DIRECTORA GENERAL ADJUNTA ANGELA ELLARD

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Excelencias, señoras y señores, buenas tardes. Quisiera agradecer a las Naciones Unidas por invitarme a hablar de la reciente actuación de la Organización Mundial del Comercio para lograr la Meta 14.6: Vida submarina de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Concretamente, en nuestra reciente Conferencia Ministerial, los Ministros adoptaron el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca de la OMC — un nuevo acuerdo multilateral vinculante — tras más de 21 años de negociaciones.  Este acuerdo es particularmente significativo porque representa un consenso entre nuestros 164 Miembros, y no simplemente una mayoría.

Por primera vez, el Acuerdo prohíbe las subvenciones a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR), así como las subvenciones a la pesca de poblaciones sobreexplotadas y las subvenciones a la pesca en las zonas de alta mar no reglamentadas.

Estas medidas son muy necesarias dado el alarmante estado de las poblaciones mundiales de peces y su rápido empeoramiento. Según algunas estimaciones, prácticamente el 50% de las poblaciones evaluadas están sobreexplotadas, y las subvenciones han contribuido sobremanera a crear esas circunstancias adversas.  La sostenibilidad de nuestros océanos, los medios de subsistencia de los pescadores que dependen de ellos y la seguridad alimentaria de millones de personas están en riesgo.

Quisiera destacar algunos puntos generales sobre este acuerdo multilateral vinculante.

Primero, las prohibiciones de las subvenciones son amplias:

  • El Acuerdo abarca la recolección de todos los recursos marinos vivos salvajes;
  • y las subvenciones en cuestión se aplican a la pesca, las actividades relacionadas con la pesca en el mar, los buques pesqueros y los operadores de esos buques.

Segundo, el Acuerdo impone a todos los Miembros de la OMC nuevos y estrictos requisitos de transparencia, lo que arroja una cantidad de luz considerable sobre las subvenciones de los Miembros, sus medidas encaminadas a fomentar la sostenibilidad y las relaciones entre ambos.

Tercero, el Acuerdo, que excede el mandato de la Meta 14.6 de los ODS, establece un fondo para ayudar a los Miembros en desarrollo y a los Miembros menos adelantados a cumplir sus obligaciones en materia de subvenciones, notificaciones y transparencia, y ordenación pesquera. Ya hemos recibido importantes promesas de financiación a fin de prestar esa tan útil asistencia técnica y para la creación de capacidad.

Cuarto, el Acuerdo incorpora un programa explícito para el futuro: nuestros Miembros se han comprometido a adoptar disciplinas adicionales sobre la base de lo acordado.  En consecuencia, han fijado el plazo para la celebración de nuestra próxima conferencia ministerial a finales de 2023 o a principios de 2024 con objeto de finalizar esta segunda ronda de negociaciones.

La conclusión de este acuerdo multilateral vinculante el mes pasado es un gran logro de los Miembros de la OMC en lo que se refiere a la consecución de la Meta 14.6 de los ODS, pero no significa que pueden dormirse en los laureles. Las nuevas normas comienzan a aplicarse y a aportar resultados para la sostenibilidad de los océanos solo tras la entrada en vigor del Acuerdo. Ello requiere que dos tercios de los Miembros de la OMC depositen sus instrumentos de aceptación ante la OMC.

Les pido que, teniendo en cuenta la terrible situación de los océanos, actuemos con urgencia para que todos los Miembros concluyan inmediatamente sus procesos de aceptación y que este nuevo acuerdo multilateral vinculante entre en vigor lo antes posible. Entonces podremos empezar rápidamente las negociaciones para establecer aún más disciplinas a fin de salvar a nuestros océanos y a los que dependen de ellos.

Muchas gracias.

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