesta se había planteado en el Comité de Agricultura en Sesión Extraordinaria y contaba con el apoyo de Australia, el Brasil, el Canadá, Ucrania y la Unión Europea.

El texto tenía por objeto mejorar la previsibilidad en la aplicación de los tipos arancelarios aplicados y el trato de los envíos en camino. En la propuesta se reunía un inventario de las prácticas vigentes cuando se modificaba un tipo arancelario aplicado; se informaba a los Miembros de los problemas que podían surgir cuando se modificaba un tipo arancelario aplicado, y se proponían opciones para mejorar la previsibilidad en lo que respectaba a los tipos arancelarios aplicados.

Un Miembro hizo uso de la palabra para subrayar que las modificaciones de los aranceles NMF aplicados podían notificarse periódicamente a través de la Base Integrada de Datos (BID). También quedaban reflejadas en los informes de vigilancia del comercio de la OMC. No apoyaba que se ampliara cada vez más la lista de obligaciones que pretendían circunscribir los derechos negociados de los Miembros en el marco de los Acuerdos de la OMC.

Preocupaciones comerciales

El Comité abordó 21 preocupaciones comerciales, nuevas y planteadas anteriormente, entre ellas:

  • Las prácticas de restricción de las importaciones aplicadas por Angola, planteada por los Estados Unidos, la Federación de Rusia y la Unión Europea
  • Las restricciones a la importación comercial de cannabis y productos del cannabis de uso médico aplicadas por el Canadá, planteada por Colombia
  • Las medidas que perturban y restringen el comercio aplicadas por China, planteada por Australia
  • El mecanismo de ajuste en frontera por emisiones de carbono aplicado por la Unión Europea, planteada por China y la Federación de Rusia
  • El impuesto selectivo sobre determinados productos importados aplicado por la Arabia Saudita, Bahrein, los Emiratos Árabes Unidos, Omán y Qatar, planteada por los Estados Unidos, Suiza y la Unión Europea
  • Las restricciones a la importación y normas de la India en el sector del automóvil (órdenes de control de la calidad): llantas, vidrio de seguridad, cascos, planteada por Indonesia
  • La Orden de la India relativa al papel simple para copiadora (control de la calidad), de 2020, planteada por Indonesia
  • Las restricciones cuantitativas aplicadas por la India a las importaciones de determinadas legumbres, planteada por Australia, el Canadá, los Estados Unidos, la Federación de Rusia y la Unión Europea
  • Las políticas aplicadas por la India a la importación de neumáticos, planteada por Indonesia y la Unión Europea
  • Las restricciones aplicadas por la India a los acondicionadores de aire, planteada por el Japón
  • Las políticas de la India relativas a la importación de neumáticos, aparatos de televisión y acondicionadores de aire, planteada por Tailandia
  • El programa de sustitución de las importaciones de Indonesia, planteada por la Unión Europea
  • Los derechos de aduana aplicados por Indonesia a los productos de telecomunicaciones, planteada por los Estados Unidos
  • El contingente de importación de México para el glifosato, planteada por los Estados Unidos
  • La prohibición aplicada por Nepal a las importaciones de bebidas energéticas, planteada por Tailandia
  • La prohibición aplicada por la Federación de Rusia a las exportaciones de productos de madera, planteada por la Unión Europea
  • La aplicación discriminatoria por la Federación de Rusia del impuesto sobre el valor añadido, planteada por los Estados Unidos
  • El régimen de seguimiento y localización de la Federación de Rusia, planteado por los Estados Unidos
  • La prohibición aplicada por Sri Lanka a las importaciones de diversos productos, planteada por Australia, Tailandia y la Unión Europea
  • La prohibición aplicada por Sri Lanka a las importaciones de aceite de palma, planteada por Indonesia
  • La renegociación de los contingentes arancelarios conforme a lo dispuesto en el artículo XXVIII del GATT de 1994 por el Reino Unido, planteada por la Federación de Rusia

Próximas reuniones

La próxima reunión formal está prevista para el 9 de diciembre de 2021. Para el próximo año, está previsto que las reuniones formales del Comité se celebren los días 30 y 31 de marzo de 2022, y 18 y 19 de octubre de 2022. Las reuniones informales del Comité están programadas para el 1 de febrero, el 27 de junio y el 23 de noviembre de 2022.

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